Una de las maneras de terminar un poder es la revocación.
Requisitos:
- Llenar solicitud (descarga)
- Pasaporte vigente del revocante o, en su defecto, identificación oficial vigente con fotografía, tal como la credencial para votar (INE) o la cartilla del servicio militar.
- Original o copia del testimonio de la escritura pública a revocar.
- Pagar los derechos consulares en efectivo personalmente en la sección consular el día de su cita.
Una vez que reúna la documentación completa, remitir copias fotostáticas a la Sección Consular por correo electrónico en archivo digitalizado (formato PDF) a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Acto seguido se le contactará para fijar fecha y hora para la firma de la Escritura, momento que se deberán presentar todos los documentos originales.
En el caso de poderes otorgados por personas físicas, únicamente el mandante o poderdante es el que puede revocar el poder. En el caso de personas morales, se deberá acreditar la existencia legal de la empresa y la personalidad jurídica del representante.