EXPEDICIÓN DE PASAPORTE POR PRIMERA VEZ (menores de edad)

Se deberá agendar una cita en el siguiente enlace: https://citas.sre.gob.mx 

El menor deberá acudir en persona a la Sección Consular de la Embajada de México –acompañado por ambos padres- y cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Llenar el formato de Solicitud de Pasaporte Ordinario Mexicano (OP5) que le será proporcionado en nuestras oficinas, con tinta negra y letra de molde
  2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación de cualquiera de los siguientes documentos, que deberá entregar en original y copia:

    -Copia certificada del acta de nacimiento

    -Original del certificado de nacionalidad, carta de naturalización o declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento

  3. Identificación oficial con fotografía.  Puede ser cédula de identidad chilena o carta de un centro educativo membretada, firmada por autoridad de la escuela y con el sello estampado sobre la fotografía de la o el menor. 
  4. Realizar el pago de derechos. El pago se realiza de manera directa en nuestra sección consular, en dólares de Estados Unidos, de conformidad con las tarifas vigentes. Únicamente se aceptan billetes en buen estado, sin sellos, sin perforaciones o tachaduras. Se recomienda ampliamente traer el cambio exacto.  Consulte el tarifario vigente de derechos consulares aquí 

Nota: Si el acta de nacimiento es extemporánea (si el registro se efectuó más de un año después del nacimiento), el solicitante deberá presentar documentación complementaria. Consulte la lista de documentación complementaria aquí .3. Presentar una identificación oficial vigente con fotografía, en original y copia.

  • Exclusivamente para los menores de 7 años: a falta de una identificación, podrá proporcionarse constancia médica de una institución reconocida por la ley del lugar en donde se encuentra el interesado con las siguientes características: 

a. En hoja membretada de la institución médica. 
b. Nombre completo del paciente. 
c. Edad del paciente. 
d. Fotografía del menor digitalizada en el documento, o bien, si se trata de una fotografía sobrepuesta o pegada, que sea cancelada en una orilla con el sello de la institución médica o firma del médico. Se procurará que el sello o firma no cancele el rostro. 
e. Fecha en que empezó a ser paciente de ese lugar. 
f. Nombre, firma y puesto del médico pediatra que emite la carta o del director de la institución.
g. Datos de contacto.

  • Deben acudir a nuestras oficinas ambos padres (o la persona que ejerza la patria potestad o tutela del menor) y presentar, cada uno de los padres, alguno de los documento que se enlistan a continuación en original y copia y firmar la forma OP-7 autorizando la expedición del pasaporte del menor:
    • Pasaporte vigente
    • Credencial para votar
    • Cartilla de Identidad del Servicio militar
    • Cédula profesional
    • Título profesional
    • Carta de pasante emitida por la SEP
    • Carta de naturalización mexicana
    • Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las personas adultas mayores o su equivalente.

Nota: En caso de que alguno o ambos padres se encuentren fuera de Chile, podrán acudir a la delegación de la SRE o Representación de México más cercana a su domicilio para autorizar la expedición de pasaporte a su hijo firmando la forma OP-7 / II. Consulte aquí el directorio de las delegaciones en la República Mexicana y las representaciones de México en el exterior.

 

IMPORTANTE: De conformidad con la Ley Federal de Derechos para el año 2021, la expedición de un pasaporte por emergencia generará un incremento de 30% sobre la tarifa base. Por ello, en caso de que usted tenga una emergencia comprobada y/o desee adelantar por cualquier motivo su cita previamente agendada en el sistema, se deberá adicionar el 30% a la tarifa base. 

 

En cumplimiento de las recomendaciones de la Unidad de Control, Evaluación y Mejora de la Gestión Pública de la Subsecretaría de Fiscalización y Combate a la Corrupción de la Secretaría de la Función Pública, se hace de su conocimiento la siguiente información del Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MEXITEL o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.

Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.

SRE-01-020-G.- Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de seis años. 

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-G

SRE-01-020-H.- Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de tres años

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-H

SRE-01-020-I.- Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-I