Esta Embajada de México puede legalizar firmas y sellos contenidos en los documentos públicos extranjeros que sean emitidos en países no adherentes a la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961 (Nigeria, Benín, Burkina Faso, Camerún, República de Congo, Gabón, Guinea, Guinea Ecuatorial, Níger, Togo o República Centroafricana), previamente legalizados por las autoridades facultadas para tal efecto en el respectivo país emisor.
El trámite consiste en un acto de certificación por parte de un funcionario consular para que esos documentos tengan validez en México.
Requisito:
- Solicitar en los Ministerios de Asuntos Exteriores de Nigeria, Benín, Burkina Faso, Camerún, República de Congo, Gabón, Guinea, Guinea Ecuatorial, Níger, Togo o República Centroafricana la certificación de la firma y/o sello en el documento a legalizar.
La legalización de documentos extranjeros se lleva a cabo sobre las firmas y/o sellos extranjeros originales.
Procedimiento:
- Una vez que reúna la documentación, el interesado o un tercero podrá presentarla en original y copia a la Sección Consular de la Embajada de México en Nigeria, así como los datos de contacto de la persona interesada, en 2129 Abdu Abu Bakar Crescent, Sunrise Hills Estate, Asokoro, Abuja, FCT Nigeria.
- La Sección Consular verificará su documentación y en caso de que la legalización proceda le contactará para efectuar el pago de los derechos correspondientes de $54.00 USD. El pago debe realizarse en Naira, utilizando el tipo de cambio oficial, a la siguiente cuenta bancaria: UBA, a nombre de "Embassy of Mexico Consular Section", número de cuenta 1026297630. Favor de presentar el comprobante de pago.
- Una vez que la Embajada reciba el pago y se lleve a cabo la legalización, se le comunicará la fecha en que le serán entregados los documentos legalizados, de ser el caso.
Nota: todas las legalizaciones están sujetas a una entrevista.