Existen dos tipos de visa para Ministros de Culto y Asociados Religiosos:
Para realizar visitas sin fines de lucro por una temporalidad menor a 180 días y para realizar visitas sin fines de lucro por una temporalidad mayor a 180 días
Requisitos:
A) Impresión del Comprobante de la cita agendada por medio del Portal de Citas Oficial.
Cada solicitante de visa, independientemente de su edad o de que viaje en grupo requiere de una cita individual.
B) Formulario de solicitud de visa debidamente llenado por ambos lados, a mano y con bolígrafo azul o negro. Descarga aquí.
C) Pasaporte vigente y copia de la página principal del pasaporte (con la foto y datos personales) y de las páginas con visas o cuños.
D) Una fotografía reciente con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño cédula, cuyas medidas deben ser como mínimo 3.2 cm x 2.6 cm. y máximo 3.9 cm. x 5.1 cm., con fondo blanco y de frente. Solicitudes con otro tipo o tamaño de fotografías no serán admitidas.
E)Debe contar con las siguientes 3 Cartas responsivas ORIGINALES:
- La Anuencia ORIGINAL que otorga la Secretaría de Gobernación en México
- Original de la carta de la organización o asociación religiosa de El Salvador, a la cual la persona interesada pertenece.
- Original de la carta de la organización o asociación religiosa de México invite a la persona extranjera a participar en alguna actividad remunerada o no remunerada en territorio nacional.
Las cartas deberán contener, sin excepción, los siguientes datos:
1- Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
2- Denominación o razón social de la organización;
3- Número de registro oficial, según corresponda;
4- Objeto de la organización o institución privada o pública;
5- Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución;
6- Información sobre la actividad que realizará y el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
7- Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará;
8- El compromiso por escrito de hacerse cargo de la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su RETORNO a su país de origen o de residencia.
9- Copia de identificación oficial vigente con firma y fotografía de quien suscriba la carta responsiva.
NOTA: La temporalidad de la visa se asignará según las especificaciones que se encuentren dentro de la ANUENCIA que la secretaria de Gobernación de México extienda a la persona extranjera.
La persona extranjera deberá tramitar, dentro de los siguientes 30 días naturales contados a partir de su ingreso al territorio mexicano, la tarjeta de residencia que acredite su estancia legal y le permita permanecer en territorio nacional.