Visa de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas

 

Aplicable a personas extranjeras que pretendan internarse a México en la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, por un periodo de hasta 180 días.

Requisitos:

I. Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional y vigente, en original;
II. Original del documento que acredite su legal estancia, si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa, y
III. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
      a) Arraigo.
      b) Solvencia económica.
      c) Invitación de una organización o institución pública o privada.
      d) La persona chofer u operadora de transporte de carga y que pretenda ingresar al territorio nacional con el único objeto de cargar o descargar mercancías.
      e) Causa humanitaria.
      f) Investigación científica o recolección de muestras en territorio nacional o aguas jurisdiccionales del país, previa obtención de las autorizaciones de las autoridades nacionales competentes            en aguas de jurisdicción territorial.
      g) Estudios.
      h) Participación en un evento auspiciado o patrocinado por la Administración Pública Federal, así como por los órganos constitucionales autónomos por una temporalidad máxima a 180 días.

 

Pago de derechos:

Por la recepción, solicitud, y en su caso, autorización de la visa 54.00 USD

 

Solicitud de Cita:

Una vez que reúna los requisitos necesarios para solicitar su visa, deberá agendar una cita a través del portal “MiConsulado” https://www.miconsulado.sre.gob.mx/ o https://www.miconsulado.sre.gob.mx/citas-consulares.
Sitio en donde los solicitantes deberán seleccionar el trámite requerido y solicitar su cita, en la Embajada o Consulado de México donde se presentará.

 

Información importante: Contar con una visa no garantiza el ingreso a territorio nacional. Sólo permite que la persona extranjera se presente en el punto de entrada para solicitar su ingreso al país.
El ingreso o internación a México está condicionada a la aprobación de las autoridades sanitarias y migratorias en los puntos de entrada al país, conocidos como filtros migratorios, quienes podrán en todo momento, realizar una entrevista acerca del motivo de su viaje y verificar los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables (artículo 37 de la Ley de Migración y 60 de su Reglamento).