Son mexicanos por nacimiento y por lo tanto pueden obtener su registro ante la Sección Consular de la Embajada las personas nacidas en el extranjero siempre y cuando al menos uno de los padres tenga la nacionalidad mexicana y haya nacido en México.

Requisitos:

  1. Descargar el formulario de solicitud de registro de nacimiento.
  2. Comparecencia del registrado, ambos padres y dos testigos ante la Sección Consular de la Embajada y llenar la solicitud.
  3. Presentar original y dos copias fotostáticas de los siguientes documentos:
    1. Comprobante de la nacionalidad mexicana de uno o ambos padres.
    2. Identificación oficial de ambos padres.
    3. Acta de nacimiento del registrado, emitida por la autoridad competente de Ghana, debidamente legalizada.
    4. Certificado de alumbramiento del hospital.
    5. Copia de CURP (Clave Única de Registro de Población) de ambos padres o de aquel que fuere mexicano.
    6. Identificación oficial de los testigos con fotografía y firma.
    7. Si alguno de los padres hubiere fallecido, original y copia del acta de defunción.   
    8. Original y copia del acta de matrimonio de los padres. Si no están casados: original y copia de las actas de nacimiento de cada uno de ellos.  

 

Procedimiento para solicitar una cita:

Debe enviar copia digital en formato PDF de cada uno de los documentos señalados en los requisitos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..  Una vez recibidos satisfactoriamente, se le contactará para acordar una cita para realizar el trámite, fecha en la que deberá entregar toda la documentación original, ya que sin ella no es posible realizar el registro de nacimiento.

Ese día tendrán que presentarse el padre, la madre, el menor y los testigos, todos con sus identificaciones originales vigentes. Si el registrado es mayor de edad, podrá acudir sin la presencia de los padres. De no haber inconveniente, en esa fecha se expide el registro de nacimiento como mexicano.

Una vez realizado el acto de registro civil, se podrá solicitar copia certificada del acta,  previo pago del derecho consular en efectivo en la Sección Consular: (Ver tarifas consulares).

 

Notas: 

  • El registro es gratuito.
  • Las copias certificadas se solicitan por separado, previo pago de derechos correspondiente (Ver tarifas consulares).
  • Este registro surte efectos inmediatos en México y no requiere ninguna certificación ulterior.

 

Importante: Si usted es una persona mayor de edad nacida en Ghana o en el extranjero y alguno de sus padres es mexicano, puede solicitar su registro de nacimiento como mexicano cumpliendo con los requisitos arriba señalados. Adicionalmente, debe presentar dos copias de una de sus identificaciones oficiales vigente (pasaporte), así como original y copia del acta de nacimiento del padre/madre mexicano/a.

  • La información contenida en todos y cada uno de los documentos presentados debe coincidir plenamente, las fotocopias deberán ser legibles, completas.
  • El registro de nacimiento en una oficina consular mexicana se fundamenta en los artículos 43, inciso IV, 44, fracción III, 84 de su Reglamento, el Código Civil Federal y las disposiciones emitidas por la Secretaría de Relaciones Exteriores.
  • En algunos países, sus legislaciones prevén que en el acta de nacimiento se intercambien los apellidos paternos del padre y la madre De conformidad con el artículo 58 del Código Civil Federal y disposiciones consulares, en una oficina consular mexicana, en el acta de nacimiento se asienta el nombre (s), seguido de los apellidos paternos del padre y de la madre. Por ello, el acta de nacimiento extranjera será considerada como prueba de nacimiento y base para el registro, pero no deberá ser transcrita.  
  • Cuando los interesados no acepten los preceptos jurídicos mexicanos al registrar a su hijo y deseen hacerlo conforme al derecho extranjero del acta local, es decir, conservando el orden de los apellidos originalmente asentados, se recomienda la inserción del acta de nacimiento extranjera en alguna de las Oficinas del Registro Civil en territorio nacional. De ser así, tome en cuenta que la copia certificada del acta de nacimiento extranjera debe estar legalizada o apostillada para que sea aceptada por la oficina de registro civil además de cumplir con otros requisitos.  Asimismo, se sugiere contacte directamente a la oficina del registro civil donde pretenda efectuar la inserción del acta de nacimiento extranjera para informarse del procedimiento y los requisitos aplicables.