OP-7/II. Permiso a distancia de emisión de pasaporte para personas menores de edad

Para realizar el trámite de pasaporte de una persona menor de edad es necesario contar con la autorización de ambos padres o de quienes ejercen la patria potestad o tutela. En caso de que alguna de ellas no pueda acompañar a su hijo o hija a realizar el trámite de pasaporte el día de su cita, por encontrarse en otro país, la persona ausente deberá solicitar la realización de una autorización a distancia denominada OP-7/II.

¿Dónde presentarse?

Requisitos

Los requisitos para solicitar el trámite de OP-7/II en esta Embajada son los siguientes:

Una vez presentada la documentación, la Embajada enviará una comunicación oficial a la delegación, Embajada o Consulado ante la cual se llevará a cabo el trámite de pasaporte, a fin de notificar que el otro padre, madre o tutor ha otorgado su consentimiento.

*Este trámite es gratuito.