Esta visa de residencia permanente es aplicable para: 1) Padres; 2) Hermanos solteros menores de edad; e 3) Hijos solteros menores de edad de personas extranjeras titulares de visa de residencia permanente. Para los cónyuges de persona extranjera titular de visa de residencia permanente, favor de verificar el inciso “8. Visa de residencia temporal para familiares de persona extranjera titular de visa de residencia temporal o cónyuge de persona extranjera titular de visa de residencia permanente”.
Los requisitos para este trámite son:
- Solicitud (Descargar aquí)
- Presentarse personalmente con el familiar titular de visa mexicana; o bien, presentar la carta de autorización con el Número Único de Trámite (NUT) que expide el Instituto Nacional de Migración. Tratándose de menores de edad, ambos padres deben acompañarle
- Pasaporte válido y vigente del solicitante con una copia a color
- Para personas no dominicanas: visa dominicana válida o permiso de residencia dominicana vigente con una copia a color
- Una fotografía a color (3x4 cms), de frente, sin lentes y en fondo blanco
- Pasaporte con la visa mexicana válida y vigente del familiar con una copia a color.
- Documento para comprobar la filiación con el titular de visa mexicana (acta de nacimiento o acta de matrimonio)
- Acreditar solvencia económica del titular de visa (una de las siguientes opciones):
- Estados de cuenta bancarios con un saldo promedio mensual equivalentes al menos a trescientos días de salario mínimo general vigente en Ciudad de México en cada uno de los últimos seis meses. Podrá presentar
- Libreta original del banco con una copia de cada página; o
- Estado de cuenta bancario en el que se aprecien los movimientos de retiro y depósito (NO únicamente el saldo a final del mes). Este documento deberá llevar el sello oficial del banco
b. Constancia de ingresos equivalentes al menos a cien días de salario mínimo general vigente en Ciudad de México en cada uno de los últimos seis meses al menos a MXP 17,300 en cada uno de los últimos seis meses. Debe de presentar:
- Constancia de salario impresa en hoja membretada. Se debe incluir la antigüedad del trabajador, así como el sello oficial de la empresa y la firma autógrafa de la persona que elaboró el documento. Aquí puede consultar un ejemplo de carta (Descargar aquí); y
- Copia de identificación de la persona que elaboró el documento
9. Programación de cita en la página Citas Consulares.
10. Pago de derechos consulares (el pago es por el trámite. En caso de negarse la visa el pago no es reembolsable): https://embamex.sre.gob.mx/republicadominicana/index.php/servicios-consulares/tarifas IMPORTANTE: Por favor consulte el siguiente enlace para verificar si su nacionalidad está exenta del pago de derechos: https://www.gob.mx/sre/documentos/informacion-de-visas-ordinarias
Notas:
- El pago de derechos consulares se hace por cada solicitud de visa. El pago no es reembolsable, aunque se niegue el trámite.
- No se aceptan estados de cuenta bancarios electrónicos impresos en hoja blanca. Si éstos están expedidos de manera electrónica, deberán de venir acompañados del sello del banco en original.
- Si los documentos fueron emitidos en un país distinto a México o República Dominicana, deberán de venir apostillados o legalizados por la Embajada de México correspondiente.
- Es necesario traducir los documentos si están en un idioma distinto al español o el inglés.
- Esta visa tiene una vigencia de 180 días a partir de su emisión y es válida por una sola entrada.
- El pago se realiza en efectivo en dólares estadounidenses. Por favor venga preparado con billetes en buen estado y la cantidad exacta.
- Cada trámite es distinto, por lo que se podrá pedir información complementaria.
- Tome en cuenta que las cantidades de solvencia económica en pesos cambian cada año.