Para la celebración de matrimonio civil en la Embajada de México, ambos contrayentes deben ser mexicanos. Los requisitos que deben cubrirse son los siguientes:
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Ser mayores de edad. | |
2 | Llenar los formularios respectivos que se entregan en la oficina consular. | |
3 | Presentar declaración de 2 testigos mayores de edad, que manifiesten conocer a los pretendientes y que les conste que no tienen impedimento legal para casarse. | |
4 | Copias certificadas de las actas de nacimiento de los contrayentes. | |
5 | Certificado suscrito por médico, legalmente establecido, en el que se haga constar, bajo protesta de decir verdad, que los contrayentes no padecen de sífilis, tuberculosis u otras enfermedades que sean transmisibles o hereditarias. La antigüedad de los certificados médicos no deberá superar los 15 días anteriores a la fecha de celebración del matrimonio. | |
6 | Pasaportes de todas las personas que intervengan en el registro. | |
7 | Pagar los derechos respectivos. |
Si alguno de los contrayentes es viudo/a, deberá presentar copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido. Si es divorciado/a, presentará copia certificada del acta de divorcio o de la sentencia ejecutoriada que declare la disolución del vínculo matrimonial o nulidad del matrimonio, en su caso. Si se trata de documentos expedidos fuera de México, deberán presentarse traducidos y apostillados o legalizados, según sea el caso.
Una vez presentados los requisitos y llenados los formularios, la Embajada de México, de acuerdo con los interesados, determinará el día y la hora de celebración del matrimonio.
El matrimonio efectuado en una oficina consular mexicana surte efectos inmediatos en México y no requiere de certificación alguna.
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