Energía y Materias Primas
El acuerdo promueve un mercado de materias primas libre de monopolios y con precios equitativos de exportación, y, en materia de energía, respeta la soberanía regulatoria de cada país, reconociendo explícitamente la propiedad inalienable de México sobre sus hidrocarburos.

Soberanía nacional en el sector energético
El Acuerdo Global Modernizado establece un marco jurídico que garantiza el respeto a la soberanía de México sobre sus recursos energéticos. El Capítulo 8 estipula que la nación mexicana mantiene la propiedad directa, inalienable e imprescriptible de todos los hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo del territorio nacional. Esta soberanía se extiende a la plataforma continental y a la zona económica exclusiva.
La Unión Europea reconoce formalmente que México se reserva el derecho soberano de reformar su Constitución Política y su legislación nacional en materia de energía, incluidos los hidrocarburos y la electricidad. El tratado no impone límites a la facultad del Estado mexicano para adoptar o mantener las medidas que considere necesarias en este sector estratégico. Cualquier inversión extranjera en actividades energéticas deberá operar conforme al marco regulatorio establecido por las leyes mexicanas, sin que el Acuerdo otorgue derechos especiales que contravengan la normativa nacional. Para México, la gestión de la energía es un asunto de seguridad nacional y el compromiso internacional ratifica que cada Parte gestiona sus recursos conforme a sus propios procesos democráticos.
Materias primas y comercio sin distorsiones
Las materias primas cuentan con un régimen diferenciado respecto del sector energético, que busca asegurar un intercambio comercial equitativo. Este ámbito abarca minerales metalíferos, sal, azufre, metales básicos y preciosos, caucho natural y productos químicos inorgánicos. El Capítulo 30 reconoce el derecho de cada Parte a decidir qué zonas de su territorio están abiertas a la exploración y producción de estos recursos, lo que permite la protección del medio ambiente y la salud pública.
El Acuerdo prohíbe el uso de las materias primas como instrumento de distorsión del mercado. Las Partes tienen prohibido designar o mantener monopolios de importación o exportación, lo que evita la creación de agencias estatales únicas que controlen los precios de forma arbitraria. Asimismo, el tratado impide la aplicación de precios de exportación superiores a los precios cobrados por los mismos bienes cuando se destinan al consumo interno. En caso de que se requiera regular un precio nacional para asegurar el suministro o proteger sectores vulnerables, dicha medida debe definirse como una obligación de servicio público que sea transparente y proporcional. La metodología de cálculo de estos precios regulados debe publicarse con anterioridad a su aplicación, a fin de brindar certeza jurídica a todos los operadores económicos.
Cooperación estratégica y responsabilidad social
El marco normativo impulsa la colaboración técnica y la investigación para el aprovechamiento de los recursos naturales. Mexico y la Unión Europea trabajarán conjuntamente para reducir las distorsiones en el comercio global de materias primas y coordinarán sus posturas en foros internacionales como las Naciones Unidas y la Organización Mundial del Comercio. El intercambio de información sobre la disponibilidad y los precios de mercado permitirá que ambas economías operen con datos fidedignos.
Un pilar fundamental de este capítulo es el compromiso con la responsabilidad social en la industria minera y extractiva. Las Partes se comprometen a respetar los estándares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos en materia de protección ambiental, derechos laborales, seguridad industrial y restauración de sitios afectados por la extracción. La cooperación se extiende a la innovación tecnológica para mejorar los procesos de producción y fomentar el reciclaje de materiales. Esta sinergia permite que México genere valor agregado en su industria extractiva mediante la investigación y el desarrollo mientras se asegura un suministro estable y sostenible para el mercado europeo.
Lógica regulatoria de los sectores extractivos
La estructura del Acuerdo responde a la necesidad de tratar la energía y las materias primas con principios diferenciados. Mientras que en el sector energético prevalece la soberanía absoluta y la flexibilidad constitucional de México, las materias primas se rigen por normas que promueven la libre competencia y eliminan prácticas discriminatorias. Esta distinción refleja la realidad económica de ambos socios, en la que la independencia energética es prioritaria frente a las dinámicas comerciales ordinarias. El resultado es un esquema en el que el comercio funciona mediante la eliminación de barreras técnicas, pero mantiene salvaguardas esenciales para el desarrollo social y la estabilidad económica de ambas regiones. El intercambio bilateral en estas áreas contribuye al crecimiento de las industrias extractivas bajo un entorno de certidumbre legal y respeto mutuo a las prioridades nacionales de cada economía.