El pasaporte digitalizado de alta seguridad, por disposición gubernamental, se expide únicamente en las oficinas centrales de la Ciudad de México, en donde se elaboran. El trámite se realiza a través de la Sección Consular de la Embajada, con un tiempo estimado de entrega entre 30 y 40 días posteriores a la aceptación del trámite. {slide=Renovación menores de edad} EDAD VIGENCIA A ELEGIR Menores de 3 años 1 ó 3 años Mayores de 3 y menores de 18 3 ó 6 años Para la renovación de pasaporte ordinario a personas menores de edad en términos de lo dispuesto por el Código Civil Federal, los padres o quien o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán: 1.- Programar una cita mediante la plataforma Mexitel (Vea Guía) 2.- Comparecer personalmente con el menor ante la oficina consular. 3.- Acreditar la filiación presentando el acta de nacimiento del menor. 4.- Los padres o quien o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán acreditar su identidad nuevamente con cualquiera de los siguientes documentos: a. Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral y acta de nacimiento. b. Pasaporte mexicano. c. Certificado de Matrícula consular de alta seguridad que cumpla con los requisitos señalado en el art. 3 de la Ley de Nacionalidad. d. Cédula Profesional. e. Título Profesional. f. Carta de pasante expedida por Institución educativa acreditada ante la Secretaría de Educación Pública. g. Certificado de nacionalidad mexicana. h. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento. i. Carta de naturalización. j. Cédula de Identidad Ciudadana, k. Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente. l. Licencia de conducir mexicana. m. Certificados de primaria o secundaria expedidos por la Secretaría de Educación Pública, La información contenida en los documentos probatorios de nacionalidad y de identidad debe ser coincidente en su totalidad. 5.- Presentar el pasaporte que se desea renovar, con fotocopia de las hojas de datos generales, de observaciones y la que contenga el número de libreta. 6.- Acreditar su identidad. El pasaporte podrá constituir la identificación cuando tenga una vigencia mayor a los 3 años, siempre y cuando no haya variación en los datos personales, no se observen alteraciones en el documento y exista coincidencia de rasgos físicos del interesado con la imagen del documento. En caso de que el pasaporte no cumpla con estas especificaciones, el interesado deberá presentar otra identificación. 7.- Pago de derechos establecido en la Ley Federal de Derechos. Ver tarifas Nota: En el supuesto de que, el pasaporte anterior sea de un año de vigencia no podrá ser renovado por lo que en todos los casos se deberá solicitar la expedición de uno nuevo, cumpliendo con todos los requisitos como si se tratara de un trámite por primera vez. Solo existirá la excepción, en casos de protección consular con la autorización del Titular.
En el trámite de renovación de pasaporte ordinario mexicano expedido antes del año de 1995 en territorio nacional, así como los expedidos antes de 2006, por las oficinas consulares, el titular del documento, adicionalmente tendrá que acreditar su nacionalidad e identidad. Para renovar el pasaporte, el interesado deberá: 1.-Programar una cita mediante la plataforma Mexitel (Vea Guía) 2.- Comparecer personalmente en la oficina consular. 3.- Presentar el pasaporte que se desea renovar 4.- Acreditar su identidad, presentando alguno de los siguientes documentos con fotografía: a. Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral. b. Certificado de Matrícula consular de alta seguridad que cumpla con los requisitos señalados en el art. 3 de la Ley de Nacionalidad. c. Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional. d. Cédula Profesional. e. Título Profesional. f. Carta de pasante expedida por Institución educativa acreditada ante la Secretaría de Educación Pública. g. Certificado de primaria o secundaria expedidas por la Secretaría de Educación Pública; h. Certificado de nacionalidad mexicana. i. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento. j. Carta de naturalización. k. Cédula de Identidad Ciudadana. l. Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente. m. Licencia de conducir mexicana. n. Documentos extranjeros generalmente aceptados en la circunscripción consular. o. Pasaporte mexicano vigente o vencido con o sin observaciones siempre y cuando no haya variación en los datos personales, no se observen alteraciones en el documento y exista coincidencia de rasgos físicos del interesado con la imagen del documento. En caso de que el pasaporte no cumpla con estas especificaciones, el interesado deberá presentar otra identificación*. Nota: Los pasaportes a que se refiere el inciso anterior tendrán que haber sido expedidos después de 1995 en territorio nacional y después de 2006 por las oficinas consulares, para que puedan ser considerados como prueba de identidad. El nombre que se incluye en el documento de identidad debe ser idéntico al del documento que acredita su nacionalidad; en caso contrario, el interesado deberá presentar otro(s) documento(s) que pruebe(n) o de los que se desprenda que es la misma persona. 5.- Pago de derechos establecido en la Ley Federal de Derechos. Ver tarifas
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{slide=Matrimonio} Las Embajadas y Consulados mexicanos tienen facultades para realizar registros de matrimonios cuando ambos contrayentes son de nacionalidad mexicana, para lo cual se requiere: MATRIMONIO • Ser ambos contrayentes de nacionalidad mexicana. • Comprobar nacionalidad con alguno de los siguientes documentos: a) copia certificada del Acta de Nacimiento Mexicana; b) Certificado de Nacionalidad; c) Carta de Naturalización; d) Declaración de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento; o, e) Pasaporte vigente. Del documento presentado, se deberá entregar una fotocopia. • Entregar una solicitud firmada por ambos pretendientes, (se obtiene en la Sección Consular), en la cual manifiesten su deseo de celebrar el matrimonio. Dicha solicitud deberá contener nombres, edades, ocupaciones, domicilios y datos de los padres de los contrayentes. Declaración de dos testigos mayores de edad que conozcan a ambos pretendientes y les conste que no tienen impedimento legal para casarse. Los testigos se identificarán plenamente y proporcionarán una fotocopia de su identificación. • Presentar las capitulaciones matrimoniales donde se determine bajo qué régimen matrimonial se sujetará la unión marital; a saber: sociedad conyugal ("bienes mancomunados"); o, separación de bienes (el modelo de convenio se podrá obtener en la Sección Consular de la Embajada) • Entregar un certificado de salud firmado por un médico titulado que asegure que los pretendientes no padecen alguna enfermedad que sea crónica, incurable, contagiosa o hereditaria.
La Sección Consular de la Embajada de México en la República Dominicana podrá registrar como mexicanos a aquella persona: • Nacida en el extranjero, hijo (a) de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre o madre mexicano (a) nacido(a) en territorio nacional. • Nacido en el extranjero, hijo (a) de padres mexicanos por naturalización, de padre o madre mexicano (a) por naturalización. REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE NACIMIENTO • Comparecencia del padre y de la madre • Llenar la Solicitud de Registro de nacimiento Ver. • Presentar alguno de los siguientes documentos probatorios de la nacionalidad mexicana del padre o de la madre, o de ambos: • Acta de nacimiento • Pasaporte • Certificado de nacionalidad mexicana • Carta de naturalización • Acta de nacimiento local del menor a registrar. • Identificación oficial vigente de los padres, en caso de mexicanos, pasaporte o credencial para votar del Instituto Nacional Electoral. • Acta de matrimonio de los padres (en caso de estar casados). De no estar casados, si el registrado es menor de edad, el padre deberá estar presente al momento del registro para asentar su apellido. • Identificación oficial vigente de 2 testigos mayores de edad. Procedimiento Una vez que reúna la documentación completa, enviar copia por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o entregarla en la Sección Consular sin cita previa, para revisión. En caso de estar completa toda la documentación, se asignará una cita para que ambos padres acudan con el (la) menor y dos testigos con identificaciones oficiales vigentes. Nota: El registro de nacimiento es un trámite GRATUITO. Se entregará a los interesados un comprobante del registro. EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DEL ACTA DE NACIMIENTO La primera copia certifica es gratuita, misma que estará lista dos días después del registro. Posteriormente, el interesado pagará por cada copia certificada solicitada.
NOTA: Estos servicios (registro de nacimiento y defunción) no causan pago de derechos, sólo se pagan de conformidad a la Ley Federal de Derechos las copias certificadas que de los mismos se expidan a solicitud de los interesados.
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El trámite de alistamiento para obtener la CSMN es a partir de los 18 años; en el extranjero en los consulados y secciones consulares mexicanos y se realiza conforme a su circunscripción. Requisitos a) Alistamiento para tramitar la CSMN por procedimiento ordinario 1.- Solicitar cita a mediante el sistema Mexitel. Presentarse en la Sección Consular, la fecha y hora de la cita con la siguiente documentación: 2.- Original y copia del Acta de Nacimiento. 3.- Original y copia de una identificación oficial con fotografía. Las identificaciones aceptadas son: a) pasaporte mexicano (fotocopia tamaño A4); b) Credencial de Elector expedida por Instituto Federal Electoral (IFE o INE) (copia de ambas caras en una misma hoja); c) Certificado de Estudios con fotografía expedido por la SEP, Título o Cédula Profesional. 4.- Acreditar su domicilio en la circunscripción consular correspondiente a esta Embajada, con uno de los siguientes documentos: certificado de empadronamiento, recibo de renta, recibo de servicios públicos (teléfono, luz o agua), credencial o constancia vigente de la escuela, que especifique el domicilio en República Dominicana. 5.- Una fotografía a color con fondo blanco, de las medidas de pasaporte mexicano (4.5x3.5). Esta foto es para el formulario que se entregará el día de la cita. 6.– Llenar el formato de solicitud de precartilla que se entrega el día de la cita. El día de la cita se le tomarán biométricos y una fotografía para incluirla en la base de datos de la Secretaría de la Defensa Nacional. Por tal motivo, es necesario presentarse con la frente descubierta y con el cabello corto, sin barba, sin patilla, sin adornos de ninguna especie, sin lentes, si usa bigote, éste deberá estar recortado. Deberá portar camisa blanca o de color claro. 7.- Revisar y firmar de conformidad la solicitud generada de manera automática el día de su cita. Si después de esta revisión/conformidad existiera algún error, sólo podrá realizarse la corrección mediante el procedimiento de solicitud de corrección de Cartillas, que es privativo de la Secretaría de la Defensa Nacional y conlleva el pago de derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor. b) Alistamiento para tramitar la CSMN por procedimiento de excepción, al contar con otra nacionalidad, por ser mayor de 40 años, ser ministro de culto religioso o menonita Adicional a los requisitos señalados en el procedimiento ordinario, se debe cumplir con lo siguiente: 1.- Llenar el formato universal para trámites del SMN. 2.- Según corresponda, presentar en original y copia el documento que: a) acredite la otra nacionalidad distinta de la mexicana, por ejemplo Pasaporte de República Dominicana o de otro país; b) documento legal que acredite la calidad de ministro de culto expedido por la asociación religiosa a que pertenezcan; o c) certificado que acredite ser menonita. 3.- Cuatro fotografías a color con fondo blanco, de las medidas de pasaporte mexicano (4.5x3.5). Es necesario presentarse con la frente descubierta y con el cabello corto, sin bigote ni barba, sin patilla, sin adornos de ninguna especie, sin lentes. c) Reposición de la CSMN por robo, extravío o porque se encuentre mutilada Los mexicanos que hubieran perdido su CSMN por robo o extravío, adicional a los requisitos mencionados en el procedimiento ordinario de liberación en el inciso a) deberán presentar: 1.- Cuatro fotografías a color con fondo blanco, de las medidas de pasaporte mexicano (4.5x3.5). Es necesario presentarse con la frente descubierta y con el cabello corto, sin bigote ni barba, sin patilla, sin adornos de ninguna especie, sin lentes. 2.- Copia de la CSMN. En caso de no contar con ella, debe indicar el número de matrícula y especificar la junta de reclutamiento que le expidió la misma. 3.– Llenado de solicitud de reposición 4.- Pago de derechos en efectivo en la Sección Consular el día de la cita (Ver tarifa consular) El trámite de alistamiento (registro) para obtener la CSMN es GRATUITO, salvo el de reposición de la CSMN Luego de realizarse el registro, según corresponda al procedimiento, se entregará al solicitante una “Constancia de Recepción de Cartilla de Identidad del servicio Militar Nacional”, “Constancia de Recepción de Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional por Excepción” o “Constancia de Reposición de Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional”, que lo acredita estar cumpliendo con sus obligaciones en situación “A DISPONIBILIDAD”, conforme a lo estipulado en la Ley y Reglamento del Servicio Militar Nacional. Debe conservar la citada constancia, ya que una vez liberada la cartilla, el interesado deberá recoger su CSMN con su hoja de liberación a partir del mes de diciembre del siguiente año, previa presentación de dicha constancia. El trámite dura: 1.- Alrededor de dos año en el procedimiento ordinario, 2.- Alrededor de 8 meses en el de liberación por excepción, y 3.- Alrededor de un año en el de reposición.