Visa de Residencia Temporal

Requisitos:

 

  1. Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional y vigente, en original y copia;
  2. Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros, con fondo blanco y de frente;
  3. Original y copia del documento que acredite su legal estancia, si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa, y
  4. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
  • Solvencia económica:
      1. Original o documento electrónico con certificado digital verificable de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a once mil cuatrocientos sesenta días en UMA, durante los últimos doce meses; o
      2. Original de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de seiscientos ochenta días en UMA así como estados de cuenta bancarios originales de los últimos seis meses.
  • Investigación científica en aguas jurisdiccionales de México:
      1. Copia de la comunicación mediante la cual la representación diplomática en México del país del cual sean nacionales o residentes le notifique a la persona extranjera que la SRE recibió las autorizaciones de las autoridades nacionales competentes, si se trata de personas extranjeras que deseen ingresar para participar en proyectos de investigación científica y/o de recolección de muestras en el territorio nacional o en aguas jurisdiccionales de México. La comunicación deberá contener la siguiente información:
        1. Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
        2. Denominación o razón social de la organización o la institución pública o privada que invita a la persona extranjera;
        3. Información sobre la actividad que realizará o del proyecto en el que participará la persona extranjera, y
        4. Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará.
  • Invitación de una organización o de una institución pública o privada.
      1. Original de la carta responsiva de una organización o de una institución pública o privada que invite a la persona extranjera a participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener los siguientes datos:
        1. Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
        2. Denominación o razón social de la organización;
        3. Número de registro oficial, según corresponda;
        4. Objeto de la organización o institución privada o pública;
        5. Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución;
        6. Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
        7. Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará;
        8. La manifestación de la responsabilidad solidaria para la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia, y
        9. Copia de identificación oficial con firma y fotografía de quien suscribe la carta responsiva.
      2. A efecto de acreditar que cuenta con recursos para cumplir la obligación solidaria a que se refiere el inciso viii del numeral anterior, la organización o institución privada que invita presentará original y copia o documento electrónico con certificado digital verificable de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a veintidós mil novecientos veinte días en UMA, durante los últimos doce meses.

Las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, no requieren acreditar solvencia económica.

  1. Los documentos con los que la persona extranjera acredite que cuenta con la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitado, en original y copia.
      1. En caso de que la institución que invita no cubra los gastos de manutención:
        1. Original o documento electrónico con certificado digital verificable de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a once mil cuatrocientos sesenta días en UMA, durante los últimos doce meses, o
        2. Original de los documentos que demuestren que el solicitante de visa cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de cuatrocientos cincuenta días en UMA, durante los últimos seis meses.
  • Al amparo de un instrumento jurídico internacional de movilidad de personas.
      1. Escrito libre mediante el cual el postulante presenta su candidatura a la Oficina Consular, en el que indique al amparo de qué instrumento solicita visa, en original.
      2. Cumplir con cada uno de los requisitos dispuestos en el instrumento jurídico internacional de movilidad correspondiente, establecidos por las autoridades migratorias, con base en la normatividad vigente.
  • Unidad Familiar
      1. Vínculo con persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante:
        1. Si la persona solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original; o

Si la persona solicitante tiene hijo extranjero titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, acta de nacimiento del hijo, en original; o

Si la persona solicitante tiene padre o madre extranjero titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original; o

Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:

          • Acta de nacimiento de la persona solicitante, en original, y
          • Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original;
        1. Visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, válida y vigente en original y copia, y
        2. Acreditar solvencia económica para la manutención de cada uno de sus familiares durante su estancia en el país, con:
          • Original o documento electrónico con certificado digital verificable de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a doscientos veinte días en UMA, durante los últimos doce meses; o
          • Original de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de doscientos veinte días en UMA, y estados de cuenta bancarios originales de los últimos seis meses.
      1. Matrimonio o concubinato con persona extranjera titular de visa de residente permanente:
        1. Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia;
        2. Visa de residente permanente, válida y vigente en original y copia, y
        3. Acreditar solvencia económica para la manutención de su cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente durante su estancia en el país, con:
          • Original o documento electrónico con certificado digital comprobable de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a doscientos veinte días en UMA, durante los últimos doce meses, o
          • Original de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de doscientos veinte días en UMA y estados de cuenta originales de los últimos seis meses.
      2. Vínculo con persona extranjera que cuente con la condición de estancia de residente temporal o de residente temporal estudiante:
        1. Si la persona solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia; o

Si la persona solicitante tiene hijo extranjero con la condición de estancia de residente temporal o de residente temporal estudiante, acta de nacimiento del hijo, en original y copia; o

Si la persona solicitante tiene padre o madre extranjero con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o

Si la persona solicitante es hijo del cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente de una persona extranjera con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:

          • Acta de nacimiento del solicitante, en original y copia, y
          • Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia.
        1. Tarjeta de residente temporal o de residente temporal estudiante, válida y vigente en original y copia, y
        2. En el caso de que el solicitante tenga vínculo con extranjero que cuente con la condición de estancia de residente temporal estudiante.
          • Carta o constancia emitida por la institución educativa en la que conste que el extranjero con la condición de estancia de residente temporal estudiante continúa con sus estudios.
      1. Matrimonio, concubinato o figura equivalente con persona extranjera que cuente con la condición de estancia de residente permanente:
        1. Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original y copia, y
        2. Tarjeta de residente permanente, válida y vigente, en original y copia.
      2. Matrimonio, concubinato o figura equivalente con mexicano:
        1. Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original y copia; y
        2. Documento probatorio de la nacionalidad mexicana, de conformidad con el Artículo 3 de la Ley de Nacionalidad, en original y copia.
  • Bienes inmuebles en territorio nacional:

Original y copia de Escritura Pública otorgada ante Fedatario Público que acredite que la persona extranjera es titular de bienes inmuebles, con un valor que exceda de cuarenta mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

  • Inversionista:
    1. Escritura o póliza de la persona moral mexicana otorgada ante Fedatario Público, o documento debidamente certificado por el órgano de administración o funcionario competente de éste, en el que conste que la persona extranjera participa en el capital social de dicha persona moral mexicana, y que el monto de la inversión efectivamente erogado para la participación de la persona extranjera en la persona moral mexicana exceda de cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta días en UMA, lo cual podrá acreditarse, enunciativa mas no limitativamente, mediante contrato de compraventa de acciones o partes sociales, contrato de transmisión de bienes o derechos en favor de la persona moral mexicana o documento expedido por esta última que acredite el monto aportado por concepto de la participación en el capital social, en original; y
    2. Documento que acredite la propiedad o titularidad de bienes muebles o activos fijos en favor de la persona moral extranjera, utilizados para fines económicos o empresariales, con un valor que exceda de cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta días en UMA, en original; o
    3. Documentación que acredite el desarrollo de las actividades económicas o empresariales en territorio nacional, lo cual podrá acreditarse, enunciativa mas no limitativamente, con contratos, órdenes de servicio, facturas, recibos, planes de negocio, licencias o permisos, o constancia expedida por el Instituto Mexicano del Seguridad Social que acredite que la persona moral extranjera es empleadora de al menos tres trabajadores, en original, y
  • Pago de derechos por la expedición de visa de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Derechos.

Solicitud de Cita:

Una vez que reúna los requisitos necesarios para solicitar su visa, deberá agendar una cita a través del portal “MiConsulado”, sitio en donde los solicitantes deberán seleccionar el trámite requerido y solicitar su cita, en la Embajada o Consulado de México donde se presentará.  

Información importante: Contar con una visa no garantiza el ingreso a territorio nacional. Sólo permite que la persona extranjera se presente en el punto de entrada para solicitar su ingreso al país.

El ingreso o internación a México está condicionada a la aprobación de las autoridades sanitarias y migratorias en los puntos de entrada al país, conocidos como filtros migratorios, quienes podrán en todo momento, realizar una entrevista acerca del motivo de su viaje y verificar los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables (artículo 37 de la Ley de Migración y 60 de su Reglamento).

Sistema de citas MiConsulado


ADVERTENCIA:

ESTIMADO USUARIO, AL MOMENTO DE REALIZAR SU CITA CONSULAR, ES OBLIGATORIO CAPTURAR LOS DATOS PERSONALES EXACTAMENTE COMO APARECEN EN SU PASAPORTE, CON EL FIN DE QUE EL SISTEMA REGISTRE CORRECTAMENTE SU CITA CONSULAR.

NO HACERLO DE ESTA MANERA, TENDRÁ EL RIESGO DE QUE SU CITA CONSULAR NO SEA ACEPTADA POR NO ESTAR VALIDADOS LOS DATOS CORRECTAMENTE.