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EN MÉXICO TODOS TIENEN EL DERECHO AL MATRIMONIO

El pasado 3 de junio, la Suprema Corte de Justicia emitió una resolución histórica: es discriminatorio limitar el matrimonio a las preferencias sexuales de quienes puedan acceder a él. En consecuencia, será inconstitucional la ley de cualquier entidad que restrinja el matrimonio a las parejas homosexuales. La Suprema Corte resolvió que “Considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social. Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales (…). Al respecto cabe recordar que está prohibida cualquier norma discriminatoria basada en la orientación sexual de la persona”.