VISA DE TURISMO
VISA “DE TURISMO” PARA ESTANCIAS MENORES A 180 DÍAS POR TURISMO O NEGOCIOS SIN PERCIBIR REMUNERACIÓN ALGUNA. INCLUYE SI SÓLO SE ESTÁ EN TRÁNSITO POR MÉXICO.
- El propósito de viaje debe ser turismo o actividades no remuneradas y los planes de estadía no deben ser mayores a 180 días de duración.
REQUISITOS
1) Formulario de solicitud de visa llenado en su totalidad, puede descargarlo AQUÍ
2) Pasaporte válido y vigente (original y fotocopia simple tamaño original. NO FOTO).
3) Fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros, con fondo blanco y de frente.
4) Si usted NO es nacional uruguayo, documento que acredite legal estancia migratoria en Uruguay. Por ejemplo: Cédula de Identidad de Uruguay; o sello de legal ingreso a Uruguay estampado en su pasaporte por la Dirección Nacional de Migración (vigente sólo por 90 días a partir de su entrada al país); o Certificado de legal ingreso y estancia emitido por la Dirección Nacional de Migración.
5) Demostrar solvencia económica con al menos uno de los siguientes:
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, (aprox. $1,345.00 dólares USD) durante los últimos tres meses y constancia de empleo estable con antigüedad mínima de un año, u
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a trescientos días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, (aprox. $4,035.00 dólares USD) durante los últimos seis meses.
- En el caso de personas extranjeras que estudien de manera regular en instituciones de educación superior en Uruguay, deberán presentar original de constancia de estudios y original de constancia de empleo estable, pensión o beca con ingresos mensuales equivalentes a sesenta días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal (aprox. $814.00 dólares USD), durante los últimos tres meses.
- En el caso de personas viajeras frecuentes o personas de negocios, se puede exentar el requisito de solvencia económica presentando original y copia de las páginas del pasaporte que contengan 3 visas vigentes o 3 sellos de control migratorio de países NO limítrofes con Uruguay en el último año al día de la cita.
6) Pagar el costo del trámite de Visa el día de su cita en la Embajada. Más información AQUÍ.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
- Si se trata de una persona menor de 18 años, ambos padres deben presentarse con el menor para el trámite en la Embajada y firmar el formulario de solicitud de visa. Si uno de los padres no vive en Uruguay, el que se presenta con el/la menor debe presentar poder notarial apostillado o legalizado en donde haga constar el consentimiento para la obtención de la visa.
- Los menores de edad pueden solicitar visa mexicana si uno de sus padres cuenta con visa mexicana. Es importante presentar el acta de nacimiento y la visa del padre o madre.
- Una persona casada o en concubinato puede probar solvencia económica de su cónyuge o concubino(a) cuando ambos realicen el trámite o cuando el titular de la solvencia ya tenga visa mexicana. Es importante presentar el acta de matrimonio (o constancia de concubinato) y copia de la visa mexicana.
- Los padres de una persona mexicana no necesitan probar solvencia económica. En esos casos, es necesario presentar original y copia del acta de nacimiento del hijo(a) mexicano(a) y original y copia del comprobante de nacionalidad del hijo(a) mexicano(a).
- Hijos de personas mexicanas no necesitan probar solvencia económica. En esos casos, es necesario presentar original y copia del acta de nacimiento del solicitante y original y copia del comprobante de nacionalidad del padre o madre mexicano(a).
- Padres de residentes temporales o permanentes en México no necesitan probar solvencia económica. En esos casos, es necesario presentar original y copia del acta de nacimiento del hijo(a) que es residente temporal o permanente en México y copia de la tarjeta de residente temporal o permanente vigente del hijo(a) expedida por el Instituto Nacional de Migración (INM).
- Hijos de residentes temporales o permanentes en México no necesitan probar solvencia económica. En esos casos, es necesario presentar original y copia del acta de nacimiento del solicitante y copia de la tarjeta de residente temporal o permanente vigente del padre o madre expedida por el Instituto Nacional de Migración (INM).
- Cónyuges o concubinos de mexicanos o de residentes temporales o permanentes en México no necesitan probar solvencia económica. En esos casos, es necesario presentar original y copia del acta de matrimonio (o del documento que certifique el concubinato), y original y copia del comprobante de nacionalidad del cónyuge mexicano(a) o bien copia de la tarjeta de residencia permanente o temporal vigente, expedida por el Instituto Nacional de Migración (INM), del cónyuge que reside en México.
- En el caso de persona física con actividad empresarial (empresa unipersonal) se puede probar solvencia económica, de manera excepcional, presentando certificación notarial de ingresos expedida por un escribano uruguayo, siempre y cuando se cubran los montos del requisito de solvencia económica. Cabe subrayar, para corroborar la autenticidad de la certificación notarial, deberá presentarse apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay: https://www.gub.uy/tramites/apostilla-yo-legalizacion-documentos-publicos-uruguayos-extranjeros-tengan-efecto-exterior-republica
- Toda la documentación expedida en países distintos a México y Uruguay, (acta de nacimiento, de matrimonio, estados bancarios, etc.) deberá estar apostillada y/o legalizada según corresponda, y traducida al español por perito traductor o traductor público colegiado (de estar en idioma distinto al español). Verifique si su país forma parte de la Convención de la Haya sobre Apostilla de Documentos: https://www.hcch.net/es/instruments/conventions/specialised-sections/apostille
NOTAS
- Todos los trámites requieren cita programada exclusivamente en este portal: MI CONSULADO. La programación de la cita es GRATUITA. Cada cita es personal e intransferible.
- Se recomienda obtener la visa por lo menos 5 semanas previas a su viaje y que los gastos de viaje se efectúen después de que la visa haya sido emitida.
- La presentación de información falsa o documentación apócrifa descalifica al solicitante y conlleva alerta migratoria hasta por cinco años.
CONSULTAS
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