La Embajada de México en Reino Unido y su sección Consular se mantienen atentas a las disposiciones del Gobierno de México y del Gobierno Británico con respecto al brote del Coronavirus COVID-19.  En ese sentido, hemos preparado esta sección con información relevante para nuestros connacionales en Reino Unido.

Recomendaciones generales para la población mexicana en Reino Unido

Es fundamental seguir las recomendaciones que indiquen las autoridades locales, incluyendo:

  • Lavarse las manos regularmente o usar gel antibacterial.
  • Evitar tocarse los ojos, nariz y boca.
  • Al estornudar o toser, cubrirse la boca y nariz con el codo flexionado o con un pañuelo, tire el pañuelo inmediatamente y lávese las manos o use desinfectante.
  • Limpiar y desinfectar objetos de uso frecuente y superficies de trabajo.
  • Distanciamiento social, mantenga al menos 1.5 metros de distancia entre usted y las demás personas. Evitar contacto físico (saludo de mano o abrazo).
  • Evitar acudir a eventos masivos y lugares concurridos.
  • Evitar desplazamientos innecesarios, incluyendo viajes dentro y fuera del país.
  • Procure mantener una rutina saludable, fortaleciendo medidas de higiene personal, una dieta balanceada, ejercicio y rutina de sueño regular.
  • Mantener relaciones personales, con la respectiva distancia, en la medida de lo posible. Estar en contacto con amigos y familiares puede ayudar a disminuir el estrés y ansiedad.

La recomendación de los servicios públicos de salud británicos es que si usted tiene fiebre o una tos nueva persistente debe permanecer en casa durante siete días y no debe acudir a la clínica de NHS, hospital o farmacia, sino buscar ayuda remota, ya sea vía Internet o por teléfono, con el fin de evitar nuevos contagios.

Use los servicios en línea de NHS para el COVID-19 (https://111.nhs.uk/covid-19/), incluyendo un cuestionario con preguntas específicas y recomendaciones, si:

  • Siente que no puede manejar los síntomas en casa en aislamiento.
  • Su condición empeora.
  • Sus síntomas no mejoran después de siete días.
  • En vista del volumen de llamadas, se recomienda solo comunicarse al 111 si no puede obtener ayuda en línea.

 A partir del 5 de enero de 2021, el Reino Unido observa un tercer confinamiento en todo el territorio de Inglaterra, que incluye las siguientes medidas:

  • Las escuelas y universidades permanecerán cerradas durante este período.
  • La población deberá quedarse en casa, sólo se podrá salir del domicilio por razones específicas, incluida la educación y el trabajo esencial, así como la atención médica.
  • Los negocios no esenciales, los lugares de ocio y entretenimiento permanecerán cerrados, así como la industria turística.
  • Los servicios públicos como el Sistema Nacional de Salud (NHS), los tribunales y oficinas de registro civil permanecerán abiertas.
  • Los viajes no esenciales al exterior y al interior del país no están permitidos, las personas no podrán desplazarse a regiones fuera de la localidad de su residencia habitual, tampoco está permitido vacacionar o pernoctar fuera de su domicilio.
  • Se preveé que el confinamiento dure hasta mediados de febrero, pudiéndose extender hasta finales de marzo.

Si se encuentra estudiando en una universidad de Escocia, Gales, o Irlanda del Norte, se recomienda estar al pendiente de las recomendaciones que hacen los gobiernos de esas naciones aquí.

Se hace un llamado a la comunidad mexicana a mantenerse atentos a las actualizaciones del gobierno de Reino Unido https://www.gov.uk/coronavirus, así como a los anuncios que se publiquen en la página de internet y redes sociales de la Embajada de México en Reino Unido y de su Sección Consular.

La Embajada reitera su completa disposición para seguir atendiendo cualquier inquietud de las y los mexicanos que se encuentran en Reino Unido con respecto a la situación de contingencia que se atraviesa actualmente. Para tal efecto, sigue a su disposición la cuenta de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., así como la de la Sección Consular Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

  1. Actividades universitarias. Como resultado del COVID-19, las universidades británicas han suspendido clases y actividades escolares presenciales adoptando esquemas de clases en línea. Antes de tomar alguna decisión relacionada con sus estudios, se le sugiere contactar directamente a su institución educativa, que podrá orientarle sobre métodos de evaluación y exámenes, esquema de pagos, becas y estipendios y cualquier otra información.
  1. Alojamiento en dormitorios universitarios. Si bien las medidas pueden variar ligeramente de una institución a otra, los dormitorios o residencias universitarias continuarán abiertas para las y los estudiantes que decidan quedarse en el Reino Unido. Las universidades ofrecen distintos esquemas de apoyo para estudiantes que permanecen en la institución; se le recomienda estar en contacto directamente con su institución educativa para conocerlos.
  1. Viajes. El gobierno ha señalado que no se permitirán pernoctas ni vacaciones fuera de las residencias principales. Esto incluye vacaciones en el extranjero y el Reino Unido. Para aquellas personas que planean viajar a Inglaterra deberán consultar la lista actual de corredores de viaje y de ser el caso se deberá cumplir con la cuarentena y aislarse durante 10 días. Si necesita viajar al extranjero desde Inglaterra y tiene permiso legal para hacerlo (tal como por motivo de trabajo) deberá consultar las regles vigentes de su destino y el asesoramiento que ofrece el Ministerio de Asuntos Exteriores, de la Mancomunidad y Desarrollo del Reino Unido (FCDO)

Es importante destacar las siguientes restricciones de viaje:

A partir del 18 de enero de 2021  todos los pasajeros que arriben al Reino Unido, ya sea por tren, barco o avión deberán presentar una prueba negativa de COVID-19, tomada 72 hrs. antes de que inicie su viaje. Quedan exceptuados de esta regla, los menores de 11 años y los pasajeros provenientes de Irlanda, las Islas del Canal y la Isla del Hombre.

Cabe recordar que las personas que incumplan dichas indicaciones pueden ser sometidas a multas de hasta £10,000.00 (diez mil libras esterlinas) y hasta £3,200.00 (tres mil doscientas libras esterlinas) quienes no actualicen su información de contacto si cambian de alojamiento durante el período de aislamiento. 

 A partir del sábado 9 de enero se prohibe la entrada a pasajeros procedentes de Sudáfrica, así como a aquellos que arriben de o hayan transitado en los 10 días previos por: Angola, Namibia, Botswana, Esuatini, Malawi, Lesotho, Zambia, Zimbabwe, Mozambique, así como de las islas Seychelles y la República de Mauricio.  Esta medida no aplica a nacionales británicos, irlandeses o residentes permanentes, además deberán de hacer cuarentena, incluyendo a aquellos que estaban previamente exentos. 

Regreso a México.  Tanto el Gobierno mexicano, como el Gobierno británico recomiendan en este momento evitar viajes internacionales no esenciales. Hasta el momento, México no tiene restricciones de ingreso y, en caso de establecerse, las y los mexicanos sí podrían entrar al país. Si tras evaluar sus circunstancias personales usted decide que quiere regresar a México, se le conmina a utilizar las opciones de vuelos comerciales aún disponibles en este momento. Cabe destacar que se anticipa que ante el incremento de restricciones de viaje y cierre de fronteras que algunos países han adoptado, las aerolíneas reducirán o cancelarán frecuencias aéreas. Se reitera que, antes de tomar alguna decisión sobre regresar a México se le sugiere contactar directamente a su institución educativa para conocer cuáles son las políticas vigentes.

  1. Atención médica en caso necesario. Los estudiantes con visa de estudiante (antes Tier 4) se consideran residentes en el país en vista de que al realizar el trámite de visa cubrieron el pago del servicio de salud en el Reino Unido (Immigration Health Surcharge) por lo que pueden recibir atención médica de parte de los servicios públicos de NHS, si lo requieren. Algunas universidades también han establecido equipos médicos de apoyo para asistir a sus estudiantes.
  1. Estrés o Ansiedad. Algunas personas están experimentando estrés o ansiedad como consecuencia de la contingencia que ha significado cambios en nuestra vida cotidiana. Ante todo, le recomendamos procurar mantener la calma y tomar decisiones informadas. Visite la página web del NHS sobre salud y bienestar mental Every Mind Matteren donde podrá encontrar algunos recursos de utilidad. La OMS emitió algunas recomendaciones para lidiar con el estrésrelacionado al COVID-19. Algunas universidades también han establecido equipos de apoyo psicológico para asistir a sus estudiantes. También puede visitar la Sección Ventanilla de Salud Emocional.
  1. Registrarse en línea en el Sistema de Registro para mexicanos en el Exterior (SIRME). Esta herramienta forma parte de los esfuerzos que lleva a cabo la Secretaría de Relaciones Exteriores con el propósito de hacer más eficiente y efectiva las labores de asistencia y protección consular a todos los mexicanos en el exterior, independientemente de su condición migratoria. No es necesario que envíe un correo electrónico con su información de contacto a la Embajada o Sección Consular, favor de utilizar el SIRME (https://sirme.sre.gob.mx/)
  1. Situación Migratoria. En caso de tener alguna sobre su situación migratoria y visas, el gobierno del Reino Unido ha puesto a disposición de los estudiantes internacionales y sus sponsors elCentro de ayuda de inmigración relacionado al coronavirus (Home Office): Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Su correo electrónico debe estar en inglés. También puede llamar al Centro de ayuda de inmigración de Coronavirus. Teléfono local: 0800678 1767 (de lunes a viernes de 9 a.m. a 5 p.m.) Las llamadas son gratuitas.

Si no ha podido salir del Reino Unido y tiene una visa o permiso que expira entre el 1 de diciembre de 2020 y el 31 de enero de 2021, puede solicitar tiempo adicional para quedarse bajo la calidad de “garantía excepciona” (exceptional assurance).

Para ello, debe de enviar una solicitud al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con los siguientes detalles: nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, tipo de visa, fecha de vencimiento de la visa, número de referencia, razón por la que se está haciendo esta solicitud, así como evidencia que demuestre el porqué no ha podido salir del país.

Mayor información al respecto, en el siguiente enlace: https://www.gov.uk/guidance/coronavirus-covid-19-advice-for-uk-visa-applicants-and-temporary-uk-residents#history

Se destaca que es importante guardar cualquier evidencia de sus razones para permanecer en el Reino Unido después de que venció su permiso. Esto es importante en caso de necesite hacer una solicitud de inmigración en el futuro, cuando normalmente tendría que declarar cualquier período en el que estuvo en el Reino Unido sin permiso migratorio y es posible que necesite presentar su evidencia.

 

Consejos para empresarios

Consejos para empresarios mexicanos en Reino Unido ante el Covid-19

Ante la pandemia de COVID-19, el gobierno británico ordenó el cierre de todo establecimiento con el fin de evitar la propagación del virus. Hasta el día de hoy, sólo quedan  permitidas las operaciones de establecimientos esenciales. 

En respuesta a esto, el gobierno británico ha puesto en marcha una serie de medidas e incentivos con el fin de mitigar el impacto económico para  trabajadores independientes (no asalariados y/o autónomos) y empresarios dentro del Reino Unido. Estas incluyen líneas de crédito, subvenciones, pago de salarios y ganancias, así como aplazamiento de pagos de impuestos sobre salarios e inmuebles

Para revisar el paquete completo de medidas , así como si identificar si usted y/o su empresa son elegibles y los formatos para aplicar a los distintos apoyos, favor consultar el siguiente vínculoCOVID 19: guidance for employees, employers and businesses.  


También, no olvide visitar el sitio Web de la Mexican Chamber of Commerce en donde encontrará más recursos al respecto.

Finanzas personales en tiempo de Covid-19

Las medidas tomadas por el gobierno para detener la propagación de COVID 19 tendrán un impacto económico en las finanzas personales de un alto porcentaje de la población que vivie en Reino Unido.

 Si usted busca orientación en torno al manejo de tus finanzas personales, le recomendamos visitar la plataforma The Money Advice Service en la que encontrará información y recomendaciones gratuitas. Cuenta con asesores en línea y por teléfono, para dar atención personalizada e inmediata.

The Money Advice Service, también contiene  información sobre las medidas y esquemas de alivio económico del gobierno en apoyo a sus ciudadanos.

Guías de cómo y quienes pueden acceder a estos ya se pueden encontrar dentro de su página y Redes Sociales

https://www.facebook.com/MoneyAdviceService/

Más información en el número telefónico:  0800 138 7777

Charla con la abogada Pía Sánchez, especialista en derecho laboral con el despacho Lewis Silkin. Fue nombrada abogado consultora por la Embajada de México en Londres en 2016.  Estudió relaciones internacionales en la Universidad de Leeds y después continuó sus estudios en el Colegio de abogados en Londres. La charla abarcará los siguientes temas:

  1. ¿Cuáles son mis derechos si mi empleador me quiere despedir?
  2. El gobierno británico ha introducido una ayuda para empleadores llamado Job Retention Scheme (JRS).
  3. ¿Cómo funciona?
  4. Si tengo pasaporte Mexicano, ¿tengo derecho a percibir de esta ayuda?  
  5. ¿Qué pasa si renuncié a mi trabajo antes del 28 de Febrero 2020 - puedo retractar mi renuncia y declararme en furlough (cesante) bajo el JRS?  
  6. ¿Puedo insistir que mi antiguo empleador me regrese mi trabajo para beneficiarme del JRS si estoy sin empleo?
  7. ¿Pueden obligarme a estar cesante bajo el JRS y reducir mi salario? ¿Qué pasa si me niego?
  8. Estoy sujeto a un sponsorship visa que requiere que mi salario se mantenga a un cierto nivel – ¿si me declaran cesante bajo el JRS invalidará mi visa?  
  9. Estoy por empezar un trabajo nuevo – ¿puede mi nuevo empleador retractar la oferta de trabajo?
  10. No tengo un trabajo en un sector crítico (medicina, tiendas de alimentos, etc.) pero mi empleador insiste que me presente a trabajar contradiciendo las recomendaciones del gobierno británico de quedarme en casa – ¿qué puedo hacer?
  11. ¿Qué pasa si tengo vacaciones reservadas? ¿puedo insistirle a mi empleador que las cancele para que yo pueda tomarlas después cuando terminen las restricciones de viaje?

Si necesita mayor información, puede contactarla en https://www.lewissilkin.com/

 

Le recomendamos revisar la Guía del Viajero Mexicano de la Secretaría de Relaciones Exteriores, donde se indica información por destino de viaje, así como descargar la App para su dispositivos móviles iOS o Android, así como registrarse en línea en el Sistema de Registro para mexicanos en el Exterior (SIRME).  Ésta herramienta forma parte de los esfuerzos que lleva a cabo la Secretaría de Relaciones Exteriores, con el propósito de hacer más eficiente y efectiva las labores de asistencia y protección consular a todos los mexicanos en el exterior, independientemente de su condición migratoria.