Para realizar una actividad remunerada en México es OBLIGATORIO tener una oferta de trabajo de una empresa mexicana que cuente con constancia de empleador emitida por el Instituto Nacional de Migración:

https://www.gob.mx/tramites/ficha/obtencion-de-constancia-de-inscripcion-de-empleador-para-extender-oferta-de-empleo-a-extranjeros/INM799

En el siguiente enlace encontrará los requisitos para el trámite que tiene que iniciar el empleador:


https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-por-oferta-de-empleo/INM73

Una vez que el INM haya revisado la oferta de empleo, emitirá un oficio de autorización de entrevista consular. Cuando usted ya tenga el oficio de autorización, deberá programar su cita en la siguiente página:
https://citas.sre.gob.mx/


Para programar una cita es obligatorio que ya tenga el oficio de autorización del INM y deberá programar una cita con la opción VISA CON PERMISO DEL INM. En la plataforma de citas deberá validar el número de NUT que viene en el oficio de autorización de entrevista consular.

El día de la cita deberá presentar los siguientes requisitos:

  1. Solicitud debidamente llenada: https://embamex.sre.gob.mx/colombia/images/visas/formulariovisa2024.pdf
  2. Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros, con fondo blanco y de frente;
  3. Pasaporte o documento de viaje válido conforme al derecho internacional y vigente, en original y copia;
  4. Si el solicitante no es colombiano, deberá presentar el documento que acredite estancia legal en Colombia (cédula de extranjería, visa, sello de ingreso o PPT)
  5. Notificación del Instituto Nacional de Migración con Número Único de Trámite (NUT)
  6. Pago de derechos realizado previamente en Banco de Occidente: https://embamex.sre.gob.mx/colombia/index.php/servicios-consulares/tarifasconsulares

Las visas de residente temporal por oferta de empleo son válidas por seis meses y un solo ingreso. Al llegar a México deberán acudir inmediatamente al INM para hacer el canje de la visa por la tarjeta de residente. Todas las consultas sobre el proceso de canje se tienen que hacer directamente al INM. https://www.gob.mx/tramites/ficha/expedicion-de-documento-migratorio-por-canje/INM811