Salida de menores de edad de la República de Panamá
Estimados connacionales, las autoridades de Migración de Panamá exigen ciertos requisitos para la salida de los menores de edad que son acompañados de uno de sus padres o viajan solos. Esta disposición aplica sólo para menores residentes, no para turistas.
Caso |
Requisitos |
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Ausencia de alguno de los padres |
· Presentar autorización escrita, notariada del otro padre. |
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En todos los casos se deberá presentar además el acta de nacimiento del menor o cédula juvenil. |
Ausencia de ambos padres |
· Presentar autorización escrita notariada de ambos padres. |
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El acompañante cuenta con la tutela o patria potestad del menor |
· Presentar autorización del juez. |
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Fallecimiento de uno de los padres |
· Acta de defunción. |
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Artículo 40 del Decreto de lay N° 3, 22 de febrero de 2012 – Resolución N° 173, 1 de febrero de 2012 |