Una de las maneras de terminar un poder es la revocación. 

Requisitos: 

  1. Llenar solicitud (descarga)
  2. Pasaporte vigente del revocante o, en su defecto, identificación oficial vigente con fotografía, tal como la credencial para votar (INE) o la cartilla del servicio militar.
  3. Original o copia del testimonio de la escritura pública a revocar.
  4. Pagar los derechos consulares en efectivo personalmente en la sección consular el día de su cita.

Una vez que reúna la documentación completa, remitir copias fotostáticas a la Sección Consular por correo electrónico en archivo digitalizado (formato PDF) a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Acto seguido se le contactará para fijar fecha y hora para la firma de la Escritura, momento que se deberán presentar todos los documentos originales.

En el caso de poderes otorgados por personas físicas, únicamente el mandante o poderdante es el que puede revocar el poder. En el caso de personas morales, se deberá acreditar la existencia legal de la empresa y la personalidad jurídica del representante.