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REGISTRO CIVIL

Registro de Nacimiento para hijos de mexicanos nacidos en el exterior

Requisitos:

·         Presentación del registrado y comparecencia de los padres, previa cita.

·         Llenar formato en la Embajada.

·         Entregar comprobante de nacionalidad mexicana de uno o de ambos padres: acta de nacimiento o declaratoria de nacionalidad mexicana o carta de naturalización.

·         El padre y/o madre mexicana se debe identificar con pasaporte mexicano.

·         Entregar copia certificada en original de acta de nacimiento del registrado. Si el acta no es neozelandesa, deberá estar apostillada o legalizada, y traducida al español por perito traductor.

·         Presentar a dos testigos con identificación oficial.

·         Acta de matrimonio de los padres en caso de estar casados.

El registro de nacimiento no tiene costo, y se entrega una copia certificada del acta de nacimiento gratuitamente.

Todos los documentos originales serán devueltos a los padres a excepción de la copia certificada del acta de nacimiento del registrado.

Para obtener una cita, favor de comunicarse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Copias Certificadas de Actos de Registro Civil:

·         Llenar formato en la Embajada

·         Presentar una identificación oficial

·         Pago en efectivo

 

Matrimonio

El registro de matrimonio ante la Sección Consular procede únicamente cuando ambos contrayentes son mexicanos.

Requisitos:

·         Solicitud escrita y firmada por ambos contrayentes, que contiene la declaración de los testigos.

·         Capitulaciones matrimoniales: separación de bienes o sociedad conyugal.

·         Certificado de salud firmado por médico titulado, emitido al menos 15 días antes de la fecha de la ceremonia.

·         Constancia de ratificación de firmas.

·         Notificación para la celebración del matrimonio en el extranjero, hijo de padres mexicanos por naturalización o de padre o madre mexicano por naturalización.

·         Comprobante de nacionalidad mexicana.

·         En el caso de menores de edad, consentimiento por escrito de padres o tutores.

·         Presencia de los contrayentes.

·         Presencia de dos testigos por cada contrayente.

·         Identificaciones oficiales vigentes con fotografía de los contrayentes y de los que intervienen en el acto.

·         Poder notarial especial, en caso de que alguno de los contrayentes no pueda asistir.

·         Copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido si alguno o ambos contrayentes son viudos.

·         Copia certificada del acta de divorcio, en su caso.

·         Pagar los derechos correspondientes en efectivo, en el momento de entregar su solicitud.

Una vez presentados los requisitos y cumplimentados los formularios, la Sección Consular, de acuerdo con los interesados, determinará el día y la hora de celebración del matrimonio.

El matrimonio efectuado en una oficina consular mexicana surte efectos inmediatos en México y no requiere de certificación alguna.

 

 Registro de Defunción:

El registro en una Representación Consular solamente se asienta cuando el finado es de nacionalidad mexicana y fallece en el extranjero.

Requisitos:

·         Copia certificada del acta de defunción expedida por autoridad competente del lugar o certificado de defunción firmado por médico titulado.

·         Acreditar nacionalidad mexicana del difunto

·         Declaración de defunción por parte de los familiares o comparecientes, quienes presentarán identificación oficial con fotografía.

Para el caso de inhumaciones o cremaciones en la Ciudad de México, será necesario que el traslado del cuerpo esté acompañado del acta de defunción levantada ante la oficina consular que corresponda.