Requisitos:
- Original de la carta responsiva por parte del promovente, asumiendo los gastos de viaje y permanencia que genere la estancia de la persona extranjera en el país;
- Copia legible del pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional y vigente de la persona extranjera para la que se solicita visa;
- Que la persona extranjera para la que se requiere la visa no cuente con una solicitud de visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, solicitada al Instituto por razones humanitarias pendiente de resolución, y
- Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
- Vínculo familiar que no se encuentre considerado dentro de los supuestos de unidad familiar:
- Original y copia de una identificación oficial vigente del promovente;
- Original de las actas de nacimiento o matrimonio que acrediten parentesco;
- Escrito libre con firma autógrafa del promovente en el que señale que su familiar es víctima de catástrofe natural o se encuentra en situación de peligro a su vida o integridad por violencia o desastre natural, en términos del Reglamento. La resolución deberá considerar lo señalado en el inciso a, numeral 1 del apartado de Criterios de resolución de este trámite, y
- Original del certificado o constancia médica en papel membretado, emitida por institución pública de salud, en la que conste el estado de salud grave del promovente, que solicita visa para su familiar con el objeto de que le preste asistencia.
- Interés público:
-
Original del escrito en papel membretado, suscrito por autoridad con facultades, en el que expresamente cite las disposiciones jurídicas y preceptos que facultan a quien lo suscribe para realizar la gestión, y exponga las actividades específicas en tiempo, modo y lugar que realizará la persona extranjera de acuerdo a lo señalado en el inciso b. del apartado de criterios de resolución de este trámite.
-
- Vínculo familiar que no se encuentre considerado dentro de los supuestos de unidad familiar: