Registro Civil - Matrimonio

 

I. Contraer matrimonio en la Embajada

 

Descripción del trámite

Dar constancia, registrar y expedir el acta de matrimonio de una pareja de personas mexicanas en Bélgica.

 


¿A quién está dirigido?

Pareja de personas mexicanas residentes en Bélgica que desean celebrar y registrar su matrimonio en la Embajada. Solo se puede celebrar el matrimonio cuando ambas personas tienen nacionalidad mexicana.

 


Requisitos

  • 1. Presentar el formato de solicitud debidamente llenado.
  • 2. Original y copia del certificado suscrito por médico legalmente establecido en Bélgica, en el que conste, bajo protesta de decir verdad, que ninguna de las personas contrayentes padece sífilis, tuberculosis u otras enfermedades transmisibles o hereditarias.
  • 3. Original y copia de las actas de nacimiento de cada una de las personas contrayentes.
  • 4. Original y dos copias del pasaporte vigente de cada uno de los contrayentes.
  • 5. Original y dos copias de las identificaciones vigentes de los testigos (dos por cada una de las personas contrayentes).
  • 6. Si alguna de las personas contrayentes es viuda, original y copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido.
  • 7. Si alguna de las personas contrayentes es divorciada, original y copia del acta de divorcio o de la sentencia ejecutoriada que declare la disolución del vínculo matrimonial o, en su caso, la nulidad del matrimonio.

Nota: En caso de documentos expedidos fuera de México o de Bélgica, deberán presentarse apostillados o legalizados, según corresponda. Todas las fotocopias deberán ser legibles, completas, en tamaño DIN A4 y, en el caso de identificaciones, ambas caras estarán contenidas en la misma página.

 


Procedimiento para presentar la solicitud

Tenga en cuenta que este trámite conlleva tres etapas:

  • 1. Enviar copia digital en formato PDF de la documentación señalada en los requisitos al siguiente correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • 2. En respuesta recibirá un correo electrónico con la fecha asignada para que las personas contrayentes, acompañadas de sus cuatro testigos, acudan a la primera cita en la Embajada. En esta primera cita, se debe presentar toda la documentación original previamente enviada por correo electrónico y firmar la solicitud y el convenio de sociedad conyugal. En esa fecha se realiza el reconocimiento de firmas y los testigos ratifican, bajo protesta de decir verdad, sus declaraciones sobre la inexistencia de impedimento que invalide el acto.
  • 3. Al final de la primera cita, se asigna una nueva fecha para llevar a cabo el enlace matrimonial.

 


Costo del trámite y forma de pago

  • El pago del trámite se realiza el día de su cita preferentemente mediante transferencia bancaria. Si desea realizar el pago en efectivo, deberá traer la cantidad exacta en euros.
  • El costo que hay que cubrir se puede consultar dando click aquí.
  • Puede obtener copias certificadas del acta de matrimonio cuyo pago se realiza el día de la segunda cita.

 


Aspectos importantes a considerar

El matrimonio en la Embajada solamente se puede celebra entre dos personas de nacionalidad mexicana.

 


Fundamento jurídico y privacidad de datos

Para conocer los avisos de privacidad sobre el tratamiento de datos personales de click en este enlace https://sre.gob.mx/avisos-de-privacidad

 


¿La Embajada puede celebrar matrimonios igualitarios?

Sí. Este trámite se realiza en pleno respeto y reconocimiento de los derechos de las personas mexicanas que lo soliciten, sin discriminación o distinción alguna, siempre que se cumplan los requisitos y procedimientos antes señalados.

 


II. Registro o inscripción de matrimonios de mexicanos celebrados ante autoridades extranjeras

 

El registro o inscripción de matrimonios de mexicanos celebrados ante autoridades belgas u otras autoridades extranjeras es competencia de las oficinas de los Registros Civiles en México.

El (la) interesado(a) debe ponerse en contacto con la oficina del registro civil de la entidad federativa donde piense establecer su domicilio en México, para que le informen sobre los requisitos que deben cumplirse para el registro (inscripción) de un matrimonio celebrado en el extranjero.

Cabe señalar que, para que un documento público extranjero surta efectos en México, se requiere su apostilla o legalización, según corresponda. En el caso de Bélgica, los documentos expedidos por sus autoridades deben ser apostillados. Por lo tanto, se sugiere que apostille su acta de matrimonio.

La apostilla sustituye la legalización. Las Embajadas y Consulados no realizan el trámite de la apostilla.

Los mexicanos que contraen matrimonio en el extranjero ante autoridad de otro país dentro de los tres meses de su llegada a la República Mexicana, tienen que inscribir su acta de matrimonio en el Registro Civil del lugar donde se domicilien (artículo 161 Código Civil Federal), para que su matrimonio sea reconocido por la ley mexicana desde la fecha de celebración. Si la transcripción del acta de matrimonio se hace dentro de los tres meses de la llegada a México de los cónyuges, sus efectos civiles serán retroactivos a la fecha en que se celebró el matrimonio; si se hace después, sólo producirá efectos desde el día en que se hizo la inscripción.