REQUISITOS PARA EL INGRESO DE MASCOTAS A MÉXICO

Procedimiento para importar mascotas a México en las Oficinas de Inspección de Sanidad Agropecuarias(OISA) ubicadas en aeropuertos internacionales, cruceros fronterizos y puertos marítimos internacionales:

 

La siguiente información también se encuentra disponible en: http://www.sre.gob.mx

1) Revisión documental en la OISA

El usuario deberá presentar el Certificado Zoosanitario de Exportación (Certificado de Salud) original y copia emitido por la Autoridad Federal correspondiente del país de donde llega la mascota, o bien, por un Médico Veterinario, en ambos casos del país de donde procede ésta.

El Certificado emitido por el Médico Veterinario debe ser en papel membretado, con cédula profesional (o su equivalente), la cual debe presentarse de forma impresa o fotocopia, y deberá tener una vigencia máxima de 10 días de haber sido expedido en el que se indique:

Nombre y domicilio del exportador e importador, así como los datos de identificación de la mascota y destino final de la misma.

  • Vacuna de la rabia, indicando la fecha de aplicación y  vigencia de la misma. Quedan exentos de este requisito los animales menores de tres meses de edad.
  • Que el o los animales han sido sometidos a un tratamiento preventivo contra parásitos internos y externos dentro de los seis meses previos a su movilización y que se encuentran libres de parásitos externos.
  • Que a la inspección de la mascota se encontró clínicamente sana previa a la exportación.

Si durante la verificación documental, en el certificado de salud no se señala alguno de los requisitos mencionado en los  puntos anteriores, podrá presentar la cartilla de vacunación (original y copia), donde incluyan los requisitos faltantes, o bien, contactar a un Médico Veterinario Zootecnista de su confianza que aplique los tratamientos faltantes. En este último caso, los costos que se generen correrán a cargo del interesado.

 

2) Inspección física de las mascotas en la OISA

Se verificará que la descripción física establecida en el Certificado de Salud coincida con su mascota (sexo, raza, color), además de verificar el estado de salud y que se encuentre libre de parásitos externos.


Si durante la inspección física se detecta que la mascota no está libre de parásitos externos, se requerirá que un Médico Veterinario Zootecnista particular aplique el tratamiento correspondiente, con cargo al importador.

 

3) Expedición del Certificado Zoosanitario para Importación en la OISA

Una vez que se haya cumplido con los requisitos establecidos, el personal oficial de la OISA, elaborará el Certificado Zoosanitario para Importación.


Si transporta una a dos mascotas no requiere realizar pago alguno, si transporta tres o más, deberá realizar el pago correspondiente al Certificado Zoosanitario para Importación $1,620.00. Para tres o más, la autoridad de la Aduana ordenará su traslado al área de carga, donde deberá cumplir con la regulación nacional de importación comercial y realizar su trámite en la OISA.

 

Notas Aclaratorias


El cumplimiento de los requisitos zoosanitarios señalados, no exime al importador de presentar trámites y/o documentos requeridos por otras autoridades.


No se permite el ingreso de cama y materiales similares que acompañen a los animales, únicamente se permite el ingreso de la ración del alimento balanceado considerada para el día de arribo.

 

Para mayor información, en el puerto de entrada al país, personal oficial de la OISA, le orientará sobre el trámite.


Arribo al país sin documentos Zoosanitarios

El o los animales deberán permanecer en la Oficina de Inspección Sanitaria hasta que un médico veterinario los revise y certifique su estado de salud y aplique la vacuna antirrábica y el tratamiento preventivo parasiticida para continuar con el trámite. Esto puede ocasionarte contratiempos y costos que deberá asumir el dueño de la mascota.

Importación de animales distintas a perros y gatos (reptil, ave canora y de ornato, hurón y tortuga)

El usuario deberá cumplir con requisitos especiales establecidos en la Hoja de Requisitos Zoosanitarios, que se expiden por escrito en las oficinas de las Delegaciones Estatales de la SAGARPA o en el módulo de atención de la Dirección General de Salud Animal ubicado en Av. Cuauhtémoc No. 1230, Col. Santa Cruz Atoyac, Del. Benito Juárez, C.P. 03310, México, D.F. Horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs, Tel.: 01 (55) 5905-1066 y 01 (55) 5905-1072 o al 01800 98 79 879.

Cabe mencionar que esta información se encuentra disponible en el sitio http://www.senasica.gob.mx/?id=623

Para mayor información, quejas o sugerencias acerca del Servicio de Inspección Fitozoosanitarias, favor de ponerse en contacto al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Av. Insurgentes Sur No. 489, PH 1

Col. Hipódromo Condesa, C.P. 06100

Teléfono 01 (55) 3871 8349 ó 3871 8300, Ext. 20349, correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.