Requisitos para trámite de pasaporte mexicano
FORMATO DE SOLICITUD DE PASAPORTE
Es el documento de viaje que la Secretaría de Relaciones Exteriores expide a los mexicanos para acreditar su nacionalidad e identidad, y que es necesario para viajar a otros países.
REQUISITOS
EXPEDICIÓN Y RENOVACIÓN DE PASAPORTE PARA MAYORES DE EDAD
EXPEDICIÓN Y RENOVACIÓN DE PASAPORTE PARA MENORES DE EDAD
REPOSICIÓN DE PASAPORTE POR ROBO O PÉRDIDA
- Si su caso no se encuentra contemplado en las opciones que se mencionan en esta página, puede contactar con la Sección Consular de la Embajada de México en Nicaragua en el teléfono (505) 2277-5886 extensiones 217 y 218, o en el correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para plantear su situación y recibir la orientación de un representante consular.
Credencial para votar

La Embajada de México en Nicaragua informa que, a través de su Sección Consular, los ciudadanos mexicanos pueden tramitar su credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE); organismo público autónomo encargado de organizar las elecciones federales en México.
Si eres mexicano, te interesa participar en el proceso electoral de 2024 y tienes domicilio en Nicaragua, es importante que sepas que a partir del 20 de octubre de 2023 y hasta el próximo 25 de febrero de 2024, puedes presentarte SIN CITA en nuestra Sección Consular, de lunes a viernes, entre las 8:00 y las 12:00 horas, para solicitar o renovar tu INE.
Requisitos:
- Identificación oficial vigente con fotografía, en original y copia (puede ser pasaporte, matrícula consular, licencia de conducir, etc.) y,
- Comprobante de domicilio de Nicaragua en original y copia (puede ser un recibo de teléfono, luz, banco, escuela u otros servicios públicos o privados). Si bien no es necesario que esté a nombre del titular se debe tener en cuenta que una vez aprobada la expedición de la credencial para votar, ésta será enviada por paquetería por el propio INE al domicilio indicado por el interesado.
- Acta de nacimiento mexicana en original y copia .
- Acudir personalmente a la Sección Consular de la Embajada de México en Nicaragua (Km. 4 1/2, Carretera a Masaya, frente a Claro Altamira, Managua, Nicaragua).
El tramite es personal y gratuito. Para mayor información sobre los requisitos, consulte aquí. La credencial para votar desde el extranjero (CPVE) tendrá una vigencia de 10 años.
Puede verificar el estatus de su trámite en el Sistema de Consulta o llamando a INETEL por cobrar al +52 (55) 5481 9897.
Importante: le recordamos que el INE es un organismo autónomo, por lo que la Embajada de México en Nicaragua no está facultado para dar seguimiento al trámite de credenciales para votar, ni tiene injerencia en la recepción o envío de las mismas.
Requisitos para trámite de visa
Importante
Importante
- Los nacionales nicaraguenses SÍ requieren visa para ingresar o realizar tránsito por México.
- El horario de atención al público es de lunes a viernes de 8:00 a 12:00 horas.
- Las solicitudes de visa se realizan de manera personal. Para realizar el trámite de visa se deberá programar su cita con anticipación por internet a través del Sistema MiConsulado (haga click aquí).
- La Confirmación de Cita que genera el sistema «MiConsulado» deberá presentarse de forma impresa el día de su entrevista para que se le permita el ingreso a nuestras instalaciones. Favor asegurarse que al agendar la cita el nombre del solicitante sea idéntico al de su pasaporte, de lo contrario no será posible tomar la solicitud de visa.
- Los nacionales de países con los que México tenga un acuerdo de supresión de visa, también están exentos de visa mexicana siempre y cuando su permanencia en México no sea superior a los 180 días. Da clic aquí para saber si necesitas VISA (si su país del cual es nacional no se encuentra en la lista, significa que no requiere visa).
- Portadores de visa válida y vigente de entradas múltiples de Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte o cualquier país que pertenezca al Espacio Schengen.
- Tarjeta de residente permanente en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cualquier país que pertenezca al Espacio Schengen, o de los países miembros de la Alianza del Pacífico (Chile y Colombia).
- La presentación de documentación apócrifa automáticamente descalifica al solicitante y se le puede imponer una alerta migratoria hasta por cinco años.
- La documentación presentada para el trámite de visa no se devolverá al solicitante, aunque su visa no sea aprobada.
- La presentación de requisitos no prejuzga la expedición de visa. Las visas se autorizan con el cumplimiento de los requisitos y con base en una entrevista consular satisfactoria. En algunos casos, la Sección Consular podrá solicitar documentos adicionales a los antes descritos.
- Se recomienda ampliamente no comprar los boletos de avión o autobús ni realizar reservaciones de hotel antes de obtener la visa, la Sección Consular no se hace responsable por cambios de itinerarios o cancelación de vuelos y/o viajes.
- Se sugiere que antes de presentar su solicitud, revise y confirme que su documentación está completa para evitar inconvenientes.
Menores de Edad
El menor deberá acudir acompañado por ambos padres para firmar la solicitud de visa ante el funcionario consular.
- Si la patria potestad corresponde sólo a uno de los padres, otorgada por una sentencia judicial, deberá presentar original y copia del documento oficial que así lo acredite.
- Si uno de los padres se encuentra en el extranjero, podrá presentar poder notarial emitido por la Embajada o Consulado de México más cercano al país o ciudad donde resida, en el cual autorice expresamente a la madre o padre que acompañará al menor para realizar el trámite. El documento original deberá ser enviado a la persona que realizará el trámite para que lo presente al momento de la entrevista consular.
Original y copia de Acta de Nacimiento del menor, debidamente apostillada o legalizada, según sea el caso, y con su traducción al español en caso de encontrarse en un idioma diferente.
Original y copia de la Identificación vigente y válida de cada uno de los padres.
Carta responsiva firmada por quien se hará responsable de la solvencia económica del menor.
Presentar comprobantes de solvencia económica o arraigo de los padres, en el país.
Para cualquier duda o consulta, favor de escribir al siguiente correo electrónico.
Visas
Visa de Turismo y tránsito.
Requisitos
- Solicitar una cita a través del sitio MiConsulado. Si tiene problemas para agendar su cita, le recomendamos ver el siguiente videotutorial.
- Llenar el formulario de solicitud de visa, puede descargarlo aquí ES - EN (favor de imprimir en ambas caras - print both faces).
- Pasaporte válido y vigente, en original y copia de la página principal previamente firmado por el solicitante en donde aparece “Firma del Titular”.
- Original y copia del documento que acredite su legal estancia (cédula de residencia) o copia del último sello de ingreso (vigente) a Nicaragua si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa.
- Una fotografía tamaño mínimo de 3.2 x 2.6 cm y máximo de 3.9 x 3.1 cm, con el rostro visible, sin lentes, de frente, a color y con fondo blanco.
- Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
- Arraigo:
- Original y copia de escritura pública de bienes inmuebles debidamente registrados ante el registro público de la propiedad acompañada del certificado de negativa de bienes a nombre del solicitante con una antigüedad mínima de dos años y constancia de empleo estable con antigüedad mínima de dos años o
- Original y copia de escritura pública de bienes inmuebles debidamente registrados ante el registro público de la propiedad acompañada del certificado de negativa de bienes a nombre del solicitante con una antigüedad mínima de dos años nombre del solicitante con una antigüedad mínima de dos años y documento que acredite propiedad o participación en negocios expedido por las autoridades competentes con antigüedad mínima de dos años (constancia y matrícula de inscripción del negocio de los últimos tres años, cédula RUC, acta constitutiva, entre otros).
- Solvencia económica:
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de doscientos veinte días en UMA, aproximadamente $1100 Dls. EUA (Un mil cien dólares americanos). La constancia de empleo deberá indicar antigüedad, cargo y salario, acompañado del original y copia de las últimas tres colillas del INSS y/o historial de cotizaciones debidamente sellado por el INSS. En caso de no cotizar presentar además de la constancia de empleo, contrato de trabajo, comprobantes de pago y declaración de impuestos.
- Original y copia de comprobante de inversiones o movimientos de cuentas bancarias emitidos, sellados y firmados por la institución financiera, acompañado de una referencia bancaria, con saldo promedio mensual equivalente a seiscientos ochenta días en UMA, aproximadamente $4,000 Dls. EUA (Cuatro mil dólares americanos) demostrables durante los últimos tres meses.
- Arraigo:
- Acudir personalmente a la Sección Consular de la Embajada de México en Nicaragua (Km. 4 1/2, Carretera a Masaya, frente a Claro Altamira, Managua, Nicaragua).
- La visa es gratuita para nacionales de Nicaragua, El Salvador, Guatemala, Honduras, República Dominicana, Bolivia, Haití, Serbia y Sudáfrica. Para otras nacionalidades ver el apartado pago de derechos.
Otras consideraciones
- Se consideran dependientes económicos cónyuge, concubina o concubinario o familiares en primer grado (padres e hijos solteros menores de edad) para lo cual deberá acreditar el vínculo familiar mediante certificado de nacimiento, matrimonio o unión de hecho estable.
- Toda documentación que sea diferente a la emitida por autoridades nicaragüenses o mexicanas debe estar debidamente apostillada o legalizada, según sea el caso, y con su traducción al español en caso de encontrarse en un idioma diferente.
- Los padres pueden hacerse responsables de menores de edad o hijos menores de 25 años, si son estudiantes de tiempo completo en una institución de educación superior.
- El trámite es personal, tome en cuenta que la Sección Consular cuenta con un plazo de 10 días hábiles para resolver sobre la expedición de la visa.
- NO COMPRAR BOLETOS DE VIAJE Y/O RESERVAR ALOJAMIENTO ANTES DE OBTENER LA VISA, ya que lo anterior no influye de ninguna manera en el otorgamiento de la visa correspondiente.
- Será necesario agendar una cita por cada integrante de un grupo familiar.
- La Confirmación de Cita que genera el sistema «MiConsulado» deberá presentarse de forma impresa el día de su cita para ingresar a nuestras instalaciones. Favor asegurarse que al agendar la cita el nombre del solicitante sea idéntico al de su pasaporte, de lo contrario no será posible tomar la solicitud de visa.
- Se sugiere que antes de presentar su solicitud, revise que su documentación está completa para evitar inconvenientes.
- La visa es gratuita para los nacionales de Nicaragua. Deberá consultarse en caso de que el solicitante sea de otra nacionalidad.
- Se recomienda ampliamente no efectuar la compra de boletos y reservaciones de hotel antes de obtener la visa, no nos hacemos responsables de cambios de itinerarios o cancelaciones de viajes.
- La presentación de requisitos no prejuzga la expedición de la visa; la cual se autoriza en cumplimiento a los requisitos y con base en una entrevista consular satisfactoria. En algunos casos, la Sección Consular podrá solicitar documentos adicionales a los antes descritos.
- La documentación presentada para el trámite de visa, no se devolverá al solicitante, aunque su visa no sea aprobada.
- La presentación de documentación apócrifa automáticamente descalifica al solicitante y se le puede imponer una alerta migratoria hasta por cinco años.
- Se les recuerda que el ingreso y la temporalidad de estancia permitida en territorio mexicano será determinada por la autoridad migratoria en el punto de internación, independientemente de la vigencia de la visa otorgada y no podrá ser mayor a 180 días.
La autorización para ingresar al país y la temporalidad de la estancia permitida en territorio mexicano será determinada por la autoridad migratoria en el punto de internación.
Visa para Negocios y/o Capacitación.
Requisitos
- Solicitar una cita a través del sitio MiConsulado. Si tiene problemas para agendar su cita, le recomendamos ver el siguiente videotutorial.
- Llenar el formulario de solicitud de visa, puede descargarlo aquí ES - EN (favor de imprimir en ambas caras - print both faces).
- Pasaporte válido y vigente, en original y copia de la página principal previamente firmado por el solicitante en donde aparece “Firma del Titular”.
- Original y copia del documento que acredite su legal estancia (cédula de residencia). Si el solicitante no es nicaragüense, deberá presentar original y copia del documento que acredite su legal estancia en Nicaragua (cédula de residencia vigente y/o sello de entrada).
- Una fotografía tamaño mínimo de 3.2 x 2.6 cm y máximo de 3.9 x 3.1 cm, con el rostro visible, sin lentes, de frente, a color y con fondo blanco.
- Presentar los siguientes documentos:
- Original de la carta responsiva de una organización o de una institución pública o privada que invite a la persona extranjera a participar en algún evento o actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener los siguientes datos:
- Nombre completo del solicitante y nacionalidad
- Denominación o razón social de la organización;
- Número de registro oficial, según corresponda;
- Objeto de la organización o institución privada o pública;
- Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución;
- Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
- Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará;
- El compromiso de hacerse cargo de la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia, y
- Copia de identificación oficial con firma y fotografía de quien suscriba la carta responsiva.
- Comprobantes de inversión:
- La organización o institución privada que invita y asume los gastos presentará original y copia de comprobante de inversiones o movimientos de cuentas bancarias emitidos, sellados y rubricados por la institución financiera que los emite, acompañado de una referencia bancaria anual con saldo promedio mensual equivalente a $13,450.00 Dls. EUA (Trece mil Cuatrocientos Cincuenta dólares americanos), durante los últimos doce meses. IMPORTANTE: Las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, no requieren acreditar solvencia económica.Las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Mexicano, no requieren acreditar solvencia económica.
- Constancia de empleo:
- Original de la constancia de empleo que indique antigüedad, cargo y salario, con sello de la empresa y copia de la identificación del signatario, así como del original y copia de las últimas tres colillas del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS) y/o historial de cotizaciones debidamente sellado por este Instituto. En caso de no realizar cotizaciones a la seguridad social, es necesario presentar contrato de trabajo, comprobantes de pago y declaración de impuestos; asimismo, puede acompañarlo de original y copia de títulos, diplomas o reconocimientos para acreditar la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitado.
- Original de la carta responsiva de una organización o de una institución pública o privada que invite a la persona extranjera a participar en algún evento o actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener los siguientes datos:
- Presentar documentos con los que la persona solicitante acredite que cuenta con la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitada, en original y copia.
- Cubrir los derechos correspondientes en dólares estadounidenses, los cuales se pagan en la Oficina Consular, en efectivo, con el importe exacto en dólares estadounidenses. En el caso de que la solicitud de visa no sea autorizada, no/no procederá el reembolso del pago realizado.
Otras consideraciones
- El trámite es personal, tome en cuenta que la Sección Consular cuenta con un plazo de 10 días hábiles para resolver sobre la expedición de la visa.
- NO COMPRAR BOLETOS DE VIAJE Y/O RESERVAR ALOJAMIENTO ANTES DE OBTENER LA VISA; Se recomienda ampliamente no comprar los boletos de avión o autobús ni realizar reservaciones de hotel antes de obtener la visa. La Sección Consular no se hace responsable por cambios de itinerarios o cancelación de vuelos y/o viajes.
- La Confirmación de Cita que genera el sistema «MiConsulado» deberá presentarse de forma impresa el día de su entrevista para que se le permita el ingreso a nuestras instalaciones. Favor asegurarse que al agendar la cita el nombre del solicitante sea idéntico al de su pasaporte, de lo contrario no será posible tomar la solicitud de visa.
- El presente trámite es gratuito para los nacionales nicaragüenses. Deberá consultarse en caso de que el solicitante sea de otra nacionalidad.
- Se sugiere que antes de presentar su solicitud, revise y confirme que su documentación está completa para evitar inconvenientes.
- La presentación de requisitos no prejuzga la expedición de la visa; la cual se autoriza en cumplimiento a los requisitos y con base en una entrevista consular satisfactoria. En algunos casos, la Sección Consular podrá solicitar documentos adicionales a los antes descritos.
- La documentación presentada para el trámite de visa, no se devolverá al solicitante, aunque su visa no sea aprobada.
- La presentación de documentación apócrifa automáticamente descalifica al solicitante y se le puede imponer una alerta migratoria hasta por cinco años.
La autorización para ingresar al país y la temporalidad de la estancia permitida en territorio mexicano será determinada por la autoridad migratoria en el punto de internación.
Visa para residente temporal con permiso para trabajar en méxico con autorización del INM (visa de Trabajo)
Requisitos
- Solicitar cita: una vez tenga la autorización NUT, deberá solicitar una cita a través del sitio MiConsulado. Si tiene problemas para agendar su cita, le recomendamos ver el siguiente videotutorial.
- Pasaporte válido y vigente, en original y copia de la página principal previamente firmado por el solicitante en donde aparece “Firma del Titular”.
- Una fotografía reciente, con el rostro visible (sin anteojos, frente y orejas descubiertas), tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo 3.2 cm. de largo y 2.6 cm. de ancho, y como máximo, 3.9 cm de largo y 3.1 cm de ancho, a color, con fondo blanco y de frente.
- Si el solicitante no es nicaragüense, deberá presentar original y copia del documento que acredite su legal estancia en Nicaragua. (Cédula de residencia vigente y/o sello de entrada).
- Copia del oficio de autorización del Instituto Nacional de Migración (INM).
- Original y/o copia de la oferta de empleo.
- Copia de la identificación oficial del signatario de la carta de oferta de empleo.
- Original y copia de documentos que acrediten que el solicitante tiene la capacidad, conocimientos y experiencia para realizar las actividades para las cuales se le hace la oferta de empleo. En caso de presentar documentación de otro país, ésta deberá estar apostillada por la autoridad gubernamental correspondiente del país emisor, si éste es miembro de la Convención por la que se suprime el requisito de legalización de Documentos Públicos Extranjeros de 1961, o legalizados por la Oficina Consular mexicana correspondiente. Los documentos redactados en otros idiomas deberán presentarse traducidos al español por un traductor certificado.
- Cubrir los derechos correspondientes en dólares estadounidenses, los cuales se pagan en la Oficina Consular, en efectivo, con el importe exacto en dólares estadounidenses. En el caso de que la solicitud de visa no sea autorizada, no procederá el reembolso del pago realizado.
- Solicitar cita: una vez tenga la autorización NUT, deberá solicitar una cita a través del sitio MiConsulado. Si tiene problemas para agendar su cita, le recomendamos ver el siguiente videotutorial.
- Llenar el formulario de solicitud de visa, puede descargarlo aquí ES - EN (favor de imprimir en ambas caras - print both faces).
Otras consideraciones
- Deberá considerar que en la entrevista consular se le puede solicitar documentación que acredite experiencia y capacidades acordes al puesto a desempeñar tales como:
- Títulos Universitarios.
- Curriculum.
- Certificaciones de capacitación.
- Oferta laboral.
- La Sección Consular cuenta con un plazo de 10 días para resolver sobre la expedición de la visa.
- El trámite para la expedición del visado podrá ocurrir siempre y cuando la entrevista consular resulte satisfactoria y sus datos personales suministrados por su empleador ante el Instituto Nacional de Migración hayan sido colocados correctamente.La persona extranjera que obtenga Visa de Residencia Temporal deberá presentarse ante el Instituto Nacional de Migración para tramitar la Tarjeta de Residencia que acredite su legal estancia y le permita permanecer en territorio nacional de manera regular, dentro de los siguientes 30 días naturales contados a partir de su ingreso México.
Visa de Estudios
Requisitos
Requerirá esta visa si pretende viajar a México para realizar estudios en alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional por una temporalidad mayor a seis meses.
- Solicitar una cita a través del sitio MiConsulado. Si tiene problemas para agendar su cita, le recomendamos ver el siguiente videotutorial.
- Llenar el formulario de solicitud de visa, puede descargarlo aquí ES - EN (favor de imprimir en ambas caras - print both faces).
- Pasaporte válido y vigente, en original y copia de la página principal, previamente firmado por el solicitante en donde aparece “Firma del Titular”.
- Original y copia del documento que acredite su legal estancia (cédula de residencia) o copia del último sello de ingreso (vigente) a Nicaragua si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa. Si el solicitante no es nicaragüense, deberá presentar original y copia del documento que acredite su legal estancia en Nicaragua. (Cédula de residencia vigente y/o sello de entrada).
- Una fotografía reciente, con el rostro visible (sin anteojos, frente y orejas descubiertas), tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo 3.2 cm. de largo y 2.6 cm. de ancho, y como máximo, 3.9 cm de largo y 3.1 cm de ancho, a color, con fondo blanco y de frente.
- Original de carta de aceptación de alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional en la que pretende estudiar, en la que se especifique lo siguiente:
- Nombre completo y nacionalidad del solicitante;
- Nivel, grado y área de estudio que el solicitante pretenda realizar en México;
- Copia de la identificación oficial de la persona que firma la carta de aceptación;
- Nombre del curso en el que ha sido aceptado;
- Fecha de inicio y terminación del curso;
- Costo de la matrícula para el curso, y
- Datos de identificación de la institución educativa.
- Mencionar la temporalidad de los estudios, esta puede ser de menor a 180 días o de al menos 180 días.
- Demostrar solvencia económica para cubrir el monto de la matrícula, gastos de alojamiento y manutención durante su estancia en territorio nacional, acreditada mediante algunos de los siguientes supuestos:
- Para estudios cuya duración requiera de su permanencia en el país por un periodo menor a 180 días:
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo, pensión o beca con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente a $1100.00 Dls. EUA (mil cien dólares americanos), durante los últimos tres meses. La constancia de empleo deberá indicar antigüedad, cargo y salario, acompañado del original y copia de las últimas tres colillas del INSS y/o historial de cotizaciones debidamente sellado por el INSS. En caso de no cotizar presentar contrato de trabajo, comprobantes de pago y declaración de impuestos, u
- Original y copia de comprobante de inversiones o movimientos bancarias, acompañado de la referencia bancaria, con saldo promedio mensual equivalente a $4000.00 Dls. EUA (cuatro mil dólares americanos), durante los últimos tres meses, una beca, o documento de una institución bancaria o financiera que acredite que cuenta con el financiamiento, u
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a ciento cincuenta días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México durante los últimos tres meses, Dichos estados de cuenta deberán presentarse en original (con sello del banco emisor) si son de Nicaragua. Podrán ser impresos en línea únicamente en el caso de bancos mexicanos. Finalmente, si son de otro país distinto a México o Nicaragua, deberán ser debidamente notariados y apostillados,
- La solvencia podrá ser acreditada por el solicitante, por sus padres o por quien ejerza la patria potestad o la tutela, siempre que no sean mayores de veinticinco años, o con carta de la institución educativa que acredite que ha sido beneficiario de una beca o documento de una institución bancaria o financiera que acredite que cuenta con el financiamiento. Los padres o quien ejerza la patria potestad deben acompañar a sus comprobantes el acta/registro de nacimiento del estudiante (para comprobar el parentesco).
- Para estudios cuya duración requiera de su permanencia en el país por un periodo mayor a 180 días:
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo, pensión o beca con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente a $1100.00 Dls. EUA (mil cien dólares americanos), durante los últimos tres meses. La constancia de empleo deberá indicar antigüedad, cargo y salario, acompañado del original y copia de las últimas tres colillas del INSS y/o historial de cotizaciones debidamente sellado por el INSS.
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual mayor al equivalente a $13,850.00 Dls. EUA (trece mil ochocientos cincuenta dólares americanos), durante los últimos tres meses. Los movimientos bancarios deberán estar sellados y rubricados por la institución financiera que los emite y estar acompañados de una referencia bancaria.
- La solvencia podrá ser acreditada por el solicitante, por sus padres o por quien ejerza la patria potestad o la tutela, siempre que no sean mayores de veinticinco años, o con carta de la institución educativa que acredite que ha sido beneficiario de una beca o documento de una institución bancaria o financiera que acredite que cuenta con el financiamiento. Los padres o quien ejerza la patria potestad deben acompañar a sus comprobantes el acta/registro de nacimiento del estudiante (para comprobar el parentesco).
- Para estudios cuya duración requiera de su permanencia en el país por un periodo menor a 180 días:
- Acudir personalmente a la Sección Consular de la Embajada de México en Nicaragua (Km. 4 1/2, Carretera a Masaya, frente a Claro Altamira, Managua, Nicaragua).
- Cubrir los derechos correspondientes en dólares estadounidenses, pagaderos en monto exacto y billetes en buen estado.
- Si el solicitante es menor de dieciocho años:
- El menor deberá acudir acompañado por ambos padres para firmar la solicitud de visa ante el funcionario consular
- Si la patria potestad corresponde sólo a uno de los padres, otorgada por una sentencia
judicial, deberá presentar original y copia del documento oficial que así lo acredite. - Si uno de los padres se encuentra en el extranjero, podrá presentar poder notarial emitido por la Embajada o Consulado de México más cercano al país o ciudad donde resida, en el cual autorice expresamente a la madre o padre que acompañará al menor para realizar el trámite. El documento original deberá ser enviado a la persona que realizará el trámite para que lo presente al momento de la entrevista consular.
- Si la patria potestad corresponde sólo a uno de los padres, otorgada por una sentencia
- Original y copia de acta del Nacimiento del menor, debidamente apostillada o legalizada, según sea el caso, con su traducción al español en caso de encontrarse en un idioma diferente.
- Original y copia de la identificación vigente y válida de cada uno de los padres.
- Los padres deberán acreditar los supuestos de solvencia económica, antes descritos e incluir carta-compromiso de que asumirán el pago de todos los gastos que se generen durante la estancia de su hijo en México.
- El menor deberá acudir acompañado por ambos padres para firmar la solicitud de visa ante el funcionario consular
Tome en cuenta que la Sección Consular cuenta con un plazo de 10 días para resolver sobre la expedición de la visa.
Visa para Ministros de culto
Requisitos
- Solicitar cita: Deberá solicitar una cita a través del sitio MiConsulado. Si tiene problemas para agendar su cita, le recomendamos ver el siguiente videotutorial.
- Pasaporte válido y vigente, en original y copia de la página principal previamente firmado por el solicitante en donde aparece “Firma del Titular”.
- Una fotografía reciente, con el rostro visible (sin anteojos, frente y orejas descubiertas), tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo 3.2 cm. de largo y 2.6 cm. de ancho, y como máximo, 3.9 cm de largo y 3.1 cm de ancho, a color, con fondo blanco y de frente.
- Original y copia del documento que acredite su legal estancia (cédula de residencia) o copia del último sello de ingreso (vigente) a Nicaragua si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa. Si el solicitante no es nicaragüense, deberá presentar original y copia del documento que acredite su legal estancia en Nicaragua. (Cédula de residencia vigente y/o sello de entrada).
- Presentar los siguientes documentos:
- Carta de solicitud de visa en original de la Asociación Religiosa, local y extranjera, dirigida a la Embajada de México en Nicaragua, especificando lo siguiente:
- Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
- Denominación o razón social de la organización;
- Número de registro oficial, según corresponda;
- Objeto de la organización o institución privada o pública;
- Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución;
- Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
- Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará;
- El compromiso de hacerse cargo de la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia;
- Copia de identificación oficial con firma y fotografía de quien suscriba la carta responsiva.
- Comprobantes financieros; La organización religiosa que asume los gastos presentará original y copia de comprobante de inversiones o movimiento de cuentas bancarias, los cuales deberán estar sellados y rubricados por la institución financiera que los emite y estar acompañados de una referencia bancaria anual:
- con saldo promedio mensual equivalente a $ 13,450.00 Dls. EUA (Trece mil Cuatrocientos Cincuenta dólares americanos), durante los últimos doce meses, para visas con estancia menor a 180 días, o
- con saldo promedio mensual equivalente a $ 48,000.00 Dls. EUA (Cuarenta y Ocho mil dólares americanos), durante los últimos doce meses, para visas con estancia mayor a 180 días.
- NOTA IMPORTANTE: Se exenta del requisito de solvencia económica al presentar la Anuencia que otorga la Secretaría de Gobernación en México para internarse como extranjero en calidad de miembro de una Asociación Religiosa. El original del citado documento deberá presentarse al momento de realizar el trámite de visa.
- Carta de solicitud de visa en original de la Asociación Religiosa, local y extranjera, dirigida a la Embajada de México en Nicaragua, especificando lo siguiente:
Visa de Residencia Temporal
Requisitos
- Solicitar una cita a través del sitio MiConsulado. Si tiene problemas para agendar su cita, le recomendamos ver el siguiente videotutorial.
- Llenar el formulario de solicitud de visa, puede descargarlo aquí ES - EN (favor de imprimir en ambas caras - print both faces).
- Pasaporte válido y vigente en original y copia (de la primera y la última hoja).
- Original y copia del documento que acredite su legal estancia (cédula de residencia) o copia del último sello de ingreso (vigente) a Nicaragua si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa.
- Una fotografía tamaño mínimo de 3.2 x 2.6 cm y máximo de 3.9 x 3.1 cm, con el rostro visible, sin lentes, de frente, a color y con fondo blanco.
- Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
- Solvencia económica:
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a cinco mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, durante los últimos doce meses. Dichos estados de cuenta deberán presentarse en original (con sello del banco emisor) si son de Nicaragua. Podrán ser impresos en línea únicamente en el caso de bancos mexicanos. Finalmente, si son de otro país distinto a México o Nicaragua, deberán ser debidamente notariados y apostillados; o
- Constancia salarial en papel membretado de la empresa que demuestre que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de trescientos días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (antes conocida como Distrito Federal), durante los últimos seis meses, misma que deberá estar firmada y sellada por el responsable correspondiente y en donde se deberán indicar los datos personales y datos laborales. Adicionalmente, en el caso de constancia de empresa nicaragüense, deberá estar acompañada de las seis (seis) últimas ordenes patronales en original y copia (no se reciben constancias de contadores)
- Finalmente, si dicha constancia es de un país distinto a México o Nicaragua, deberá ser debidamente notariada y apostillada.
- Invitación de una organización o de una institución pública o privada:
- Original de la carta responsiva de una organización o de una institución pública o privada que invite a la persona extranjera a participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener los siguientes datos:
- Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
- Denominación o razón social de la organización;
- Número de registro oficial, según corresponda;
- Objeto de la organización o institución privada o pública;
- Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución;
- Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
- Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará;
- La manifestación de la responsabilidad solidaria para la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia, y
- Copia de identificación oficial con firma y fotografía de quien suscribe la carta responsiva.
A efecto de acreditar que cuenta con recursos para cumplir la obligación solidaria a que se refiere el inciso viii del numeral anterior, la organización o institución privada que invita presentará original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a diez mil días de salario mínimo vigente para el Distrito Federal, durante los últimos doce meses.
Las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, no requieren acreditar solvencia económica. - Los documentos con los que la persona extranjera acredite que cuenta con la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitado, en original y copia.
- En caso de que la institución que invita no cubra los gastos de manutención:
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a cinco mil días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (antes conocida como Distrito Federal), durante los últimos doce meses. Dichos estados de cuenta deberán presentarse en original (con sello del banco emisor) si son de Nicaragua. Podrán ser impresos en línea únicamente en el caso de bancos mexicanos. Finalmente, si son de otro país distinto a México o Nicaragua, deberán ser debidamente notariados o apostillados;
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión (constancia salarial o contrato laboral en papel membretado de la empresa o institución) con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de doscientos días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (antes conocida como Distrito Federal), durante los últimos seis meses, misma que deberá estar firmada y sellada por el responsable correspondiente y en donde se deberán indicar los datos personales y datos laborales.
- Original de la carta responsiva de una organización o de una institución pública o privada que invite a la persona extranjera a participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener los siguientes datos:
- Unidad familiar
- Vínculo con persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante:
- Si el solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia; o
Si el solicitante tiene hijo extranjero titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, acta de nacimiento del hijo, en original y copia; o
Si el solicitante tiene padre o madre extranjero titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o
Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:- Acta de nacimiento del solicitante, en original y copia, y
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia.
- Visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, válida y vigente en original y copia, y
- Acreditar solvencia económica para la manutención de cada uno de sus familiares durante su estancia en el país, con:
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a cien días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (antes conocida como Distrito Federal) durante los últimos doce meses. Dichos estados de cuenta deberán presentarse en original (con sello del banco emisor) si son de Nicaragua. Podrán ser impresos en línea únicamente en el caso de bancos mexicanos. Finalmente, si son de otro país distinto a México o Nicaragua, deberán ser debidamente notariados o apostillados; o
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión (constancia salarial o contrato laboral en papel membretado de la empresa o institución) con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de cien días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (antes conocida como Distrito Federal), durante los últimos seis meses.
- Si el solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia; o
- Matrimonio o concubinato con persona extranjera titular de visa de residente permanente:
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia;
- Visa de residente permanente, válida y vigente en original y copia, y
- Acreditar solvencia económica para la manutención de su cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente durante su estancia en el país, con:
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a cien días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (antes conocida como Distrito Federal) durante los últimos doce meses. Dichos estados de cuenta deberán presentarse en original (con sello del banco emisor) si son de Nicaragua. Podrán ser impresos en línea únicamente en el caso de bancos mexicanos. Finalmente, si son de otro país distinto a México o Nicaragua, deberán ser debidamente notariados o apostillados; o
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión (constancia salarial o contrato laboral en papel membretado de la empresa o institución) con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de cien días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (antes conocida como Distrito Federal), durante los últimos seis meses.
- Vínculo con persona extranjera que cuente con la condición de estancia de residente temporal o de residente temporal estudiante:
- Si el solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia; o
Si el solicitante tiene padre o madre extranjero con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o
Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente de una persona extranjera con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
Si el solicitante tiene hijo extranjero con la condición de estancia de residente temporal o de residente temporal estudiante, acta de nacimiento del hijo, en original y copia; o- Acta de nacimiento del solicitante, en original y copia, y
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia.
- Tarjeta de residente temporal o de residente temporal estudiante, válida y vigente en original y copia, y
- En el caso de que el solicitante tenga vínculo con extranjero que cuente con la condición de estancia de residente temporal estudiante:
- Carta o constancia emitida por la institución educativa en la que conste que el extranjero con la condición de estancia de residente temporal estudiante continúa con sus estudios.
- Si el solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia; o
- Matrimonio, concubinato o figura equivalente con persona extranjera que cuente con la condición de estancia de residente permanente:
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original y copia, y
- Tarjeta de residente permanente, válida y vigente, en original y copia.
- Matrimonio, concubinato o figura equivalente con mexicano:
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original y copia, y
- Pasaporte mexicano válido y vigente de la persona mexicana con la que tiene el vínculo familiar, en original y copia.
- Vínculo con persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante:
- Bienes inmuebles en territorio nacional:
- Original y copia de Escritura Pública otorgada ante Fedatario Público que acredite que la persona extranjera es titular de bienes inmuebles, con un valor que exceda de cuarenta mil días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (antes conocida como Distrito Federal).
- Inversionista
- Escritura o póliza de la persona moral mexicana otorgada ante Fedatario Público, o documento debidamente certificado por el órgano de administración o funcionario competente de éste, en el que conste que la persona extranjera participa en el capital social de dicha persona moral mexicana, y que el monto de la inversión efectivamente erogado para la participación de la persona extranjera en la persona moral mexicana exceda de veinte mil días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (antes conocida como Distrito Federal), lo cual podrá acreditarse, enunciativa mas no limitativamente, mediante contrato de compraventa de acciones o partes sociales, contrato de transmisión de bienes o derechos en favor de la persona moral mexicana o documento expedido por esta última que acredite el monto aportado por concepto de la participación en el capital social, en original y copia; y
- Documento que acredite la propiedad o titularidad de bienes muebles o activos fijos en favor de la persona moral extranjera, utilizados para fines económicos o empresariales, con un valor que exceda de veinte mil días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (antes conocida como Distrito Federal), en original y copia; o
- Documentación que acredite el desarrollo de las actividades económicas o empresariales en territorio nacional, lo cual podrá acreditarse, enunciativa mas no limitativamente, con contratos, órdenes de servicio, facturas, recibos, planes de negocio, licencias o permisos, o constancia expedida por el Instituto Mexicano del Seguridad Social que acredite que la persona moral extranjera es empleador de al menos tres trabajadores, en original y copia.
- Solvencia económica:
- Acudir personalmente a la Sección Consular de la Embajada de México en Nicaragua (Km. 4 1/2, Carretera a Masaya, frente a Claro Altamira, Managua, Nicaragua).
Importante
Las personas solicitantes de visa para residencia temporal por unidad familiar deberán presentarse a la entrevista consular en compañía de la persona con la que tienen el vínculo familiar.
El trámite es personal, tome en cuenta que la Sección Consular cuenta con un plazo de 10 días hábiles para resolver sobre la expedición de la visa.
En esta página se proporciona información general, para información más detallada se le sugiere consultar los LINEAMIENTOS Generales para la expedición de visas que emiten las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores.
Cubrir los derechos correspondientes en dólares estadounidenses, pagaderos en monto exacto y billetes en buen estado.
Visa de Residente Permanente
Requisitos
- Solicitar una cita a través del sitio MiConsulado. Si tiene problemas para agendar su cita, le recomendamos ver el siguiente videotutorial.
- Llenar el formulario de solicitud de visa, puede descargarlo aquí ES - EN (favor de imprimir en ambas caras - print both faces).
- Pasaporte válido y vigente en original y copia (de la primera y la última hoja).
- Original y copia del documento que acredite su legal estancia (cédula de residencia) o copia del último sello de ingreso (vigente) a Nicaragua si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa.
- Una fotografía tamaño mínimo de 3.2 x 2.6 cm y máximo de 3.9 x 3.1 cm, con el rostro visible, sin lentes, de frente, a color y con fondo blanco.
- Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
- Jubilados o pensionados:
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, durante los últimos doce meses, o
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de quinientos días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México, durante los últimos seis meses.
- Unidad familiar:
- Vínculo con mexicano:
- Si el solicitante tiene hijo mexicano, acta de nacimiento mexicana del hijo mexicano, en original y copia; o
Si el solicitante tiene padre o madre mexicano, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no tenga derecho a la nacionalidad mexicana y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o
Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubina o concubinario de un mexicano, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
- Acta de nacimiento del solicitante, en original y copia, y
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente con el mexicano, de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original y copia; o
- Pasaporte válido y vigente de la persona mexicana con la que tiene el vínculo familiar.
- Si el solicitante tiene hijo mexicano, acta de nacimiento mexicana del hijo mexicano, en original y copia; o
- Vínculo con persona extranjera titular de visa de residente permanente:
- Si el solicitante tiene hijo extranjero titular de visa de residente permanente, acta de nacimiento del hijo, en original y copia; o
Si el solicitante tiene padre o madre extranjera titular de visa de residente permanente, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o
Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente de un extranjero titular de visa de residente permanente:
- Acta de nacimiento del solicitante, en original y copia, y
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente con la persona extranjera titular de visa de residente permanente, de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original y copia; o
- Visa de residente permanente, válida y vigente en original y copia, y
- Acreditar solvencia económica para la manutención de cada uno de sus familiares durante su estancia en el país, con:
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, durante los últimos doce meses; o
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, durante los últimos seis meses.
- Si el solicitante tiene hijo extranjero titular de visa de residente permanente, acta de nacimiento del hijo, en original y copia; o
- Vínculo con persona extranjera que cuente con la condición de estancia de residente permanente:
- Si el solicitante tiene hijo extranjero con la condición de estancia de residente permanente, acta de nacimiento del hijo, en original y copia; o
Si el solicitante tiene padre o madre extranjero con la condición de estancia de residente permanente, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o
Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubina o concubinario o figura equivalente de un extranjero con la condición de estancia de residente permanente:
- Acta de nacimiento del solicitante, en original y copia, y
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente con la persona extranjera con la condición de estancia de residente permanente, de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original y copia; o
- Tarjeta de residente permanente, válida y vigente en original y copia
- Si el solicitante tiene hijo extranjero con la condición de estancia de residente permanente, acta de nacimiento del hijo, en original y copia; o
- Vínculo con mexicano:
- Jubilados o pensionados:
- Acudir personalmente a la Sección Consular de la Embajada de México en Nicaragua (Km. 4 1/2, Carretera a Masaya, frente a Claro Altamira, Managua, Nicaragua).
- Cubrir los derechos correspondientes en dólares estadounidenses, pagaderos en monto exacto y billetes en buen estado.
Importante
Las personas solicitantes de visa para residencia temporal por unidad familiar deberán presentarse a la entrevista consular en compañía de la persona con la que tienen el vínculo familiar.
El trámite es personal, tome en cuenta que la Sección Consular cuenta con un plazo de 10 días hábiles para resolver sobre la expedición de la visa.
En esta página se proporciona información general, para información más detallada se le sugiere consultar los LINEAMIENTOS Generales para la expedición de visas que emiten las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores.
Cubrir los derechos correspondientes en dólares estadounidenses, pagaderos en monto exacto y billetes en buen estado.
Expedición de visa por robo, extravío o destrucción de tarjeta migratoria
Requisitos
- Pasaporte o documento de identidad y viaje, válido conforme al derecho internacional y vigente, en original y copia;
- Una fotografía tamaño mínimo de 3.2 x 2.6 cm y máximo de 3.9 x 3.1 cm, con el rostro visible, sin lentes, de frente, a color y con fondo blanco;
- Original y copia de acta levantada ante la autoridad competente del lugar en el que ocurrió el robo, extravío o destrucción de la tarjeta que acredita su condición de estancia;
- Original de la tarjeta que acredita su condición de estancia, en caso de destrucción parcial;
- Copia de la tarjeta que acredita su condición de estancia, en caso de robo o extravío, y.
- Pago de derechos por la expedición de visa de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Derechos.
- Detalles
Pasaporte mexicano
Todos los trámites y servicios que ofrece la Sección Consular son de carácter individual y personal, exclusivamente para el solicitante (la persona interesada). NO se realizan trámites a través de gestores o intermediarios.
Si es nacional mexicano y desea tramitar su pasaporte en la Sección Consular de esta Embajada, deberá agendar una cita a través del sistema MiConsulado.
Asimismo, el día que le corresponda presentarse a las oficinas consulares, deberá llevar consigo su confirmación de cita y la documentación requerida completa, a fin de evitar el inconveniente de agendar nuevamente.
En caso de no poder agendar su cita, se podrá presentar sin ella, en horario de 9:30 a.m. a 11:30 a.m., pero habrá un recargo del 30% adicional al costo del pasaporte, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.
Visa Consultada para extranjeros
Visa Consultada para extranjeros
Se informa a las mexicanas y los mexicanos que, a partir del 16 de febrero de 2026, será obligatorio contar con una visa consultada para ingresar a Nicaragua, de acuerdo con las normativas migratorias vigentes.
El proceso para cumplir con esta nueva disposición debe realizarse enviando una solicitud a este correo electrónico. Este correo está vinculado a la página oficial del Ministerio del Interior de Nicaragua, donde también se encuentra disponible el formulario de Solicitud para el trámite de Ingreso y Egreso al país .
La visa, que no tendrá costo alguno, será emitida a través de las Embajadas o Consulados de Nicaragua en el extranjero. Asimismo, a partir del 21 de febrero de 2026, se podrá realizar este trámite en línea mediante la plataforma digital del Ministerio del Interior, disponible en el siguiente enlace.
Por Primera Vez
Para tramitar un pasaporte mexicano por primera vez a personas menores de edad, los padres o quien o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán:
- Solicitar una cita para “pasaporte” por el sistema MiConsulado y comparecer personalmente en la Embajada con su hijo o hija el día de su cita:
- Si uno de los padres radica en algún otro país o en México, será indispensable que acuda a una de las Embajadas, Consulados o Delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio a tramitar un permiso a distancia para expedición de pasaporte llamado OP-7. El tramite de permiso OP-7 es gratuito, y deberá realizarse dentro de los 90 días naturales posteriores a la manifestación de este permiso (para mayores informes favor de dirigir su consulta a correo electrónico.
- Presentar en original y copia, el acta de nacimiento de su hijo o hija (el acta original permanece en la sección consular).
- Los padres o quien(es) ejerzan la patria potestad o tutela deberán acreditar su identidad con cualquiera de los siguientes documentos vigentes en original y copia, cuyos datos (incluyendo nombre y nacionalidad) deberán coincidir plenamente con la información asentada en el acta de nacimiento de su hijo o hija:
- Pasaporte o documento nacional de identidad.
- Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral.
- Certificado de Matrícula consular de alta seguridad.
- Cédula Profesional.
- Título Profesional.
- Carta de pasante expedida por Institución educativa acreditada ante la Secretaría de Educación Pública.
- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.
- Carta de naturalización.
- Cédula de Identidad Ciudadana.
- Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente.
- Licencia de conducir mexicana.
- Certificados de primaria o secundaria expedidos por la Secretaría de Educación Pública.
- Acreditar la identidad de su hijo o hija con cualquiera de los siguientes documentos oficiales original y copia vigentes:
- Cédula de residencia.
- Certificado escolar de educación primaria, secundaria, bachillerato o su equivalente mexicano o extranjero.
- Constancia del grado de estudios que cursa o credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico, otorgados por institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública de México o por el Ministerio de Educación del país o Estado en el que se encuentre la oficina consular.
- Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o de seguridad social mexicana o extranjera, misma que deberá contener las características que, para tal efecto, establezca la propia institución.
- Carta de Naturalización mexicana.
- Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad.
- Para menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas se podrá presentar una constancia del médico familiar, quien atendió el parto o del pediatra en hoja membretada que contenga número de la cédula profesional, nombre completo del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del niño o niña con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente agregando copia simple y legible de su cédula profesional
- Para personas entre 7 y 18 años, constancia de estudios con fotografía actual pegada y cancelada con sello oficial de la institución, en hoja membretada, que incluya el nombre del menor tal como aparece en el acta de nacimiento, así como especificación acerca de la antigüedad como alumno de la institución y nombre los padres.
- Realizar el pago de derechos. El pago se realiza en efectivo con el monto exacto.
Para tramitar un pasaporte mexicano por primera vez, la persona solicitante deberá:
- Solicitar una cita para “pasaporte” por el sistema MiConsulado y comparecer personalmente en la Embajada el día de su cita.
- Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación de uno de los siguientes documentos en original y copia:
- Acta de nacimiento expedida por cualquier oficina del registro civil mexicano, cuyo registro se haya efectuado durante los primeros tres años en que tuvo lugar el nacimiento del solicitante; en caso contrario, será considerada como acta extemporánea, por lo que la persona interesada tendrá que presentar, además, alguno de los documentos complementarios que Usted puede consultar en este vínculo: pruebas complementarias para actas extemporáneas
- Acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares.
- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.
- Carta de naturalización. En caso de tener la nacionalidad mexicana por naturalización es importante que usted acredite fehacientemente haber estado en territorio mexicano al menos en el lapso de los últimos cinco años, con un sello legible en su pasaporte mexicano. De lo contrario, no se podrá realizar el trámite de pasaporte.
- Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad.
- Acreditar su identidad, presentando alguno de los siguientes documentos con fotografía en original y copia:
- Credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral o Instituto Federal Electoral.
- Certificado de Matrícula consular de alta seguridad.
- Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional.
- Cédula Profesional.
- Título Profesional.
- Carta de pasante expedida por Institución educativa acreditada ante la Secretaría de Educación Pública.
- Certificado de primaria o secundaria expedidas por la Secretaría de Educación Pública
- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.
- Carta de naturalización.
- Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente.
- Licencia de conducir mexicana.
- Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aun cuando el sello no cancele la fotografía; y
- Credencial para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aun cuando el sello no cancele la fotografía;
- Cédula de Identidad Ciudadana.
- Realizar el pago de derechos. El pago se realiza en efectivo con el monto exacto.
NOTA: El nombre que se incluye en el documento de identidad debe ser idéntico al del documento que acredita su nacionalidad; en caso contrario, la persona interesada deberá presentar otro(s) documento(s) que pruebe(n) o de los que se desprenda que es la misma persona.
Para más información sobre pasaportes, puede consultar:
SRE-01-020-G. Pasaporte ordinario de 6 años para menores de edad.
SRE-01-020-H. Pasaporte ordinario de 3 años para menores de edad.
SRE-01-020-I. Pasaporte ordinario de 1 año para menores de edad.
Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MiConsulado o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.
Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor
Renovación
Para la renovación de pasaporte ordinario a personas menores de edad, los padres o quien o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán:
- Solicitar una cita para “pasaporte” por el sistema MiConsulado y comparecer personalmente en la Embajada con su hijo o hija el día de su cita:
- Si uno de los padres radica en algún otro país o en México, será indispensable que acuda a una de las Embajadas, Consulados o Delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio a tramitar un permiso a distancia para expedición de pasaporte llamado OP-7. El tramite de permiso OP-7 es gratuito, y deberá realizarse dentro de los 90 días naturales posteriores a la manifestación de este permiso (para mayores informes favor de dirigir su consulta a correo electrónico.
- Presentar el acta de nacimiento de su hijo o hija en original y copia.
- Presentar el pasaporte a renovar.
- Copia de la primera y última hoja del pasaporte a renovar.
- Los padres o quien(es) ejerzan la patria potestad o tutela deberán acreditar su identidad con cualquiera de los siguientes documentos vigentes en original y copia, cuyos datos (incluyendo nombre y nacionalidad) deberán coincidir plenamente con la información asentada en el acta de nacimiento de su hijo o hija:
- Pasaporte o documento nacional de identidad.
- Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral.
- Certificado de Matrícula consular de alta seguridad.
- Cédula Profesional.
- Título Profesional.
- Carta de pasante expedida por Institución educativa acreditada ante la Secretaría de Educación Pública.
- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.
- Carta de naturalización.
- Cédula de Identidad Ciudadana.
- Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente.
- Licencia de conducir mexicana.
- Certificados de primaria o secundaria expedidos por la Secretaría de Educación Pública.
- Acreditar la identidad de su hijo o hija. Si el pasaporte a renovar está vigente, siempre y cuando no haya variación en los datos personales, no se observen alteraciones en el documento y exista coincidencia de rasgos físicos del interesado con la imagen del documento, no se requerirá identificación adicional. En caso de que el pasaporte no cumpla con estas especificaciones, se deberá presentar otra identificación en original y copia:
- Cédula de residencia.
- Certificado escolar de educación primaria, secundaria, bachillerato o su equivalente mexicano o extranjero con fotografía.
- Constancia del grado de estudios que cursa o credencial escolar vigente con fotografía, a partir de la educación de tipo básico, otorgados por institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública de México o por el Ministerio de Educación del país o Estado en el que se encuentre la oficina consular.
- Credencial con fotografía de servicios médicos de una institución pública de salud o de seguridad social mexicana o extranjera, misma que deberá contener las características que, para tal efecto, establezca la propia institución.
- Carta de Naturalización mexicana.
- Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad.
- Para menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas se podrá presentar una constancia del médico familiar, quien atendió el parto o del pediatra en hoja membretada que contenga número de la cédula profesional, nombre completo del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del niño o niña con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente agregando copia simple y legible de su cédula profesional
- Para personas entre 7 y 18 años, constancia de estudios con fotografía actual pegada y cancelada con sello oficial de la institución, en hoja membretada, que incluya el nombre del menor tal como aparece en el acta de nacimiento, así como especificación acerca de la antigüedad como alumno de la institución y nombre los padres.
- Realizar el pago de derechos. El pago se realiza en efectivo con el monto exacto.
Para renovar un pasaporte mexicano, la persona solicitante deberá:
- Solicitar una cita para “pasaporte” por el sistema MiConsulado y comparecer personalmente en la Embajada el día de su cita.
- Presentar el pasaporte que se desea renovar, siempre y cuando sea un pasaporte tipo G o bien, tipo E con vigencia mayor a tres años y expedido antes del 1 de enero de 2016, que no presente modificaciones, mutilaciones o alteraciones.
- En el caso de mujeres casadas en cuyo pasaporte figure el apellido de casada, deberá presentarse además copia certificada de su acta de matrimonio.
- En el caso de nacionales mexicanos por naturalización, se deberá presentar además el original de la Carta de Naturalización y acreditar fehacientemente haber estado en territorio mexicano al menos en el lapso de los últimos cinco años, con un sello legible en su pasaporte mexicano. De lo contrario, no se podrá realizar el trámite de pasaporte.
- Copia de la primera y última hoja del pasaporte a renovar.
- Realizar el pago de derechos. El pago se realiza en efectivo con el monto exacto
NOTA: El nombre que se incluye en el documento de identidad debe ser idéntico al del documento que acredita su nacionalidad; en caso contrario, la persona interesada deberá presentar otro(s) documento(s) que pruebe(n) o de los que se desprenda que es la misma persona.
Para más información sobre pasaportes, puede consultar:
SRE-01-020-G. Pasaporte ordinario de 6 años para menores de edad.
SRE-01-020-H. Pasaporte ordinario de 3 años para menores de edad.
SRE-01-020-I. Pasaporte ordinario de 1 año para menores de edad.
Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MiConsulado o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.
Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor
- Detalles
Credencial para votar

La Embajada de México en Nicaragua informa que, a través de su Sección Consular, los ciudadanos mexicanos pueden tramitar su credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE); organismo público autónomo encargado de organizar las elecciones federales en México.
Si eres mexicano, te interesa participar en el proceso electoral de 2024 y tienes domicilio en Nicaragua, es importante que sepas que a partir del 20 de octubre de 2023 y hasta el próximo 25 de febrero de 2024, puedes presentarte SIN CITA en nuestra Sección Consular, de lunes a viernes, entre las 8:00 y las 12:00 horas, para solicitar o renovar tu INE.
Requisitos:
- Identificación oficial vigente con fotografía, en original y copia (puede ser pasaporte, matrícula consular, licencia de conducir, etc.) y,
- Comprobante de domicilio de Nicaragua en original y copia (puede ser un recibo de teléfono, luz, banco, escuela u otros servicios públicos o privados). Si bien no es necesario que esté a nombre del titular se debe tener en cuenta que una vez aprobada la expedición de la credencial para votar, ésta será enviada por paquetería por el propio INE al domicilio indicado por el interesado.
- Acta de nacimiento mexicana en original y copia .
- Acudir personalmente a la Sección Consular de la Embajada de México en Nicaragua (Km. 4 1/2, Carretera a Masaya, frente a Claro Altamira, Managua, Nicaragua).
El tramite es personal y gratuito. Para mayor información sobre los requisitos, consulte aquí. La credencial para votar desde el extranjero (CPVE) tendrá una vigencia de 10 años.
Puede verificar el estatus de su trámite en el Sistema de Consulta o llamando a INETEL por cobrar al +52 (55) 5481 9897.
Importante: le recordamos que el INE es un organismo autónomo, por lo que la Embajada de México en Nicaragua no está facultado para dar seguimiento al trámite de credenciales para votar, ni tiene injerencia en la recepción o envío de las mismas.
