Acuerdo Global Modernizado

Comercio y Desarrollo Sustentable

México y la Unión Europea: Más de dos décadas de alianza estratégica

 

Si hay un capítulo que define la ambición del AGM como tratado del siglo XXI, es el de Comercio y Desarrollo Sostenible. Su principio organizador es evitatar que las partes puede debilitar, derogar o eximir su legislación ambiental o laboral con el propósito de fomentar el comercio o atraer inversiones.

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Derechos laborales. El Acuerdo obliga a ambas partes a respetar, promover y aplicar efectivamente los principios de los derechos fundamentales en el trabajo conforme a los estándares de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Esto incluye la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso, la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en el empleo. Las partes se comprometen, además, a realizar esfuerzos continuos para ratificar los convenios fundamentales de la OIT que aún estén pendientes de ratificación.

Acción climática. El Acuerdo también reafirma el compromiso legal de ambas partes de implementar efectivamente el Acuerdo de París y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, y establece la obligación de que la política comercial contribuya positivamente a la transición hacia una economía baja en carbono. El acuerdo promueve también el comercio de bienes ambientalmente responsables — aquellos amparados por etiquetas ecológicas o esquemas de comercio justo — y la expansión de las energías renovables y la eficiencia energética como parte del intercambio bilateral.

Bienestar animal y resistencia antimicrobiana. Estos dos temas merecen mención especial porque el AGM es el primero en su tipo a nivel global en incorporarlos en un capítulo legal específico dentro del marco de un acuerdo comercial, lo que le confiere un carácter verdaderamente pionero. Las partes reconocen formalmente a los animales como seres sintientes y se comprometen a cooperar conforme a los estándares internacionales de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA, antes OIE). En materia de resistencia antimicrobiana el acuerdo establece compromisos para reducir el uso de antimicrobianos en la producción animal y, crucialmente, prohíbe su uso como promotores de crecimiento. Para dar seguimiento a estos compromisos, se crea un Grupo de Trabajo Conjunto específico. Se trata de una disposición sin precedentes en el derecho comercial internacional.

Recursos naturales y diversidad biológica. El capítulo incluye artículos específicos sobre gestión sostenible de bosques, reducción de la deforestación y la tala ilegal, combate al comercio ilegal de vida silvestre, y manejo responsable de los recursos biológicos marinos, incluyendo el combate a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.

El mecanismo de solución de controversias de este capítulo es independiente del mecanismo general del tratado. Cuando surge una disputa, comienza con consultas formales y, si no se resuelve, se convoca a un Panel de Expertos independientes que emite un informe público con recomendaciones. La parte demandada tiene tres meses para informar las medidas que adoptará en cumplimiento. El texto incluye, además, una cláusula de revisión que abre la puerta a discutir en el futuro la posible aplicación de sanciones comerciales como último recurso, que de materializarse, convertiría a este capítulo en uno de los más exigentes del mundo en su clase.