DESCARGUE EL FORMULARIO DE SOLICITUD DE VISA
Visa de Visitante por invitación de alguna institución pública o privada
** Los portadores de pasaporte argentino no requieren visa para ingresar a México en calidad de visitantes por invitación de alguna institución pública o privada sin permiso para realizar actividades remuneradas. **
Si cuenta con pasaporte de otro país, puede consultar si requiere visa para ingresar a México en el siguiente enlace: https://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/paises-requieren-visa-para-mexico/
Actualmente solo los nacionales de Brasil, Turquía, Rusia y Ucrania pueden solicitar una VISA ELECTRÓNICA de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas sin necesidad de presentarse en una oficina consular ingresando al siguiente enlace: https://visaelectronica.sre.gob.mx/ingresar
La visa de visitante bajo el supuesto de carta invitación se emite a favor de las personas que desean viajar a México en calidad de visitantes por invitación de una empresa, universidad o cualquier tipo de institución pública o privada por una estancia menor a 180 días, sin recibir honorarios o remuneración alguna.
Se deberán acreditar los siguientes requisitos:
- Formulario de solicitud de visa llenado en su totalidad, puede descargarlo AQUÍ
- Pasaporte en original y copia.
- Fotografía del rostro sin lentes, de frente; tamaño 4 x 3 cm; a color en fondo blanco, acabado mate.
- Acreditar legal estancia en Argentina presentando Documento Nacional de Identidad en original y copia; o Constancia de ingreso a la República Argentina.
- Carta responsiva mediante la cual una institución pública o privada invite a la persona solicitante de visa a participar en un evento o actividad no remunerada la cual debe contener la siguiente información:
- Nombre completo y nacionalidad de la persona invitada solicitante de visa,
- Nombre y razón social de la organización o institución que realiza la invitación,
- Número de registro oficial de la institución o organización,
- Objeto de la organización o institución,
- Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución,
- Información sobre las actividades que realizará la persona invitada,
- Duración estimada de la actividad que realizará la persona invitada,
- Debe señalar el compromiso de la organización o institución de hacerse cargo de la manutención y retorno del solicitante a su país de origen;
- Copia de identificación oficial con firma y fotografía de quien firma la carta responsiva;
- Estados de cuenta o comprobantes de inversiones de los últimos 12 meses a nombre de la institución que realiza la invitación, los cuales deben acreditar un saldo promedio de $268,640 MX. Únicamente las instituciones públicas, así como las pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, se encuentran exentas de acreditar solvencia económica. NOTA: Las organizaciones civiles y las federaciones deportivas con consideradas instituciones de carácter privado por lo cual no se encuentran exentas de comprobación de solvencia económica.
- Documentos originales que acrediten que la persona solicitante de visa cuenta con la experiencia y capacidades necesarias para desarrollar la actividad por la cual se le invita (Ejemplo: diplomas, CV, etc.).
MENORES DE EDAD: Las personas menores de 18 años deben presentarse a realizar trámite de visa en compañía de ambos padres o tutor legal, quienes deben contar con el acta de nacimiento del menor e identificación oficial vigente con fotografía en original y copia. En su defecto, la persona mayor de edad que presente al menor deberá contar con un poder notarial apostillado en donde haga constar el consentimiento para la obtención de la visa mexicana. La venia o permiso de viaje otorgado ante la Dirección Nacional de Migraciones no se admite como autorización para este trámite.
IMPORTANTE: Contar con una visa no garantiza el ingreso a territorio mexicano. Sólo permite que la persona extranjera se presente en el punto de entrada para solicitar su ingreso al país.
El ingreso o internación a México está condicionada a la aprobación de las autoridades sanitarias y migratorias en los puntos de entrada al país, conocidos como filtros migratorios, quienes podrán en todo momento, realizar una entrevista acerca del motivo de su viaje y verificar los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables (artículo 37 de la Ley de Migración y 60 de su Reglamento).
