REGISTRO CIVIL

Los mexicanos(as) pueden otorgar la nacionalidad mexicana a sus hijos nacidos en el extranjero. Para ello, es necesario registrar el nacimiento de los hijos ante la Embajada de México. Los requisitos son los siguientes:

  • Comparecencia personal de la persona menor de edad, de ambos padres y de dos testigos mayores de edad (mayores de 18 años)
  • Presentar ORIGINAL de acta de nacimiento mexicana de padre o madre mexicana (al menos uno de los padres debe acreditar nacionalidad mediante acta de nacimiento original)
  • Entregar original del acta de nacimiento local o certificado de alumbramiento de la persona menor de edad (en donde deberán aparecer obligatoriamente los nombres completos de ambos padres).
  • Presentar pasaportes originales de los padres y de los testigos
  • Indicar los domicilios de todas las personas que intervengan en el acto (padres, abuelos y testigos)
  • Llenar el formulario correspondiente con todos los datos del registrado, de los padres y de los abuelos.

El registro de menores mexicanos se realiza de forma personal y mediante Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. . Se ruega presentar sus dudas por correo electrónico antes de acudir a su cita, con el fin de evitar retrasos o errores ante la falta de documentos o imprecisiones en los mismos.

El registro es gratuito. La expedición de copias certificadas es gravada y deberán cubrirse los derechos correspondientes.

 

Para la celebración de matrimonio civil en la Embajada de México, ambos contrayentes deben ser mexicanos. Los requisitos que deben cubrirse son los siguientes:

  Ser mayores de edad.
     
2   Llenar los formularios respectivos que se entregan en la oficina consular.
     
3   Presentar declaración de 2 testigos mayores de edad, que manifiesten conocer a los pretendientes y que les conste que no tienen impedimento legal para casarse.
     
4   Copias certificadas de las actas de nacimiento de los contrayentes.
     
5   Certificado suscrito por médico, legalmente establecido, en el que se haga constar, bajo protesta de decir verdad, que los contrayentes no padecen de sífilis, tuberculosis u otras enfermedades que sean transmisibles o hereditarias. La antigüedad de los certificados médicos no deberá superar los 15 días anteriores a la fecha de celebración del matrimonio.
     
6   Pasaportes de todas las personas que intervengan en el registro.
     
7    Pagar los derechos respectivos.

 

Si alguno de los contrayentes es viudo/a, deberá presentar copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido. Si es divorciado/a, presentará copia certificada del acta de divorcio o de la sentencia ejecutoriada que declare la disolución del vínculo matrimonial o nulidad del matrimonio, en su caso. Si se trata de documentos expedidos fuera de México, deberán presentarse traducidos y apostillados o legalizados, según sea el caso.

Una vez presentados los requisitos y llenados los formularios, la Embajada de México, de acuerdo con los interesados, determinará el día y la hora de celebración del matrimonio.

El matrimonio efectuado en una oficina consular mexicana surte efectos inmediatos en México y no requiere de certificación alguna.

Para mayor información o dudas, favor de enviar un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para inscribir la defunción de un nacional mexicano en la Embajada de México, se deben cubrir los siguientes requisitos:

  • Comprobar la nacionalidad mexicana del difunto mediante pasaporte u otra identificación oficial mexicana
  • Presentar copia certificada del acta de defunción local

Un pariente de la persona fallecida o representante legal de la familia deberá contactar con la Embajada para presentar sus dudas y acordar una cita para el registro, a la que deberá acudir con su pasaporte o identificación oficial mexicana. La defunción inscrita en una oficina consular mexicana surte efectos inmediatos en México y no requiere de ninguna certificación. El registro de defunción es un servicio gratuito. La expedición de copias certificadas es gravada y deberán cubrirse los derechos correspondientes.

Para mayor información o dudas, favor de enviar un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.