Debido a la estricta política migratoria que aplica Irlanda a los visitantes extranjeros de conformidad con su marco legal vigente (Immigration Act), se hacen las siguientes recomendaciones a los mexicanos que deseen viajar a este país:

A su arribo al área de migración del aeropuerto llevar con ustedes los siguientes documentos:

  •  Pasaporte con vigencia mínima de seis meses posteriores a la fecha programada de salida del país y de la Unión Europea que indique el boleto de avión.
  • Boleto de viaje REDONDO. Se recomienda adquirir los boletos con una sola compañía o grupo aéreo. Se les recuerda que en caso de negarse el ingreso al país, el pasajero permanecerá detenido en tanto se hacen los arreglos para que pueda ser regresado al lugar donde se originó su viaje. La aerolínea que lo trasladó a Irlanda es la responsable de retornarlo a su último punto de partida, por lo que se sugiere verificar las políticas de la aerolínea con la cual adquirirán sus boletos acerca de los costos adicionales que el pasajero deberá asumir en esos casos.  
  • Comprobantes de ingresos que muestren fondos suficientes para su manutención durante su estancia en Irlanda (mínimo 70 euros por día por persona para turistas).
  • En el caso de estudiantes, deben poseer comprobantes de que mantienen una cuenta bancaria con antigüedad de por lo menos seis meses y con saldo de al menos 3 mil euros o su equivalente en dólares. También deben probar estar inscritos en una escuela reconocida en la ILEP (Intermin List of Eligible Programs), que la autoridad irlandesa publica.
  • Comprobante de reserva y pago de lugar de hospedaje. Es importante tener presente que por el momento en Irlanda, y particularmente en Dublín, es difícil conseguir alojamiento a precio razonable. La renta de una cama en habitación compartida puede oscilar entre 300 y 600 euros mensuales, más cargos por concepto de servicios. Se recomienda tener cuidado y no realizar pagos anticipados sin haber establecido contacto directo con la persona autorizada para la renta de la habitación.

 

Entre las razones más frecuentes para que se niegue la entrada a Irlanda se encuentran las siguientes:

  • No comprobar la existencia de recursos económicos suficientes para su estancia.

  • Tener la intención de obtener un empleo sin contar con el permiso debido. Actividades de voluntariado, sin sueldo, son también consideradas como trabajo que requieren la visa correspondiente.

  • No poseer un boleto de avión de viaje redondo.

  • Contar con antecedentes penales en algún país.

  • Ser adicto a alguna droga.

  • Tener alguna enfermedad contagiosa, tuberculosis, sífilis o sufrir de alguna enfermedad mental.

  • Haber violado disposiciones migratorias de algún país de la Unión Europea.

  • Presentar documentos o información falsos.

  • Mentir a la autoridad migratoria.

  • Que el oficial asuma que el visitante es un peligro para la salud pública, el orden público, la seguridad nacional o las relaciones internacionales.  

Por otra parte, como se mencionó, es facultad exclusiva de las autoridades de la Unión Europea conceder o negar el ingreso a su territorio durante la entrevista migratoria que se realiza en el puerto de entrada y determinar la temporalidad autorizada de estancia. A fin de normar su criterio, la autoridad puede solicitar al interesado acceder a sus cuentas de redes sociales personales o celular. De ahí que se recomienda proporcionar siempre información real y verificable.