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REGISTRO CIVIL

 

El trámite para realizar el Registro de Nacimiento consta de dos partes.

Primera: Remitir los siguientes documentos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. en formato PDF.

 

  1. Copia escaneada del acta de nacimiento neozelandesa de el/la menor (El acta de nacimiento debe incluir el apellido paterno y materno (en dicho orden) para evitar crearle una doble identidad a el/la menor)
  2. Copia escaneada de identificación oficial de ambos padres (pasaporte o credencial de elector vigente).
  3. Copia escaneada de acta de nacimiento, declaratoria de nacionalidad mexicana o carta de naturalización de ambos padres. (AL MENOS UNO DE LOS PADRES DEBE TENER LA NACIONALIDAD MEXICANA).
  4. Copia escaneada de acta de matrimonio (solo en caso de estar casados).
  5. Copia escaneada de identificación oficial con fotografía de el/la menor  (pasaporte o constancia médica de quien lo/la atiende).

 

Segunda: Una vez que el personal de esta Representación haya verificado los documentos, se agendará una cita en la Embajada de México en Nueva Zelandia. El día de la cita deberán asistir personalmente ambos padres y el/la menor, con la siguiente documentación en original:

 

  1. Acta de nacimiento de el/la menor. Si el acta no es neozelandesa, deberá estar apostillada o legalizada, y traducida al español por perito traductor. (Si el documento fue emitido en inglés, no se solicitará traducción).
  2. Identificación oficial de ambos padres (pasaporte o credencial de elector vigente).
  3. Acta de nacimiento, declaratoria de nacionalidad mexicana o carta de naturalización de ambos padres.
  4. Acta de matrimonio (solo en caso de estar casados).
  5. Identificación oficial de el/la menor con fotografía (pasaporte o constancia médica de quien lo/la atiende).

El Registro de Nacimiento es totalmente gratuito y tiene una duración aproximada de 4 horas. Una vez concluido el trámite se hará entregará una copia certificada (gratuita) del acta de nacimiento de el/la menor. Si desea tramitar el pasaporte mexicano de el/la menor, se puede realizar el mismo día de su cita. 

El registro de matrimonio ante la Sección Consular procede únicamente cuando ambos contrayentes son mexicanos.

Requisitos:

·         Solicitud escrita y firmada por ambos contrayentes, que contiene la declaración de los testigos.

·         Capitulaciones matrimoniales: separación de bienes o sociedad conyugal.

·         Certificado de salud firmado por médico titulado, emitido al menos 15 días antes de la fecha de la ceremonia.

·         Constancia de ratificación de firmas.

·         Notificación para la celebración del matrimonio en el extranjero, hijo de padres mexicanos por naturalización o de padre o madre mexicano por naturalización.

·         Comprobante de nacionalidad mexicana.

·         En el caso de menores de edad, consentimiento por escrito de padres o tutores.

·         Presencia de los contrayentes.

·         Presencia de dos testigos por cada contrayente.

·         Identificaciones oficiales vigentes con fotografía de los contrayentes y de los que intervienen en el acto.

·         Poder notarial especial, en caso de que alguno de los contrayentes no pueda asistir.

·         Copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido si alguno o ambos contrayentes son viudos.

·         Copia certificada del acta de divorcio, en su caso.

·         Pagar los derechos correspondientes en efectivo, en el momento de entregar su solicitud.

Una vez presentados los requisitos y cumplimentados los formularios, la Sección Consular, de acuerdo con los interesados, determinará el día y la hora de celebración del matrimonio.

El matrimonio efectuado en una oficina consular mexicana surte efectos inmediatos en México y no requiere de certificación alguna.

 

El registro en una Representación Consular solamente se asienta cuando el finado es de nacionalidad mexicana y fallece en el extranjero.

Requisitos:

·         Copia certificada del acta de defunción expedida por autoridad competente del lugar o certificado de defunción firmado por médico titulado.

·         Acreditar nacionalidad mexicana del difunto

·         Declaración de defunción por parte de los familiares o comparecientes, quienes presentarán identificación oficial con fotografía.

Para el caso de inhumaciones o cremaciones en la Ciudad de México, será necesario que el traslado del cuerpo esté acompañado del acta de defunción levantada ante la oficina consular que corresponda.

 

·         Llenar formato en la Embajada

·         Presentar una identificación oficial

·         Pago en efectivo

 


Contacto

Sección Consular Embajada de México en Nueva Zelandia

CorreoEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

Teléfono: +64 (04) 496 3553

 

https://embamex.sre.gob.mx/nuevazelandia/index.php