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Visa de Residencia Temporal

Aplicable a personas extranjeras que pretendan internarse a México en la condición de estancia de residente temporal con el objeto de permanecer por un tiempo mayor a 180 días y no mayor que 4 años.

Este tipo de visa le permite al extranjero trabajar en nuestro país, siempre y cuando salario que perciba sea pagado en el extranjero.

En caso de contar con una oferta de empleo en México y recibir su salario en territorio nacional, la empresa o persona física deberá gestionar, de manera previa, directamente ante el Instituto Nacional de Migración la autorización para la expedición de visa del extranjero.

Requisitos:

  1. Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional y vigente, en original;
  2. Original del documento que acredite su legal estancia, si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa, y
  3. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
    1. Solvencia económica.
    2. Investigación científica en aguas jurisdiccionales de México.
    3. Invitación de una organización o de una institución pública o privada.
    4. Al amparo de un instrumento jurídico internacional de movilidad de personas.
    5. Unidad Familiar.
    6. Bienes inmuebles en territorio nacional.
    7. Inversionista

NOTA: En cualquier caso, la persona extranjera deberá tramitar dentro de los siguientes 30 días naturales contados a partir de su ingreso al territorio nacional, la tarjeta de residencia que acredite su estancia legal y le permita permanecer en territorio nacional.

Solicitud de Cita:

Una vez que reúna los requisitos necesarios para solicitar su visa, deberá agendar una cita a través del portal “MiConsulado”, sitio en donde los solicitantes deberán seleccionar el trámite requerido y solicitar su cita, en la Embajada o Consulado de México donde se presentará.  

Información importante: Contar con una visa no garantiza el ingreso a territorio nacional. Sólo permite que la persona extranjera se presente en el punto de entrada para solicitar su ingreso al país.

El ingreso o internación a México está condicionada a la aprobación de las autoridades sanitarias y migratorias en los puntos de entrada al país, conocidos como filtros migratorios, quienes podrán en todo momento, realizar una entrevista acerca del motivo de su viaje y verificar los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables (artículo 37 de la Ley de Migración y 60 de su Reglamento).