Imprimir

El trámite de Apostilla consiste en la certificación del nombre, cargo y firma de los Servidores Públicos facultados para hacer constar la legitimidad y la validez de los documentos de origen nacional emitidos en el territorio mexicano, para que surtan efectos jurídicos en el extranjero, siempre que el trámite se relacione con países que hayan adoptado la Convención de la Haya.

En el caso de los documentos públicos mexicanos que deban ser utilizados en un país adherido a la Convención de La Haya sobre la Apostilla, deberán apostillarse en la oficina que corresponda atendiendo a los siguientes criterios:

Los documentos expedidos en cualquier Estado de la República Mexicana, deberán apostillarse en la Secretaría General de Gobierno de cada Estado.

Los documentos federales deberán ser apostillados por la Secretaría de Gobernación.

Los documentos expedidos por autoridades del Distrito Federal, deben apostillarse en la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos del Gobierno del Distrito Federal.


IMPORTANTE: La Embajada de México no apostilla  ningún tipo de documento.