Requisitos para la expedición:

Certificado de matrícula consular. Modalidad: Mayores de edad.

  1. Presentar una identificación oficial probatoria de identidad.
  2. Copia del acta de nacimiento o de otro documento probatorio de nacionalidad mexicana.
  3. Acreditar residencia regular en el país mediante documento migratorio vigente emitido por la autoridad migratoria colombiana o sello de ingreso a Colombia.
  4. Pago de los derechos vigentes.

 

Certificado de matrícula consular. Modalidad: Menores de edad y personas con discapacidad.

Adicionalmente a los requisitos que se establecen en el apartado de mayores de edad, en el caso de una persona menor de edad o con incapacidad legal, se requiere de la autorización por escrito de alguna de las personas que ejercen la patria potestad o tutela ante cualquier representación consular.

Para comprobar la filiación o el ejercicio de la patria potestad, se requieren los siguientes documentos:

  1. Acta de Nacimiento, en caso de persona menor de edad, cuando de la consulta a la base de datos, sistemas o archivos a los que tenga acceso la Secretaría no se puede localizar, o sentencia que haya causado ejecutoria en el caso de persona con incapacidad legal;
  2. Identificación oficial, con fotografía, de quien o de quienes ejercen la patria potestad o tutela.
  3. Identificación oficial con fotografía, de la persona menor de edad o con incapacidad legal, entre ellas:
  4. Constancia de estudios con fotografía reciente y con sellos de la institución de educación que lo expide.
  5. Credencial de estudiante vigente con fotografía.
  6. Credencial o constancia médica o de seguridad social, con fotografía reciente, con sellos de la institución o firma del médico que la expide.

 

En caso de que solamente viva uno de los padres, madres o tutores, se debe presentar copia certificada del acta de defunción de la persona fallecida.

Si alguno o ambos padres, madres o tutores han perdido la patria potestad o la tutela, o la tienen suspendida, la persona que la ejerza en exclusiva deberá exhibir copia certificada de la resolución judicial correspondiente y del auto por el que cause ejecutoria.