La embajada no cubre los costos derivados de gastos funerarios o repatriaciones de restos de personas mexicanas a México. La embajada te puede apoyar con la expedición del acta de defunción (previo pago de derechos),  el trámite de visado a certificados de embalsamamiento (sin costo) y el visado para trámite de tránsito de restos (sin costo).

Se aconseja contratar un seguro de viaje que cubra gastos funerarios o repatriaciones.

 

 

 

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