Pueden solicitar su registro como mexicanos:

  • Los hijos de mexicanos nacidos en el exterior, siempre y cuando alguno de los padres haya nacido en territorio nacional.

REQUISITOS

  • Presentar copia certificada del acta de nacimiento local  de la persona que se va a registrar. En caso de que el acta no sea emitida por las autoridades libanesas, deberá estar legalizada o apostillada y traducida al español.
  • Presentar original o copia certificada del comprobante de nacionalidad mexicana de uno o ambos padres.
  • Presentar identificaciones de los padres (Identificación oficial o pasaporte vigente con fotografía y firma del titular, cuyos datos deberán coincidir fielmente con sus nombres asentados en el acta de nacimiento de la persona a registrar).
  • Presentar acta de matrimonio de los padres, traducida al español en caso de estar en algún idioma diferente.

PROCEDIMIENTO

  • Deberá enviar la documentación escaneada a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • La Sección Consular revisará los documentos y asignará una cita para el registro, a la cual deberá comparecer tanto el registrado como ambos padres y los testigos.
  • El día de la cita deberá presentarse toda la documentación en original y copia.
  • El registro de nacimiento es gratuito y una vez concluido se entrega un comprobante y una copia certificada del acta de nacimiento. En caso de requerir copias certificadas adicionales se deberá cubrir el pago de derechos ($14.00 dólares estadounidenses por cada acta).

INFORMACIÓN IMPORTANTE

  • El día de la cita es indispensable la presencia física en la Embajada de todas las personas involucradas en el registro (padres y persona que será registrada).
  • Los documentos quedan sujetos a revisión y aceptación. Deberán encontrarse en buenas condiciones, ser legibles, no estar mutilados o rotos, sin tachaduras ni enmendaduras y en ciertos casos podrán solicitarse documentos adicionales.
  • La conformación del nombre de la persona registrada tendrá que sujetarse a legislación mexicana, y se asentará de la siguiente forma en el acta:
    • Nombre (s)+apellido paterno del padre + apellido paterno de la madre
    • Cuando los interesados no acepten este precepto jurídico y deseen conservar la composición y el orden del nombre de conformidad con el acta local, se recomienda la inserción del acta de nacimiento extranjera en alguna de las Oficinas del Registro Civil en territorio nacional. Se sugiere contactar directamente a la oficina del registro civil donde pretenda efectuar la inserción del acta de nacimiento extranjera para informarse del procedimiento y los requisitos.

 

Constancia de Antecedentes No Penales

 

La expedición de las Constancias de Antecedentes No Penales federal se realiza exclusivamente ante el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS), dependiente de la Comisión Nacional de Seguridad, ubicado en Calzada de Tlalpan número 2962, Col. Espartaco, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, C. P. 04870.

 

Si te encuentras fuera de México, el trámite debe iniciarse ante la Embajada de México, a fin de obtener una carta (sin costo) para solicitar la expedición la Constancia de No Antecedentes Penales en territorio nacional. El solicitante debe igualmente designar a una persona en México para que realice el trámite a nombre del interesado, a través de una carta poder simple que se presentará en el consulado.

 

Los requisitos para expedir la carta por parte de la Embajada son:

  •  Presentarse peronalmente en la sección consular (previa cita)
  • Completar el Formato de solicitud de datos
  • Copia de identificación oficial vigente
  • Presentar la carta poder simple que utilizará la persona que realizará a nombre del interesado el trámite en México, la cual deberá contener la firma e identificación oficial de 2 testigos. El personal del Consulado no está autorizado para fungir como testigo. (Puedes descargar el formato aquí

 

Constancia de Datos Registrales (CDR)

 

La Sección Consular de la Embajada coadyuva para el trámite de obtención de la Constancia de Datos Registrales (CDR) expedida por la Procuraduría General de la República (PGR), únicamente otorgando una carta (sin costo) dirigida a dicha institución para solicitar la emisión de la CDR, toda vez que tal carta es un requisito establecido por esa Dependencia. El documento final se tramita y obtiene directamente en México. Puedes consultar la lista completa de requisitos por parte de la PGR en el siguiente enlace.

 

Los requisitos para expedir la carta para iniciar el trámite en la Embajada son:

 

  • Presentarse personalmente en la sección consular (previa cita)

  • Completar el formato de solicitud de datos

  • Completar los datos de la ficha de filiación (la toma de huellas dactilares se realiza en la Embajada)

  • Copia de identificación oficial vigente

  • 4 fotos recientes a color, tamaño pasaporte, dos de frente y dos de perfil derecho (fondo blanco, sin maquillaje, sin lentes, sin aretes, sin barba, sin bigote, con cabeza, frente y orejas descubiertos)

  • Copia de la cartilla militar liberada o, en su caso, constancia de aplazamiento de la incorporación al activo (para varones mexicanos)

  • Presentar la carta poder simple que utilizará la persona que realizará a nombre del interesado el trámite en México, la cual deberá contener la firma e identificación oficial de 2 testigos. El personal del Consulado no está autorizado para fungir como testigo.

  • Copia de la identificación de la persona que realizará el trámite a su nombre en México

 

Para cualquier información adicional, la PGR pone a su disposición los siguientes datos de contacto: 01800 00 85 400 o 5346 0000, extensiones 8430, 8428 y 8427 en el Distrito Federal o al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 


 

Es importante señalar que los requisitos para tramitar una CDR y CANP, puede variar de los descritos anteriormente en el caso de solicitantes extranjeros que hayan residido en México. Para el caso de consulta de extranjeros, se les solicitará verificar los requisito actualizados en las respectivas páginas web https://www.gob.mx/cntse-rfts/ficha/tecnica/PGR-08-001 y http://www.cns.gob.mx/portalWebApp/wlp.c?__c=807.

 

Se debe considerar que una vez que se cuente con la Constancia de Antecedentes No Penales o Constancia de Datos Registrales, se requiere su legalización en México para que tenga validez jurídica en Líbano.

 

 

La difusión cultural tiene como misión fortalecer la imagen de México y procurar un mayor entendimiento de nuestro país a través de la cultura y las artes, por medio de la promoción y la cooperación cultural y la creación de espacios de encuentro que permitan la interacción entre los creadores y promotores culturales de ambos países. 

Favor de dirigir sus dudas o preguntas relativas a asuntos culturales a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 

 

Si te encuentras en una situación de emergencia en Líbano o Siria, comunícate al teléfono de emergencia de la embajada, que está disponible las 24 horas.

Teléfono de emergencias:

Marcación local: 0304 4598
Marcación internacional: +9610 304 4598

Dirección:

Villa Achkar #6, Sabil Street, Dik El Mehdi, Metn, Lebanon.

Tels. +961 04 9273 56 y +961 04 9273 54

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  

Solicitudes consulares: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 

Ubicación (link a Google Maps)