Presentar los siguientes documentos: 

  • Copia certificada de acta de nacimiento mexicana o copia de pasaporte ordinario mexicano vigente o copia de credencial de elector o cedula profesional;
  • Recibo de pago de luz o agua o teléfono en Malasia a nombre del interesado;
  • Constancia laboral de la empresa en Malasia; 
  • Lista en español e inglés de menaje de casa firmada por el solicitante. La lista debe contener una descripción detallada de los bienes que la integran, así como cantidad. En el caso de artículos eléctricos, se debe indicar marca, modelo, y número de serie.
  • La lista de menaje de casa no comprenderá mercancía que el interesado haya tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales; 
  • Indicar el domicilio donde establecerá su residencia en México. Presentar copia de recibo de pago de luz, agua, teléfono, internet etc. 

El interesado tiene que presentar cuatro copias originales de todos los documentos.

Cartilla Militar

 

Los mexicanos en edad militar (18 a 40 años de edad) residentes en el extranjero, acudirán a la oficina consular que les corresponda, del 2 de enero al 31 de diciembre de cada año, para alistarse y/o reclutarse, recibir la Cartilla de identidad del SMN y estar en condiciones de cumplir en disponibilidad en el año correspondiente.

En el exterior, la fase de alistamiento es simultánea a la de reclutamiento, ya que en el mismo acto los solicitantes dejan su cartilla de identidad para que se libere

Requisitos para la expedición de la cartilla en disponibilidad

  • Acudir personalmente a la oficina consular;
  • Presentar copia certificada (original) del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil o por las oficinas consulares con una copia fotostática;

Presentar original y copia del comprobante de domicilio en el extranjero por medio de alguno de los siguientes documentos:

  • Recibo de agua, energía eléctrica, cable;
  • Talón de pago o nómina a nombre del solicitante;
  • Estado de cuenta bancario, a nombre del solicitante;
  • Licencia de conducir de la CIRCUNSCRIPCIÓN;
  • Identificación del Departamento de Vehículos de la CIRCUNSCRIPCIÓN;
  • Comprobante de recepción de giro o de transferencia de dinero;
  • Declaración de impuestos ante la agencia recaudadora (IRS);
  • Correspondencia oficial dirigida al domicilio del interesado;
  • Sobre de correspondencia personal recibida con sello postal;
  • Correspondencia comercial dirigida al domicilio del interesado;
  • Contrato original de renta, a nombre del solicitante o
  • Comprobante de domicilio de familiar directo, comprobándose el nexo familiar a través de actas de nacimiento o matrimonio.

Presentar una identificación oficial con fotografía con una copia.

  • Credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral.
  • Certificado de primaria o de secundaria expedido por la SEP.
  • Certificado de preparatoria.
  • Título profesional o cédula profesional.
  • Pasaporte Mexicano
  • Licencia de conducir mexicana con medidas de “alta seguridad”, a reserva de ser verificada en el Consulado.
  • Licencia de conducir de la CIRCUNSCRIPCIÓN.
  • Credencial con foto del IMSS, ISSSTE, ISSFAM o INAPAM.

 Llenar la solicitud para trámite.

Nota: Para la toma de la fotografía el interesado deberá presentarse, en su caso, sin barba, con el bigote recortado a la altura del labio superior, sin patillas, sin aretes u otros objetos colocados en el rostro mediante perforaciones; y con camisa blanca o de color claro.


OTROS SERVICIOS

 

 Otros servicios.

 

 

 

 

 Credencial para votar en el extranjero

 

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CONSIDERACIONES SOBRE LA CREDENCIAL PARA VOTAR DESDE EL EXTRANJERO:

  • El trámite es gratuito.
  • La credencial para votar desde el extranjero es un documento que servirá a los mexicanos que quieran votar desde el extranjero, de tal forma que al momento de que el INE reciba su solicitud de credencial, su nombre será separado del Padrón Electoral para ser parte de la Lista Nominal de Electores Residentes en el extranjero, por lo que, si al momento de celebrarse una votación usted se encuentra en México, no podrá ejercer su derecho al voto.
  • La Sección Consular de la Embajada funciona únicamente como ventanilla de inscripción del trámite de la credencial para votar desde el extranjero. En este sentido, la Embajada está facultada exclusivamente para recibir la documentación correspondiente y dar entrada en sistema a la solicitud de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero que deseen obtener su credencial para votar desde el extranjero.
  • La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del INE será, en todo momento, la autoridad competente para procesar la solicitud de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero, así como producir, distribuir y entregar la credencial para votar a sus solicitantes en el exterior.
  • El sistema que opera la Sección Consular de la Embajada emitirá un comprobante del trámite de solicitud de inscripción para la credencialización en el extranjero. Dicho comprobante contiene un folio con el que el interesado podrá dar seguimiento a su trámite directamente con el INE. Los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero podrán consultar el estatus de su trámite en el sitio web www.ine.mexque al efecto creó el INE.

Documentos requeridos: 

Para comprobar la nacionalidad mexicana, puede presentarse alguno de los siguientes documentos:

  1. Copia certificada de acta de nacimiento mexicana expedida por el registro civil en México o por una oficina consular de México (original, no fotocopia);
  2. Si la persona solicitante nació en el extranjero, deberá presentar además copia certificada del acta de nacimiento mexicana de uno de los padres con el fin de determinar el Estado donde votarán;
  3. Para el caso de naturalizados mexicanos, deberán presentar carta de naturalización mexicana o declaratoria de naturalización de mujer extranjera casada con mexicano. 

Puede presentarse cualquiera de las siguientes identificaciones con fotografía:

  1. Pasaporte mexicano vigente (de preferencia);
  2. Credencial del IFE o INE. Las credenciales para votar que tengan como último recuadro para el marcaje del año de la elección federal el “03”, “09” y “12” puedan ser utilizadas por los ciudadanos mexicanos en territorio extranjero hasta la instrumentación de la credencialización en el extranjero;
  3. Cartilla del SMN liberada;
  4. Licencia de conducir mexicana con medidas de alta seguridad, vigente o vencida;
  5. Cédula profesional con fotografía;
  6. En caso de que el solicitante no cuente con alguno de los documentos con fotografía anteriores, favor de consular a la Sección Consular previo a la cita.

 Como comprobante de domicilio, puede mostrar alguno de los siguientes documentos en original  (el nombre podrá ser diferente al de la persona que realiza el trámite):

  1. Recibo de servicios;
  2. Recibo de teléfono;
  3. Estado de cuenta bancario;     

   *** La credencial para votar será enviada al domicilio del solicitante según lo compruebe.

 


Poderes Notariales

 

Poder Notarial para personas físicas.

Original y copia de cualquiera de las siguientes identificaciones oficiales con fotografía y firma:

  • Pasaporte;
  • Certificado de Matricula Consular;
  • Cartilla del Servicio Militar;
  • Licencia de conducir; o
  • Credencial de elector

Proporcionar los datos generales del mandante y del poderdante:

  • Nombre y apellidos paterno y materno;
  • Fecha y lugar de nacimiento; nacionalidad;
  • Estado civil;
  • Copia de identificación oficial del mandante;
  • Acta de matrimonio o Acta de concubinato,
  • Indicar el régimen patrimonial (sociedad conyugal o separación de bienes);
  • Ocupación;
  • Domicilio actual, números exterior e interior, nombre de la calle; la población o ciudad; el estado; y el país.
  • Proporcionar información relativa al objeto del poder, es decir, el fin para el que se utilizará el documento como compra o venta de un inmueble, realización de trámites ante un tribunal, juzgado o autoridad administrativa, retirar dinero de una cuenta bancaria, adquirir un crédito hipotecario, entre otros. 

En caso de que el poderdante esté casado por sociedad conyugal y decida otorgar un poder que incluya actos de dominio, será necesario que acuda su cónyuge a la Embajada para firmar el poder.