Visa electrónica para personas nacionales de Brasil
(en vigor a partir del 5 de febrero de 2026)
Aplica a quien pretenda viajar a territorio mexicano en la condición de estancia de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turismo, transito, negocios o técnicos, intercambio estudiantil), exclusivamente por vía aérea y por una estancia no mayor a 180 días naturales.
El trámite de la visa electrónica se realiza íntegramente en línea a través del portal público habilitado por la Secretaría de Relaciones Exteriores:
https://visaelectronica.sre.gob.mx/ingresar
En caso de ser autorizada, se generará una visa electrónica con fotografía y código QR, cuya información deberá coincidir plenamente con el pasaporte o documento de identidad y viaje presentado, toda vez que ambos se encuentran vinculados. La visa tendrá una vigencia de hasta 180 días y permitirá una sola entrada durante dicho periodo.
Se recomienda que las personas usuarias porten una versión impresa de la visa electrónica, a efecto de facilitar su revisión en los mostradores de las aerolíneas y en el filtro de internación en los aeropuertos del país.
Cada ingreso al territorio nacional requiere la expedición de una nueva visa electrónica. En consecuencia, las personas extranjeras que viajen a México en tránsito hacia un tercer país deberán contar con una visa electrónica válida para cada ocasión en que ingresen al territorio mexicano, aun cuando su destino final no sea México.
En caso de que a la persona extranjera se le niegue la visa electrónica, o se encuentre imposibilitada para tramitarla a través del portal público, podrá presentar su solicitud de visa en una oficina consular de México, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en los Lineamientos generales para el tipo de visa correspondiente.
Conforme a la normatividad aplicable, se mantienen vigentes las medidas de facilitación migratoria aplicables a las personas extranjeras que sean portadoras de algún visa o tarjeta de residencia permanente descritas en el numeral 2.a o 2.b de la página anterior (REQUISITOS REGULARES PARA EL INGRESO DE PERSONAS NO MEXICANAS A MÉXICO)
Los nacionales de Brasil que pretendan ingresar al territorio nacional por vía terrestre o marítima, en la condición de estancia de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, así como quienes pretendan ingresar en cualquier otra condición de estancia, deberán tramitar la visa correspondiente ante la autoridad consular mexicana, de conformidad con la legislación vigente.
De conformidad con los artículos 37 de la Ley de Migración y 60 de su Reglamento, la internación a México no está garantizada por la sola expedición de la visa electrónica, y se encuentra sujeta al cumplimiento de los requisitos de ingreso establecidos en la legislación nacional y a la determinación de la autoridad migratoria en el lugar destinado al tránsito internacional de personas.
Ver AVISO DE INTERNACIÓN [ English | Arabic | Farsi | Français | Russian | Turkish | Ukrainian | Deutsch ] así como la información importante y de interés para su viaje a México.