Descripción de este trámite

Dar constancia, registrar y expedir acta de matrimonio de una pareja de personas mexicanas en España.

¿A quién está dirigido?

Pareja de personas mexicanas residentes en España que desean celebrar y registrar su matrimonio en la Embajada.

Solo se puede celebrar el matrimonio cuando ambas personas tienen nacionalidad mexicana.

Requisitos

1. Presentar el formato de solicitud debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click en este enlace.

2. Original y copia de certificado suscrito por médico legalmente establecido en España en el que se haga constar, bajo protesta de decir verdad, que ninguna de las personas contrayentes padece de sífilis, tuberculosis u otras enfermedades que sean transmisibles o hereditarias.

3. Original y copia de las actas de nacimiento de cada una de las personas contrayentes. 

4. Original y dos copias del pasaporte vigente de cada uno de los contrayentes.

5. Original y dos copias de las identificaciones vigentes de los testigos (dos por cada una de las personas contrayentes).

6. Si alguna de las personas contrayentes es viuda, original y copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido.

7. Si alguna de las personas contrayentes es divorciada, original y copia del acta de divorcio o de la sentencia ejecutoriada que declare la disolución del vínculo matrimonial o nulidad del matrimonio, en su caso. 

Tenga en cuenta: si se trata de documentos expedidos fuera de México o de España, deberán presentarse apostillados o legalizados, según sea el caso.

Todas las fotocopias deberán ser legibles, completas, tamaño DIN A4, y en el caso de DNI ambas caras estarán contenidas en la misma página.

Procedimiento para presentar la solicitud

Tenga en cuenta que este trámite conlleva tres etapas:

1. Enviar copia digital en formato PDF de la documentación señalada en los requisitos al siguiente correo electrónico:

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2. En respuesta recibirá un correo electrónico con la fecha asignada para que las personas contrayentes, acompañadas de sus cuatro testigos, acudan a la primera cita en la Embajada.

En esta primera cita se debe presentar toda la documentación original adelantada previamente mediante correo electrónico y firmar la solicitud y el convenio de sociedad conyugal. En esa fecha se realiza el reconocimiento de firmas y los testigos ratifican bajo protesta de decir verdad sus declaraciones sobre la inexistencia de impedimento que invalide el acto.

3. Al final de la primera cita, se asigna una nueva fecha para llevar a cabo el enlace matrimonial.

¿Dónde se puede realizar el trámite?

Este trámite únicamente se realiza en la Sección Consular de la Embajada de México en España y en el Consulado de México en Barcelona.

Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:

La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:

Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.

El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:

Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.

Costo del trámite y forma de pago

El pago del trámite se realiza el día de su cita preferentemente con tarjeta bancaria. Si hará el pago en efectivo, deberá traer la cantidad exacta en euros.

El costo que hay que cubrir se puede consultar dando click en este enlace.

Puede obtener copias certificadas del acta de matrimonio cuyo pago se realiza el día de la segunda cita.

Tiempo de respuesta y conclusión

Una vez recibida la documentación completa, las citas señaladas se asignan dentro de los siguientes 10 días hábiles, dependiendo de la disponibilidad en agenda.

El trámite concluye con la celebración de la ceremonia y la entrega de las copias certificadas del matrimonio registrado.

Aspectos importantes a considerar

El matrimonio en la Embajada solamente se puede celebra entre dos personas de nacionalidad mexicana.

Fundamento jurídico y privacidad de datos

Para conocer los avisos de privacidad sobre el tratamiento de datos personales de click en este enlace.

Contacto con la Embajada

Consulte detalladamente la información que aquí se proporciona para que presente adecuadamente su solicitud.

El servicio que obtendrá es resultado, por una parte, de que usted cumpla de manera puntual y responsable los requisitos y procedimiento aquí señalados, y por otra, del compromiso y obligación de la Embajada por otorgar una atención de calidad y eficiente.

Sugerimos que revise la sección de preguntas frecuentes que encontrará abajo para clarificar cualquier situación.

¡Su opinión y valoración es muy importante para la Embajada! Si tiene algún comentario o sugerencia escriba al siguiente correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Todos los comentarios y consultas se realizan exclusivamente a través de correo electrónico.

Preguntas frecuentes sobre este trámite

Una vez que realice el registro del matrimonio y obtenga la copia certificada correspondiente, ¿es necesario hacer otro trámite para que tenga validez en México?

No. El matrimonio inscrito en una oficina consular mexicana surte efectos inmediatos en México y no requiere de ninguna certificación.

Mi pareja es de nacionalidad española, ¿puedo celebrar mi matrimonio en la Embajada?

No. Como ha sido señalado, para llevar a cabo el matrimonio en la Embajada, ambas personas contrayentes deben tener nacionalidad mexicana.

¿La Embajada puede celebrar matrimonios igualitarios?

Sí. Este trámite se realiza en pleno respeto y reconocimiento de los derechos de las personas mexicanas que lo soliciten sin discriminación o distinción alguna, siempre que se cumplan con los requisitos y procedimientos señalados.