Certificado a petición de parte
Se expide a petición de la parte interesada, para hacer constar un hecho o probar un derecho. Tiene validez jurídica y hace fe plena ante cualquier autoridad mexicana.
Con estas certificaciones se prueba que ante la Sección Consular se hicieron las declaraciones o manifestaciones que se asientan en el documento, pero no prueba la verdad de lo declarado o manifestado; en él se hacen constar la identidad y nacionalidad del solicitante y los documentos que presente el interesado para probar su derecho o hecho.
Requisitos:
- Solicitud por escrito.
- Pasaporte vigente del interesado o en su defecto identificación oficial con fotografía.
- Documentos a través de los cuales el interesado prueba su derecho o hecho.
- Pago de los derechos consulares en efectivo. Ver tarifas de servicios consulares.
- Comparecer en la oficina consular correspondiente, manifestar claramente su voluntad unilateral y firmar el documento que se expide.
- Pago de los derechos consulares en efectivo.
Información relevante:
En el Certificado a Petición de Parte no se deberá hacer constar actos jurídicos, tales como mandatos, contratos o convenios, ratificación de firmas, ni deberá servir para asentar manifestaciones o hechos relativos a actuaciones precautorias a juicio o para realizar denuncias y aquellas otras que constituyan una manifestación o acto jurídico.