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PODERES NOTARIALES

 

Personas Físicas

 

 

PERSONAS FÍSICAS (General o Especial):

Copia del pasaporte (el original deberá presentarse el día en que el poder deba ser firmado). Llenar la solicitud correspondiente y enviarla por correo electrónico.

 

Descargar el formato

 

1 De ser casado(a), presentar acta de matrimonio para constatar el tipo de vínculo matrimonial (ver régimen de sociedad conyugal).

 

2 Realizar el pago de derechos correspondiente (consultar con la Sección Consular la tarifa vigente en el mes del tramite)

 


Consideraciones de Importancia

 

Para realizar poderes notariales debe

 

1 enviar su documentación

 

2 CONCRETAR UNA CITA

 


El pago se realizará en la cuenta de la Embajada en:

  • Danske Bank: 4001 4210212736

Depósitos Internacionales +:

  • +IBAN:  DK 373000 4210212736
  • +SWIFT:  DABADKKK.

Nota: Si el pago se realiza fuera de Dinamarca, el interesado deberá cubrir las comisiones por transferencias bancarias. El trámite se concluye usualmente en una semana a partir de que se cubran todos los requisitos.

 


¿Qué es un poder notarial General y/o Especial?

 

El poder general vale para una serie indefinida de actos jurídicos y no se agota con su uso. Puede servir para representar en juicios y efectuar cobros.

 

•Si se otorga para que el apoderado administre bienes e intereses del mandante se denomina “poder general para actos de administración”.

 

•Si se otorga para que se compren, se hipotequen, se donen o se vendan bienes del otorgante, se llama “poder general para actos de dominio”.

 

•Si comprende los tres tipos de actos (actos judiciales, administrativos y de dominio), se le llama “poder general amplio”.

 

 

El poder especial se otorga para ser representado en uno o más asuntos específicamente Determinados en el mandato y se extinguen automáticamente con la conclusión del asunto o asuntos.

 

ADVERTENCIA. En el caso de los poderes generales que incluyan actos de administración y/o de dominio, los amplísimos y aquellos especiales que se refieren a administración y/o a disposición de bienes,cuando sean otorgados por una persona casada bajo el régimen de sociedad conyugal, deberá comparecer el otro cónyuge.

 

 

Personas Morales

 

PERSONAS MORALES

 

Requisitos Notarial

 

1 Copia de identificación de la persona que represente a la empresa (pasaporte o algún otro documento de identidad oficial).

 

2 Documento que acredite la personalidad jurídica del otorgante como representante legal de la empresa. (por ejemplo, acta de la asamblea en donde se reconoce a esta persona como representante legal).

 

3 Solicitud previamente llenada y firmada.

 

 

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4 Presentar documentos públicos, en original o copia certificada, que acrediten la legal constitución de la compañía, su funcionamiento, el objeto social, el domicilio, los estatutos en los que se determinen sus órganos administrativos y sus facultades, y el nombramiento del compareciente, a fin de determinar si tiene poder suficiente para contratar a nombre de dicha compañía.

 

 


 

 

 

NOTA: En caso que estos documentos sean expedidos por autoridades diferentes a las mexicanas y se encuentren en un idioma distinto al español, deberán acompañarse de:

 

1 Su respectiva traducción

 

2 Deberán estar debidamente apostillados.

 

Si el otorgante no conoce el español, deberá presentarse con un traductor, que deberá identificarse plenamente para asentar sus datos en la escritura e inscribir sus datos en la solicitud en el rubro de copoderdante.