Si te encuentras en Marruecos, Mali, Senegal, Guinea Bissau o Costa de Marfil y tienes un caso de extravío o de robo de pasaporte, la embajada tiene habilitado un teléfono de emergencias para mexicanos y mexicanas exclusivamente: (+212) 610-213-000 Al llamar se te solicita proporcionar tu nombre completo, número de pasaporte extraviado o robado, ubicación (hotel, hospital o centro de detención), descripción general de tu situación y teléfono donde puedas ser localizado.

 

En caso de robo o extravío de tu pasaporte, deberás acudir a la estación de policía más cercana a levantar el acta de robo o extravío de pasaporte. Si en tu pasaporte contabas con visados estampados, se recomienda que se reporten en el acta de extravío o robo de pasaporte.

Si la pérdida o extravío ocurrió en día inhábil o fuera de horario de oficina (lunes a viernes de 9:00 a 17:30), en la embajada se te atenderá en el día hábil más próximo.

Deberás acudir a la embajada presentando el acta de robo o extravío de pasaporte, comprobar nacionalidad mexicana e identidad, así como realizar el pago de derechos correspondiente a la expedición del pasaporte de emergencia.

Para que se pueda realizar un trámite de pasaporte de emergencia (libreta tipo E) en la embajada deberás comprobar que tenías programada una salida de Marruecos en fechas próximas, cuyo plazo de viaje es menor al requerido para la impresión y envío de un pasaporte ordinario (libreta tipo G) desde México. En caso de no caer bajo este supuesto, se procederá a realizar un trámite de pasaporte ordinario (libreta tipo G).

Es altamente recomendable contar con recursos económicos suficientes, a fin de sufragar posibles gastos por cambio de fechas en tu boleto de avión, cambio de ruta -en caso de requerir visado a terceros países-, alimentación y estancias adicionales no contempladas derivadas de esta situación.

 

 

Toda la información que se proporcione se encuentra protegida por la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y demás normatividad aplicable.

 

 

 

NOTA ACLARATORIA

 

Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MEXITEL o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.

Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.

Se le invita a visitar los siguientes sitios en internet del Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS), de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER)

 

  • Pasaporte ordinario expedido en el exterior para mayores de sesenta años de edad y a personas con discapacidad comprobada, con vigencia de diez años (aplica descuento del 50%) SRE-01-020-K 

  • Pasaporte ordinario expedido en el exterior para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada, con vigencia de seis años (aplica descuento del 50%) SRE-01-020-D

  • Pasaporte ordinario expedido en el exterior para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada, con vigencia de tres años (aplica descuento del 50%) SRE-01-020-E

  • Pasaporte ordinario expedido en el exterior para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada, con vigencia de un año (aplica descuento del 50%) SRE-01-020-F

  • Pasaporte ordinario expedido en el exterior para mayores de edad, con vigencia de diez años SRE-01-020-J

  • Pasaporte ordinario expedido en el exterior para mayores de edad, con vigencia de seis años SRE-01-020-A

  • Pasaporte ordinario expedido en el exterior para mayores de edad, con vigencia de tres años SRE-01-020-B

  • Pasaporte ordinario expedido en el exterior para mayores de edad, con vigencia de un año SRE-01-020-C

  • Pasaporte ordinario expedido en el exterior para menores de edad, con vigencia de seis años SRE-01-020-G

  • Pasaporte ordinario expedido en el exterior para menores de edad, con vigencia de tres años SRE-01-020-H

  • Pasaporte ordinario expedido en el exterior para menores de edad, con vigencia de un año SRE-01-020-I