EN CONSTRUCCIÓN

En la Sección Consular de la Embajada de México se pueden registrar los nacimientos de hijos de madre o padre mexicanos ocurridos en Serbia, Bosnia y Herzegovina, Montenegro y Macedonia del Norte.

Para el registro de nacimiento es indispensable la presencia del registrado y de sus padres. Asimismo, será necesario la presencia de dos testigos mayores de 18 años.

Requisitos:

Para el trámite del registro de nacimiento deberá de presentar:

Original y copia de la siguiente documentación:

  1. Acta de nacimiento extranjera del registrado debidamente apostillada. Si el acta de nacimiento está redactada en un idioma diferente al inglés, se deberá de presentar traducción al español.
  2.  Identificación oficial con fotografía y firma de ambos padres (se recomienda presentar el pasaporte).
  3. Acta de nacimiento de ambos padres.
  4. Identificaciones oficiales de testigos que incluyan fotografía y firma.

El registro de nacimiento no tiene costo ya que se expide de manera gratuita una primera copia certificada del acta de nacimiento. Si desea adquirir más copias certificadas, éstas tienen un costo de $18.00 dólares cada una.

Para la revisión de los documentos y programar una cita y para, se solicita enviar un correo a la siguiente dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El Embajador de México en Serbia concurrente en Bosnia y Herzegovina, Montenegro y Macedonia del Norte está facultado para ejercer las siguientes funciones notariales:

  • Contratos de mandatos o poderes notariales que pueden ser: especiales o generales.
  • Testamentos Públicos Abiertos.
  • Revocación de poderes otorgados en territorio nacional o ante cualquier Sección Consular.
  • Repudio de herencia.
  • Autorizaciones que sobre menores otorguen las personas que ejercen la patria potestad.

Cualquier persona o compañía que resida en Serbia, Bosnia y Herzegovina, Montenegro y Macedonia del Norte, previa cita podrá acudir a la Sección Consular de la Embajada de México en Serbia para otorgar un poder, a fin de que una persona pueda representarlo en un juicio, efectuar cobros, en la administración de un bien o interés o en la compra, hipoteca, donación o venta de bienes en México.

 

PODER NOTARIAL OTORGADO POR UNA PERSONA FÍSICA

El interesado en otorgar un poder debe de llenar la solicitud de poder y enviarla al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , con una breve descripción del objeto del Poder, anexando copia de pasaporte.

Se recomienda consultar los detalles del Poder que necesita con su abogado en México o con las autoridades a las que se presentará el Poder, porque una vez hecho, no se puede cambiar de ninguna manera.

Es necesario que especifique qué tipo de poder requiere:

  1. Poder General, que puede tener 3 cláusulas principales (una, dos o todas):
    1. Para pleitos y cobranzas. - Puede ser utilizado para la representación en juicios, ya sean de carácter civil, penal, familiar, laboral o administrativo.
    2. Para actos de administración. - Se utiliza para gestionar activos. Por ejemplo: alquilar una propiedad y pagar impuestos.
    3. Para actos de dominio. - Confiere al mandatario todas las facultades de propietario. Es decir, a quien se le otorga el poder puede vender, donar o ejercer cualquier otro acto de dominio relacionado con sus bienes.

 

  1. Poder Especial. Se limita a lo que expresamente se autoriza a quien se otorga el poder y concluye automáticamente al término de lo que se le ha encomendado. Si este es el documento que necesita, enumere también con detalle todas las actividades que debe realizar el receptor del PoA. Ejemplo: ser representado para casarse, para registrar el matrimonio ante las autoridades correspondientes, etc.

Si desea otorgar un poder para administrar bienes o para la compra-venta de bienes en México, se aplicarán las siguientes reglas:

  1. Si el interesado está casado bajo el régimen de sociedad conyugal, deberán comparecer los dos esposos. Es necesario mostrar copia certificada del acta de matrimonio en donde expresamente se estipule el régimen de sociedad conyugal.
  2. Si el interesado está casado bajo el régimen de separación de bienes, no es necesario que comparezca el otro cónyuge. Es necesario mostrar copia certificada del acta de matrimonio en donde expresamente se estipule el régimen de separación de bienes.

Si desea revocar un poder otorgado previamente ante un Cónsul Mexicano o ante un Notario Público en México, es necesario que presente copia del poder que desea revocar, así como original y copia de identificación oficial con fotografía.

 Se aceptan como oficiales las siguientes identificaciones:

  • Pasaporte
  • Credencial de elector con fotografía
  • Cartilla del Servicio Militar Nacional liberada (SMN)

En caso de ser una identificación distinta de las anteriores, será necesario, además, presentar copia certificada del acta de nacimiento.


Nota: Este trámite puede tomar de 7 a 10 días naturales.

De acuerdo a la resolución que establece las Reglas Fiscales de Carácter General relacionadas con el Comercio Exterior de la Ley Aduanera, con vigencia del 1o. de abril de 2000, se autoriza la importación de los menajes de casa a que se refiere la fracción VII del artículo 46 de la Ley Aduanera, el cual comprende el ajuar y bienes inmuebles de una casa que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia, por ejemplo: ropa, libros, obras de arte o científicas, que no constituyan colecciones completas.

La Ley Aduanera autoriza la importación de los menajes de casa a los nacionales mexicanos que hayan residido en el extranjero por un plazo mínimo de SEIS meses y hayan establecido casa-habitación.

Sólo se expedirá una visa de menaje de casa por familia. En el caso de matrimonios celebrados entre mexicanos y extranjeros, sólo se podrá importar un menaje de casa.

MENAJE DE CASA PARA MEXICANOS

Requisitos generales:

El trámite es presencial y el interesado deberá demostrar que a la fecha de su solicitud ha permanecido en el extranjero más de SEIS meses, presentando los siguientes documentos en original y cuatro copias legibles:

  1. El interesado debe presentar en la Oficina Consular en original y cuatro copias, documento para acreditar su nacionalidad mexicana.
  • Pasaporte vigente (copia vertical)
  • Copia certificada de acta de nacimiento
  • Matrícula Consular Vigente
  1. Acreditar su identidad, presentando original y cuatro copias (vertical):
  • Pasaporte o 
  • Credencial para votar 
  1. Acreditar con documentos que demuestren, que el interesado estableció su domicilio en el extranjero y que a la fecha de su solicitud ha radicado fuera México por los últimos seis meses, (incluya al menos dos tipos de documento) por ejemplo: 
  • Recibos de pago de salarios o de servicios públicos (a nombre del interesado);
  • Cartas de trabajo (a nombre del interesado);
  • Contrato de arrendamiento (a nombre del interesado);
  • Contrato de trabajo (a nombre del interesado);
  • Estados de cuenta de tarjetas de crédito, de cheques u otra similar (a nombre del interesado);
  • Licencia de conducir de la circunscripción consular o del país (a nombre del interesado);
  • Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad (a nombre del interesado);
  • Constancias escolares (a nombre del interesado);
  • Carta notariada del propietario del inmueble donde vivió (a nombre del interesado).  
  1. Lista de menaje de casa (PUEDE DESCARGAR EJEMPLO AQUÍ) elaborada y firmada por el interesado, por cuadriplicado. (No se aceptan las listas elaboradas por las empresas de mudanzas) 

La lista deberá contener una descripción detallada de los bienes que la   integran y su cantidad. En el caso de los artículos eléctricos y electrodomésticos, se deberá indicar marca, modelo y número de serie. No comprenderá mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales.   

  1. Elaborar una solicitud (carta de solicituden la que manifieste su deseo de llevar a cabo un menaje de casa, asimismo, manifestar el lugar donde se estableció en el extranjero y el lugar donde establecerá su residencia en territorio nacional Este hecho se hará constar en el Certificado Lista de Menaje de Casa que otorgue la Oficina Consular. En este rubro no es necesario presentar documentos comprobatorios de su domicilio en México.   
  1. Pago de derechos consulares$ 134.00 USD.

Los derechos se pagan en dólares directo en ventanilla (cambio exacto)

Para llevar a cabo el trámite deberá solicitar una cita por correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) adjuntando la documentación en PDF para su revisión. El menaje se entrega al día hábil siguiente al de la presentación de la documentación completa. El interesado deberá firmar de manera autógrafa los documentos del menaje de casa en presencia de un funcionario consular. 

 Información importante:

Se debe Tramitar el Certificado a Lista de Menaje de casa antes de enviar las pertenencias.

 En todos los casos se debe contratar un agente aduanal para liberar las pertenencias del recinto fiscal. El Agente Aduanal cobrará sus honorarios por sus servicios, que son diferentes al pago de impuesto al comercio exterior, de los cuales están exentos.

Los ejemplos de carta solicitud y listado de menaje de casa serán descargados en su computadora para edición. 

  

MENAJE DE CASA PARA EXTRANJEROS

Requisitos generales:

Importación Temporal. Los extranjeros con la condición de estancia de RESIDENTES TEMPORALES Y RESIDENTES TEMPORALES ESTUDIANTES, podrán ingresar a México, al amparo del régimen de importación temporal, un menaje de casa por el plazo que dure su calidad migratoria, incluyendo sus prórrogas, siempre que a su salida las retornen al extranjero.

 

Todos los requisitos se deben presentar con cuatro (04) copias en el siguiente orden:

  1. Solicitud (Puede descargar AQUI)
  2. Pasaporte (vertical primera y última hoja completa)
  3. Visa de Residente Temporal o tarjeta / Visa de Residente Temporal Estudiante o tarjeta (vertical por ambos lados)
  4. Lista de Menaje de casa (puede descargar AQUI)
  5. Declaración bajo protesta de decir verdad (Puede descargar AQUI)
  6. Pago de derechos Consulares$ 179.00 USD

 

Los derechos se pagan en dólares directo en ventanilla (cambio exacto)

Información importante:

Se debe Tramitar el Certificado a Lista de Menaje de casa antes de enviar las pertenencias.

En todos los casos se debe contratar un agente aduanal para liberar las pertenencias del recinto fiscal. El Agente Aduanal cobrará sus honorarios por sus servicios, que son diferentes al pago de impuesto al comercio exterior, de los cuales están exentos.

Para llevar a cabo el trámite deberá solicitar una cita por correo electrónico. El menaje se entrega al día hábil siguiente al de la presentación de la documentación completa. El interesado deberá firmar de manera autógrafa los documentos del menaje de casa en presencia de un funcionario consular. 

 NOTA: Para solicitar una cita, favor de enviar una copia en formato PDF de sus documentos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Credencial para votar (INE) PUEDES SOLICITAR TU CREDENCIAL SIN CITA HASTA EL 20 DE FEBRERO DE 2024

Para iniciar el trámite de la credencial de elector deberá SOLICITAR una cita enviando un correo a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Los requisitos documentales para el trámite son los siguientes:

  • Acta de nacimiento original y copia.
  • Credencial del IFE o INE, pasaporte mexicano vigente, o cualquier otra identificación oficial con foto y firma y copia.
  • Original de comprobante de domicilio, puede ser
  • I) Recibo de servicios: agua, energía eléctrica, sistema de televisión por cable, teléfono, etc.
  • II) Estado de cuenta bancario original a nombre del solicitante.
  • III) Declaración de impuestos ante la agencia recaudadora.
  • IV) Correspondencia oficial dirigida al domicilio del interesado.
  •  V) Contrato original de renta a nombre del solicitante.
  • VI) Cualquier otro documento oficial que refleje su domicilio completo y copia.
  • No se aceptarán direcciones de PO Box.

NOTA: Es sumamente importante que el comprobante de domicilio indique la dirección completa con Código Postal, ya que el Instituto Nacional Electoral enviará por correo postal las credenciales de elector directamente a la dirección que se dé de alta.

El trámite de la credencial para votar en el exterior es gratuito y ésta tendrá una vigencia de 10 años.

La Embajada de México en Serbia realiza las solicitudes de credencial de elector desde el extranjero, recabando los documentos necesarios para el trámite y los biométricos del solicitante. Posteriormente, la elaboración y entrega de la credencial, es atribución exclusiva del Instituto Nacional Electoral.

Una vez que acuda a la Embajada de México para iniciar su trámite, será responsabilidad del interesado dar seguimiento a su solicitud con el número de referencia que se le entregará el día de su cita, el cual podrá consultar en el sitio web del INE: http://www.ine.mx/archivos2/portal/credencial/extranjero/

TRÁMITE GRATUITO

ANTECEDENTES

El 17 de diciembre de 2015 la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y el Instituto Nacional Electoral (INE) firmaron un Convenio Específico para la credencialización de los mexicanos residentes en el extranjero. Este sienta las bases para dar inicio al proceso de credencialización de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero.

La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del INE será, en todo momento, la instancia responsable de la credencialización, ya que las Representaciones de México en el exterior estarán facultadas exclusivamente para recibir la documentación correspondiente y dar entrada a la solicitud de los ciudadanos mexicanos que así lo requieran.

Consulta AQUI la GUIA DE REGISTRO PARA VOTAR DESDE EL EXTRANJERO

Se informa sobre la suspensión temporal en las oficinas consulares del servicio para la emisión de constancias de antecedentes penales federales (CAPF). 

 

Al respecto, se hace de su apreciable conocimiento que este trámite se encuentra disponible en línea, a través de la página de internet que el Órgano Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS) estableció para ello, mediante el enlace: https://constancias.oadprs.gob.mx/

 

Lo anterior en el entendido que la constancia se imprime en su domicilio, en hoja de papel bond y cuenta con un código QR para su verificación en línea. 

La apostilla para documentos públicos de México deberá realizarse por las siguientes autoridades mexicanas:

 Para documentos públicos emitidos por entidades federales

Para documentos públicos emitidos por entidades federativas (Estados de la República Mexicana)

  • Acuda a la Secretaría o Dirección General de Gobierno del Estado 

La Convención de la Haya sobre la apostilla no aplica para documentos:

  • Expedidos por autoridades diplomáticas o consulares
  • Comerciales o aduanales
  • Penales

Este certificado es un documento que se expide a solicitud de parte interesada quien mediante manifestación expresa o mediante documentos pretende hacer constar un hecho o hacer valer un derecho, pero no prueba la verdad de lo declarado o manifestado.

Por ello, si usted está interesado en solicitar un certificado a petición de parte, deberá presentar todos los documentos necesarios para acreditar su dicho, y/o cumplir cabalmente con el requisito de veracidad contenido en el Artículo 247 del Código Penal Federal, que establece que constituye un delito las declaraciones en falsedad hechas ante una autoridad distinta a la judicial.

En el Certificado a Petición de Parte no se deberá hacer constar actos jurídicos, tales como mandatos, contratos o convenios, ratificación de firmas, ni deberá servir para asentar manifestaciones o hechos relativos a actuaciones precautorias a juicio o para realizar denuncias y aquellas otras que constituyan una manifestación o acto jurídico.

Si usted requiere información al respecto, favor de enviar un correo a:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Los derechos a pagar por el documento en caso de ser autorizado son:

$88.00 dólares (vigente al 31 de diciembre de 2023)

Para el Gobierno de México es una prioridad brindar asistencia y protección consular a todos los mexicanos que lleguen a necesitarlo, ya sea en sus vidas cotidianas en el exterior o en situaciones de emergencia. Como parte de los esfuerzos de la Secretaría de Relaciones Exteriores por ser cada vez más eficiente y efectiva en esta tarea, a partir del 3 de octubre de 2011 está a disposición de todos los ciudadanos mexicanos el Sistema de Registro para Mexicanos en el Exterior (SIRME).

Cualquier mexicano puede ingresar directamente a la página https://sirme.sre.gob.mx , o bien a partir de los enlaces en las páginas electrónicas de la Secretaría y las representaciones en el exterior, para registrarse como residente en el extranjero o como viajero. Una vez completado el proceso, los usuarios recibirán por correo electrónico información sobre las representaciones mexicanas en el exterior que correspondan a su lugar de residencia o destino, así como otros datos útiles para su estancia fuera de México.

De tener lugar una situación de emergencia, un desastre natural o el surgimiento de cualquier condición inesperada, los mexicanos que hayan registrado su presencia en los lugares afectados recibirán los boletines y recomendaciones prácticas que emita el Gobierno de México. Al proporcionar su domicilio o lugar de hospedaje, los ciudadanos mexicanos contribuyen a que se les ofrezca la asistencia o protección consular que llegaría a ser requerida.

El uso del sistema es voluntario y gratuito. Se recomienda tener a la mano su pasaporte al momento de registrarse, ya que al ingresar los datos de estos documentos permitirá verificar la identidad y nacionalidad del usuario. La información personal que se proporcione estará clasificada como confidencial y estará protegida conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, su Reglamento y los lineamientos correspondientes.


A través del SIRME, y con la participación directa de los ciudadanos mexicanos que completen su registro, el Gobierno de México amplía las herramientas con que cuenta para apoyar a sus ciudadanos en el exterior, sin importar su condición migratoria. A través del SIRME, y con la participación directa de los ciudadanos mexicanos que completen su registro, el Gobierno de México amplía las herramientas con que cuenta para apoyar a sus ciudadanos en el exterior, sin importar su condición migratoria.