Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas hasta por 180 días. (Turismo, pláticas de negocios, participar en congresos, eventos culturales, deportivos, ferias, visitas familiares etc.)

 


 

 

INÚTIL PRESENTARSE SIN CITA Y SIN LOS REQUISITOS

 

IMPORTANTE: El extranjero es responsable de conocer el tipo de visa que solicita y presentar todos los requisitos.  EL DIA DE LA CITA deberá presentarse en la fecha y hora señalada, con los siguientes requisitos:

 

1. Impresión del Comprobante de la cita agendada, exclusivamente en MEXITEL.

Cada solicitante de visa, independientemente de su edad o de que viaje en grupo requiere de una cita individual. Para programar su cita ingrese a citas.sre.gob.mx

2. Formulario llenado completamente por ambos lados a mano con bolígrafo azul o negro. CLIC AQUÍ PARA  DESCARGARLO

 

3. Pasaporte vigente y copia de la página principal del pasaporte en donde están sus datos con la fotografía.

 

4. En su caso, copia de visas y sellos migratorios anteriores.

 

5. Una fotografía reciente (máximo dos meses de antigüedad) con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño cédula, con fondo blanco y de frente. Solicitudes con otro tipo o tamaño de fotografías no serán admitidas.

 

6. Para personas que no sean salvadoreñas, original y copia del Carnet de Residente, visa vigente o comprobante de legal estancia en El Salvador. 

 

7. Acreditar solvencia económica o arraigo con al menos uno de los siguientes tres parámetros:

 

UNO

 

a. Original de carta en papel membretado del banco con la siguiente información:

 

- Nombre del titular de la cuenta, número de cuenta y fecha de apertura.

- Nombre, cargo y firma del funcionario bancario que expide la carta.

- Sello oficial del banco.

 

y

 

b. Original y copia de los movimientos y saldos bancarios de los últimos 6 meses (180 días), con un saldo promedio mensual equivalente a al menos $1,800 dólares, en papel membretado del banco. Debe contener:

 

- El nombre, cargo y firma del banco debe corresponder al mismo funcionario bancario que expide la carta del inciso anterior.

- El sello oficial del banco, el cual debe coincidir con el sello plasmado en la carta del inciso anterior.

 

No se aceptarán documentos que no cumplan con cada una de estas características.

 

 

DOS

a. Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con pensión o continuidad laboral durante al menos un año y con ingresos mensuales netos (libres) equivalentes a $600 dólares, durante los últimos seis meses:

- Constancia de empleo o pensión señalando nombre completo, cargo, antigüedad (al menos un año de antigüedad) y salario neto, con copia simple del Documento Único de Identidad (D.U.I.) de la persona que firma y con copia certificada ante notario del Número de Identidad Tributaria de la empresa (NIT). La carta debe contener datos de contacto de la empresa (dirección, teléfono fijo y correo electrónico), así como membrete y/o sello oficial de quien la expide. 

Los estudiantes universitarios podrán presentar ingresos mínimos de $350 USD (carta de empleo o beca con las mismas características del párrafo anterior). Asimismo, deberán presentar original y copia de su credencial de estudiante y original y copia de constancia reciente expedida por el departamento de control escolar de su universidad en la que consigne que son estudiantes.

 

b. Original de carta en papel membretado del banco con la siguiente información: 

        • - Nombre del titular de la cuenta, número de cuenta y fecha de apertura.
        • - Nombre, cargo y firma del funcionario bancario que expide la carta.
        • - Sello oficial del banco.

 c. Original y copia de los movimientos y saldos bancarios de los últimos 6 meses, en el que   aparezcan los ingresos, transferencias o  depósitos por concepto de salario consignados en la constancia de empleo o pensión, en papel membretado del banco. Debe contener:                                      

 El nombre, cargo y firma del banco debe corresponder al mismo funcionario bancario que expide la carta del inciso anterior

- El sello oficial del banco, el cual debe coincidir con el sello plasmado en la carta del inciso anterior.

- Los montos de los ingresos por concepto de salario y las fechas de los mismos deberán estar subrayados (la persona solicitante puede hacerlo directamente con un bolígrafo o resaltador de texto). 

 

No se aceptarán documentos que no cumplan con cada una estas características.

 

 TRES

a. Original y copia de escritura pública de bienes inmuebles debidamente registrados a nombre del solicitante con una antigüedad mínima de 2 años (no se admiten bienes hipotecados).

 

b. Constancia de pensión o empleo estable con antigüedad mínima de 2 años, señalando nombre completo, cargo, antigüedad y salario neto (libre), con copia simple del Documento Único de Identidad (D.U.I.) de la persona que firma y copia certificada ante notario del Número de Identidad Tributaria de la empresa (NIT). La carta debe contener datos de contacto de la empresa (dirección, teléfono fijo y correo electrónico), así como membrete y/o sello oficial de quien la expide.

 

c. Original de carta en papel membretado del banco con la siguiente información: 

- Nombre del titular de la cuenta, número de cuenta y fecha de apertura.

- Nombre, cargo y firma del funcionario bancario que expide la carta.

- Sello oficial del banco.

 

d. Original y copia de los movimientos y saldos bancarios de los últimos 6 meses, en el que   aparezcan  los ingresos, transferencias o depósitos por concepto de salario consignados en la  constancia de empleo o pensión, en papel membretado del banco. Debe contener:

El nombre, cargo y firma del banco debe corresponder al mismo funcionario bancario que expide la carta del inciso anterior

- El sello oficial del banco, el cual debe coincidir con el sello plasmado en la carta del inciso anterior.

- Los montos de los ingresos por concepto de salario y las fechas de los mismos deberán estar subrayados (la persona solicitante puede hacerlo directamente con un bolígrafo o resaltador de texto). 

 

No se aceptarán documentos que no cumplan con cada una estas características.

 

 

8. Cónyuges y otros dependientes económicos, comprobar el vínculo familiar con partida de matrimonio y D.U.I. de ambos cónyuges. En caso de no estar casados, sólo se reconocerá la unión mediante presentación de original y copia de la partida de nacimiento de un hijo en común. Los hijos menores de edad dependientes económicos y el cónyuge que no cumpla con todos los requisitos económicos, deberán presentar original y copia de los documentos económicos arriba listados (propiedades de inmuebles, cuentas bancarias, cartas de empleo, etc.) del esposo(a) o padre / madre.

 

9. Si el solicitante es esposo(a) o hijo(a) menor de edad de titular de una visa mexicana de este tipo (visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas) deberá comprobar el vínculo familiar mediante presentación de original y copia de la Partida de Matrimonio o Partida de Nacimiento del solicitante apostillada, así como los respectivos D.U.I.

En la partida de nacimiento del menor, los nombres de los padres deben coincidir exactamente con los nombres y apellidos en su DUI o pasaporte, en caso de que no coincidan deberán proporcionar documentación complementaria (Ejemplo: Si en un documento aparece la madre con los apellidos de soltera y en otro de casada, deberá proporcionar original y copia de partida de matrimonio).

 

10. Otros documentos que considere presentar para comprobar el motivo de su viaje a México en original y copia.

 

 

 

VISAS PARA MENORES DE EDAD:

 

En el caso de menores de edad o de personas bajo tutela jurídica, el formulario con la solicitud de visa deberá ser firmado por ambos padres o por quienes ejerzan la patria potestad o tutela en presencia del funcionario consular. Ambos padres deberán también presentar original y copia de sus D.U.I.

 

La solicitudes de hijos menores de edad DEBEN estar acompañadas de original y copia de los documentos económicos de ambos padres para cada solicitud de visa (Ver numeral 7, de esta Sección para conocer los documentos económicos que pueden presentarse).

 

En caso de presentar un poder o autorización notarial del padre o madre ausente, cerciórese de que en este:

a) Se compruebe la identidad de la persona que autoriza

b) Que autorice (textualmente) a “tramitar la visa ante la Embajada de México” y, en su caso, a especificar en compañía de quién se presentará el menor al trámite y con quién viajará a México.

c) Incluir copia simple de la identificación oficial vigente del progenitor que otorga la autorización.

d) Tenga menos de un año de expedido con relación a la fecha de la entrevista. Ejemplo: Si la cita para visa es el 12 de septiembre, la autorización no debe tener una fecha de expedición anterior al 12 de septiembre del año anterior.

 

El poder o autorización notarial puede ser expedido por:

a) Notario Público salvadoreño, con los datos de contacto del notario y apostillado por la Cancillería Salvadoreña.

b) Notario Público Mexicano, o Embajada o Consulado de México en el Extranjero.

c) Notario Público de país extranjero, siempre y cuando esté apostillado o legalizado, según corresponda.

 

Recuerde, una autorización general de viaje NO es suficiente, debe estar expresamente señalado que autoriza el trámite para la visa a nombre del menor.

 

En todos los caso es necesario presentar original y copia de la Partida de Nacimiento del menor apostillada por la Cancillería Salvadoreña.

En la partida de nacimiento del menor, los nombres de los padres deben coincidir exactamente con los nombres y apellidos en su DUI o pasaporte, en caso de que no coincidan deberán proporcionar documentación complementaria (Ejemplo: Si en un documento aparece la madre con los apellidos de soltera y en otro de casada, deberá proporcionar original y copia de partida de matrimonio).

 

CLIC AQUÍ para conocer Información importante sobre la salida de México de menores de edad mexicanos y/o menores de edad extranjeros residentes de México.

 

 

MAYORES DE 65 AÑOS:

Personas mayores de 65 años pueden eximirse de presentar requisitos de solvencia económica, siempre y cuando demuestren de forma fehaciente en la entrevista consular que tienen como propósito viajar a México con fines turísticos. 

 

IMPORTANTE: 

  • Una cita  NO garantiza el otorgamiento de la visa. 
  • La negativa de visa no impide que pueda presentar nueva solicitud, siempre y cuando cuente con una cita y presente los requisitos nuevamente. 
  • De conformidad con la práctica internacional, el tener una visa no garantiza su ingreso a México, toda vez que la internación es autorizada por las autoridades de migración al momento de su arribo.