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Visa de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas

Este tipo de visa incluye a turista, transmigrantes, ministro de culto, visitante distinguido, visitante provisional, corresponsales, visitante en la modalidad persona de negocios, estudiantes para estancias cortas o visitante en todas las demás modalidades migratorias que no impliquen una actividad lucrativa cuando la persona extranjera se vaya a documentar con Forma Migratoria Múltiple con una temporalidad de hasta 180 días.

Consulte aquí si, de acuerdo a su nacionalidad, necesita una visa para entrar a México en esta condición de estancia.

 

REQUISITOS :

Deberá programar previamente su cita en nuestra sección consular. Debido a la alta demanda de servicios consulares, se da prioridad a la expedidicón de otros trámites como visas de residencia por oferta laboral, documentación a personas mexicanas, entre otros. La expedición de visas de turista está sujeta a disponibilidad de espacios de acuerdo a las citas ya confirmadas para otros trámites. Si desea que la sección consular evalúe la posibilidad de tramitarle una visa de turista, por favor escriba un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. solicitando una cita y anexando copia escaneada de los siguientes requisitos, cuyos originales deberá presentar el día de su cita:

  

I. Formulario con solicitud de visa debidamente llenado. Descárgelo aquí.  

II. Pasaporte válido conforme al derecho internacional y vigente, en original y copia (recomendamos ampliamente una vigencia mayor a 6 meses);

III. Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros, con fondo blanco y de frente

IV. Original y copia del documento que acredite su legal estancia (con una vigencia mayor a 6 meses), si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa, y

V. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:

a) Arraigo. 

Original y copia de escritura pública de bienes inmuebles debidamente registrados a nombre del solicitante con una antigüedad mínima de dos años y constancia de empleo estable con antigüedad mínima de dos años, o

Original y copia de escritura pública de bienes inmuebles debidamente registrada a nombre del solicitante con una antigüedad mínima de dos años y documento que acredite propiedad o participación en negocios expedido por las autoridades competentes de cada país con antigüedad mínima de dos años.

b) Solvencia económica:

Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de cien días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (aquí puede consultar el monto del salario mínimo), durante los últimos tres meses y constancia de empleo estable que demuestre que ha estado contratado por el mismo empleador por lo menos 12 meses previos a la solicitud de su visa, o

Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a trescientos días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (aquí puede consultar el monto del salario mínimo), durante los últimos tres meses, o

En el caso de personas extranjeras que estudien de manera regular en instituciones de educación superior, deberán presentar original de constancia de estudios y original de constancia de empleo estable, pensión o beca con ingresos mensuales equivalentes a sesenta días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (aquí puede consultar el monto del salario mínimo), durante los últimos tres meses.

 

c) Invitación de una organización o de una institución pública o privada.

1. Original de la carta responsiva de una organización o de una institución pública o privada que invite a la persona extranjera a participar en algún evento o actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener los siguientes datos:

  1. Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
  2. Denominación o razón social de la organización;
  3. Número de registro oficial, según corresponda;
  4. Objeto de la organización o institución privada o pública;
  5. Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución;
  6. Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
  7. Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará;
  8. El compromiso de hacerse cargo de la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia, y
  9. Copia de identificación oficial con firma y fotografía de quien suscriba la carta responsiva.

 

2. A efecto de acreditar que cuenta con recursos para cumplir la obligación a que se refiere el inciso viii del numeral anterior, la organización o institución privada que invita presentará original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a mil días de salario mínimo vigente para la Ciudad de México (aquí puede consultar el monto del salario mínimo), durante los últimos doce meses.

Las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, no requieren acreditar solvencia económica.

3. Los documentos con los que la persona extranjera acredite que cuenta con la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitado, en original y copia.

 

VI. Pago de derechos por la expedición de visa de conformidad con la Ley Federal de Derechos, salvo en los casos en los que exista Acuerdo o Declaración Unilateral de Gratuidad con el país del cual es nacional la persona extranjera. El pago se realiza en dólares estadounidenses el día de su cita (no se aceptan billetes marcados, maltratados, manchados ni rotos).

 

Para los solicitantes de visas, se informa que a partir del 1° de enero de 2025 se aplicará lo que señala la Ley Federal de Derechos en su Artículo 22, Fracción III:

 “d) Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización de las visas ordinarias en pasaportes extranjeros………..$54.00 dólares”.

En virtud de que la presente disposición es de carácter general, la Sección Consular de esta Embajada deberá cobrar el monto de $54.00 dólares por cada solicitud de visa gravada que reciba, independientemente de si la misma concluye o no en la expedición o negativa de la visa.

En el caso de negativa de la visa no procederá el reembolso del pago realizado.

 

La expedición de la visa, una vez que se hayan cumplido a cabalidad los requisitos y haya sido autorizada, requiere de dos a tres días hábiles, salvo casos especiales.

Atención al público: lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horas, excepto feriados chilenos y último día hábil de cada mes.