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REQUISITOS REGULARES PARA EL INGRESO DE PERSONAS NO MEXICANAS A MÉXICO:

Si usted no tiene nacionalidad mexicana, los requisitos para su admisión a territorio mexicano dependerán de su nacionalidad y del propósito de su viaje. 

Las personas mexicanas por nacimiento que además tengan otra u otras nacionalidades deberán ostentarse sin excepción como mexicana/os al salir o entrar a territorio nacional de acuerdo con el Artículo 12 de la Ley de Nacionalidad en vigor. No hacerlo puede conllevar sanciones, las cuales son definidas de acuerdo con la normatividad vigente.  

Para conocer si requiere o no de una visa mexicana, por favor revise cuál de las siguientes situaciones aplica para usted:

 

1. Tengo un pasaporte válido y vigente de uno de los siguientes países o regiones:

Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía y Suecia.

Otros: Andorra, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos de América, Hong Kong, Islandia, Islas Marshall, Israel, Jamaica, Japón, Liechtenstein, Macao, Malasia, Micronesia, Mónaco, Noruega, Nueva Zelandia, Palau, Panamá, Paraguay, Reino Unido e Irlanda del Norte, República de Corea, San Marino, Singapur, Suiza, Trinidad y Tobago y Uruguay.

Referencia: https://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/paises-no-requieren-visa-para-mexico/

Los ciudadanos de los países enlistados anteriormente NO requieren visa para ingresar a México si el propósito de su visita es turismo, tránsito, negocios o estudios y si la estancia en México es menor a 180 días. En estos casos, necesitarán contar únicamente con un pasaporte válido al momento de entrar a México y vigente por el tiempo que dure su visita.

El ingreso efectivo a territorio mexicano es decidido caso por caso por el agente migratorio mexicano en el aeropuerto o en el punto fronterizo. Las embajadas y consulados de México no tienen injerencia en ese proceso. El hecho de que usted no requiera visa, no garantiza el ingreso al territorio nacional.

Si el propósito de su viaje a México es diferente a los antes mencionados (por ejemplo, trabajo, residencia o jubilación) o la estancia será mayor a 180 días, los ciudadanos de los países antes mencionados SÍ REQUERIRÁN UNA VISA. Los requisitos, el proceso e información específica al trámite de visa que corresponde al motivo de su viaje se encuentran en la sección “VISAS” de esta misma página web.

 

 2. NO TENGO pasaporte de uno de los países enlistados en el punto 1. 

Usted NO NECESITARÁ UNA VISA para ingresar a México cuando el propósito de su visita es turismo, tránsito, negocios o estudios y la estancia es menor a 180 días, siempre y cuando cumpla con uno de los siguientes dos puntos:

  1. Usted posee un permiso de residencia PERMANENTE válido y vigente expedido por Canadá, Chile, Colombia, Estados Unidos de América, Japón, Perú, Reino Unido o cualquiera de los países que conforman el Espacio Schengen. El permiso debe decir textualmente “PERMANENTE” (en Austria “DAUERAUFENTHALTSTITEL”, en Eslovaquia “TRVALÝ” y en Eslovenia “PERMANENT); o
  2. Usted posee una visa válida y vigente (de entradas múltiples y regularmente estampada en el pasaporte) de algún país del Espacio Schengen (visa Schengen), Canadá, Estados Unidos de América, Japón o el Reino Unido.

En estos casos, al ingresar a México se necesitará presentar invariablemente su pasaporte válido Y el permiso de residencia permanente (inciso “2a”) o la visa válida (inciso “2b”), ambos vigentes por el tiempo que dure su visita. 

El ingreso efectivo a territorio mexicano es decidido caso por caso por el agente migratorio mexicano en el aeropuerto o en el punto fronterizo. Las embajadas y consulados de México no tienen injerencia en ese proceso. El hecho de que usted no requiera visa, no garantiza el ingreso al territorio nacional.

Si el propósito de su viaje a México es diferente a los antes mencionados (por ejemplo, trabajo, estudios, residencia o jubilación) o la estancia será mayor a 180 días, SÍ REQUERIRÁ UNA VISA. Los requisitos, el proceso e información específica al trámite de visa que corresponde al motivo de su viaje se encuentran en la sección “VISAS” de esta misma página web.

 

 3. NO TENGO pasaporte de uno de los países enlistados en el punto 1 y NO TENGO un documento enlistado en los puntos 2a o 2b.

Listado actualizado de países cuyos ciudadanos requieren de una visa para visitar  México (clic aquí a LINK en español):

Usted SÍ NECESITARÁ UNA VISA para viajar a México por cualquier propósito (incluido turismo, transito, negocios, estudios, trabajo, etc.) y para cualquier periodo de duración de la estancia. Los requisitos de la visa que corresponde a su intención de viaje pueden ser consultados bajo el capítulo “VISAS” de esta misma página web. 

NOTA: Un permiso de estancia temporal en Austria, Eslovenia o Eslovaquia (tarjeta de legitimación, unión familiar, estudiante, trabajador temporal, refugiado, asilado y/u otro caso) no es parte de los puntos 2a o 2b y SÍ NECESITARÁ UNA VISA.

Al momento de entrar a México usted deberá contar con su pasaporte válido y visa mexicana válida, vigentes por el tiempo que dure su visita. El ingreso efectivo a territorio mexicano es decidido caso por caso por el agente migratorio mexicano en el aeropuerto o en el punto fronterizo. Las embajadas y consulados de México no tienen injerencia en ese proceso. El hecho de que usted no requiera visa, no garantiza el ingreso al territorio nacional.

 

A CONTINUACIÓN, ENCONTRARÁ INFORMACIÓN IMPORTANTE Y DE INTERÉS PARA SU VIAJE A MÉXICO:

 

¿Qué información debo proporcionar en la frontera/el aeropuerto para ser admitido en territorio mexicano?

Dependiendo de su pasaporte y el propósito de su viaje, usted podría necesitar o no una visa para viajar a México. El obtener una visa u ostentar un pasaporte que no la requiere no garantiza el ingreso efectivo a territorio mexicano.

En el puerto o punto de ingreso, el agente migratorio mexicano le podrá presentar algunas preguntas sobre el propósito y/o duración de su visita y como cubrirá los gastos de su estancia.  Algunos de los documentos más comunes que le podrían pedir presentar son: 

  • Turismo: reservaciones de hoteles, boletos aéreos de ida y vuelta, prueba de fondos suficientes para cubrir gastos de estancia.
  • Negocios: carta en español de la compañía que envía, en la cual se señale que usted es su empleado y no recibirá pago alguno de una empresa mexicana.
  • Técnicos: una copia del contrato de transferencia de tecnología, patentes o marcas, compra de maquinaría o equipo, de entrenamiento técnico de personal u otra documentación sobre el proceso de producción en una compañía establecida en México.
  • Estudios de duración corta: carta de invitación o aceptación de una institución que pertenezca al sistema educativo mexicano para participar en cursos, llevar a cabo investigaciones o ser parte de una capacitación académica por un período máximo de 180 días.

Las excepciones a lo anterior son decididas caso por caso en el punto de ingreso (por ejemplo, si usted viaje con un boleto de ida solamente) al país. Las embajadas y consulados de México no intervienen en esas decisiones y no pueden garantizar que usted será admitido a territorio mexicano. No obstante, lo anterior, los casos de inadmisión son poco frecuentes estadísticamente. Si fuera su caso, solicite hablar con su embajada o consulado. México es uno de los países más visitados del mundo.

Se sugiere consultar la siguiente información sobre el proceso de internación migratoria a México y las preguntas que se le podrían presentar:

 AVISO DE INTERNACIÓN  [ English | Arabic | Farsi | Français | Russian | Turkish | Ukrainian | German ]

 

Requisitos para menores de edad (menores de 18 años) que viajan hacia o desde México

Los menores de edad que no tienen nacionalidad mexicana o que no residen en México no tienen que cumplir con requisitos especiales para entrar o salir de México, en especial cuando viajan con los dos o cualquiera de los padres. Los menores de edad que, por su nacionalidad, requieren visa deberán solicitarla al Consulado de México o a la sección consular de la Embajada de México por medio de sus padres o tutores, tal y como se especifica en la sección “VISAS” de esta misma página web. Los menores extranjeros que viajan a México sin la compañía de sus padres o tutores, deberán revisar las regulaciones de salida e ingreso de su país, así como requisitos de las aerolíneas. Es responsabilidad de padres o tutores el viaje de menores de edad no acompañados.

En el caso de menores que viajen solos o acompañados de una tercera persona, se deberá otorgar un poder de ambos padres o del tutor legal ante notario del país de residencia (Artículo 49. II. de la Ley de Migración). Si el poder es emitido fuera de México, deberá acompañarse de la apostilla de la autoridad competente en el país respectivo (clic aquí al LINK) y una traducción certificada al español (clic aquí al LINK). El poder, en original y con dos copias, debe llevar copia de los pasaportes del menor de edad y de sus padres (o tutores) y el acta de nacimiento con apostilla del menor de edad. La persona adulta que viaje con el menor deberá presentar copia de su pasaporte, o

En el caso de menores que salgan del país solos o acompañados de una tercera persona y ambos padres o el tutor legal se encuentren en el país,  se deberá llenar el Formato de Salida de Menores (formato SAM - clic aquí para el LINK).

Si la o el menor de edad mexicano cuenta también con otra nacionalidad, se aplicarán para ella o él las normas vigentes para México.

 

Viajo con un animal de compañía (mascotas)

En México se considera sólo a perros y gatos como animales de compañía. Los requisitos para los animales de compañía entren a territorio mexicano pueden ser consultados en la siguiente página:

En español: https://www.gob.mx/senasica/documentos/si-viajas-con-tu-mascota-194177

En inglés: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/661654/If_you_travel_with_your_pet.pdf

Las aerolíneas podrían tener otros requisitos para transportar animales de compañía, para los cuales se debe contactar directamente a la empresa aérea.

 

Quiero visitar otros países antes/después de ir a México. ¿Qué necesito para ello?

Cada país decide de forma independiente sobre las condiciones de ingreso y salida de su territorio. Podrá obtener la información más actualizada sobre normas migratorias (entradas y salidas) en las embajadas y consulados del país de su interés. Las oficinas de México en el exterior solamente proporcionan información sobre leyes y normas mexicanas.

 

Quiero tomar fotos aéreas en México, ¿puedo usar mi dron?

Existen requerimientos estrictos para operar un sistema de aeronave pilotada a distancia (RPAS) en el espacio aéreo mexicano, de conformidad a lo establecido por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Dependiendo del tipo de dron y el propósito de su uso, deberá registrarlo ante la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de México, la cual puede ser verificada a través de la siguiente página web:  https://www.gob.mx/afac/acciones-y-programas/rpas-drones

Contacte también a su línea aérea acerca de los requisitos que le puedan solicitar para el transporte de drones.