En el desafortunado y sensible caso si un mexicano falleciera en Ghana o países concurrentes (Gambia, Liberia y Sierra Leona) y se deseen trasladar los restos a México, es necesario obtener un visado ante la Sección Consular de la Embajada.

Requisitos para el traslado de restos:

  1. Copia certificada del acta de defunción expedida por autoridades ghanesas, la cual deberá ser legalizada por la Embajada (ver trámite de legalización de documentos).

A su vez se deberá realizar el registro de la defunción en la Embajada de México en Ghana.

  1. Certificado de embalsamamiento con su traducción al español.
  2. Certificado de tránsito internacional de cadáver o autorización de salida.
  3. Copia de pasaporte o documento que pruebe la nacionalidad mexicana del difunto.
  4. Los restos deberán ser embalsamados de acuerdo con las normas y reglamentos de Ghana y depositarse en un ataúd metálico debidamente sellado, el cual deberá transportarse en un contenedor.      
  5. Nombre y dirección de la casa funeraria que recibirá el cadáver en México, así como destino final de los restos (nombre y dirección de entierro)

 

Requisitos para el traslado de cenizas:

  1. Copia certificada del acta de defunción expedida por las autoridades ghanesas, el cual deberá ser legalizado por la Embajada (ver trámite de legalización de documentos).
  2. Certificado de embalsamamiento.
  3. Certificado de tránsito internacional de cadáver o autorización de salida.
  4. Las cenizas deberán ser transportadas en una urna sellada, que a su vez se debe depositar en una caja rígida.

Nota: Todos los documentos deben ser traducidos al idioma español.