La asignación de la cita es gratuita.

 Se asignarán citas extraordinarias única y exclusivamente a nacionales colombianos o a extranjeros con residencia habitual en Colombia. Los extranjeros deberán acreditar su situación migratoria con cédula de extranjería o visa vigente o PPT.

 Las citas extraordinarias sólo se asignarán en los siguientes casos:

 CASO 1.-              Visas de residente temporal o residente permanente por unidad familiar con mexicano

 CASO 2.-              Visas con autorización INM (NUT), sólo si el oficio del INM tiene más de 30 días hábiles de expedido

 CASO 3.-              Visas con anuencia SEGOB, con más de 30 días de expedida

 CASO 4.-              Becarios CONAHCYT que ya aparezcan en la lista de becarios autorizados por la SRE

 

Sólo si se encuentra en alguno de los casos mencionados arriba, y sólo si ya revisó el procedimiento y requisitos para el trámite de visa, escriba al correo electrónico e indique exactamente en que supuesto se encuentra para poder evaluar su caso:

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 CONSIDERACIONES IMPORTANTES:

  •  La asignación de la cita dependerá de la disponibilidad de espacios para la misma o la siguiente semana del envío de su correo. Si le asignamos una fecha, ésta no será negociable. Recuerde que el trámite es presencial y se realiza en Bogotá.
  •  No se asignan citas extraordinarias para visas de visitante sin permiso para realizar actividades remuneras. Sin excepción, esas citas se programan en la plataforma ordinaria https://citas.sre.gob.mx/