VISA DE VISITANTE SIN PERMISO PARA REALIZAR ACTIVIDADES REMUNERADAS (Visa Electrónica)
Aplicable a la persona extranjera de nacionalidad a la que el Estado mexicano le permita tramitar y obtener la visa por medios y registros electrónicos, cuando pretenda viajar a México por vía aérea para internarse en la condición de estancia de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas.
Requisitos:
- Pasaporte o documento de identidad y viaje vigente, que sea válido conforme al derecho internacional y que acredite tener una nacionalidad a la que el Estado mexicano permita obtener la Visa Electrónica.
- Llenar la solicitud de Visa Electrónica, proporcionando la información requerida por la autoridad migratoria.
- Fotografía digital del rostro de la persona solicitante sin lentes, con fondo blanco similar a la foto del pasaporte o documento de identidad y viaje, en formato .jpg, .jpeg o .png, y con peso de 2 a 5 MB.
- Imagen de la hoja de datos del pasaporte o documento de identidad y viaje en formato .jpg, .jpeg o .png, y con peso de 2 a 5 MB, rectificando que la imagen no salga de los parámetros de la hoja de datos del documento y se visualice correctamente.
- Viajar a México por vía aérea.
- Pago de derechos se efectuará de conformidad con lo normado en el artículo 22 de la Ley Federal de Derechos vigente.
Pago de derechos:
Por la recepción, solicitud, y en su caso, autorización de la visa 54.00 USD
Información importante: Contar con una visa no garantiza el ingreso a territorio nacional. Sólo permite que la persona extranjera se presente en el punto de entrada para solicitar su ingreso al país.
El ingreso o internación a México está condicionada a la aprobación de las autoridades sanitarias y migratorias en los puntos de entrada al país, conocidos como filtros migratorios, quienes podrán en todo momento, realizar una entrevista acerca del motivo de su viaje y verificar los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables (artículo 37 de la Ley de Migración y 60 de su Reglamento).