En el desafortunado y sensible caso si un mexicano falleciera en Ghana o países concurrentes (Gambia, Liberia y Sierra Leona) y se deseen trasladar los restos a México, es necesario obtener un visado ante la Sección Consular de la Embajada.
Requisitos para el traslado de restos:
- Copia certificada del acta de defunción expedida por autoridades ghanesas, la cual deberá ser legalizada por la Embajada (ver trámite de legalización de documentos).
A su vez se deberá realizar el registro de la defunción en la Embajada de México en Ghana.
- Certificado de embalsamamiento con su traducción al español.
- Certificado de tránsito internacional de cadáver o autorización de salida.
- Copia de pasaporte o documento que pruebe la nacionalidad mexicana del difunto.
- Los restos deberán ser embalsamados de acuerdo con las normas y reglamentos de Ghana y depositarse en un ataúd metálico debidamente sellado, el cual deberá transportarse en un contenedor.
- Nombre y dirección de la casa funeraria que recibirá el cadáver en México, así como destino final de los restos (nombre y dirección de entierro)
Requisitos para el traslado de cenizas:
- Copia certificada del acta de defunción expedida por las autoridades ghanesas, el cual deberá ser legalizado por la Embajada (ver trámite de legalización de documentos).
- Certificado de embalsamamiento.
- Certificado de tránsito internacional de cadáver o autorización de salida.
- Las cenizas deberán ser transportadas en una urna sellada, que a su vez se debe depositar en una caja rígida.
Nota: Todos los documentos deben ser traducidos al idioma español.