Certificado para la importación de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y sustancias precursoras

 

Requisitos

Tiempo de entrega: 4 días hábiles.

ANOTACIONES ESPECIALES:

El original del permiso de importación será retenido por la oficina consular. Los originales de la factura comercial y del permiso sanitario o de exportación o carta de no objeción le serán devueltos al interesado al entregarle el certificado

La COFEPRIS comunicó específicamente que el certificado de análisis del país de origen será solicitado únicamente al ingreso de las materias primas o medicamentos que sean o contengan estupefacientes, psicotrópicos o precursores químicos por la AUTORIDAD SANITARIA.

Los permisos que emite COFEPRIS, para la importación de materias primas o medicamentos que sean o contengan estupefacientes o psicotrópicos, amparan un solo embarque. Los permisos no pueden ser divididos. Estos se presentan una sola vez por la sustancia a importar.

Características que deben observarse en los documentos presentados:

  • Permiso de exportación de las sustancias controladas (Permiso Sanitario): En los casos en que los países de donde provienen las sustancias no se consideren como controladas, el interesado deberá solicitar al Ministerio de Salud local, un escrito donde se indique lo anterior, o, en su caso, un escrito en el que se señale que en el país no/no se emite este permiso para esas sustancias.
  • Vencimiento del Permiso de Importación expedido por la COFEPRIS: en el caso de que el permiso de importación otorgado por la COFEPRIS se venza antes de la emisión del Certificado, el interesado podrá solicitar a esa Institución, por única vez, la emisión de un oficio de prórroga que amplía la vigencia del permiso de importación por 90 días. Este debe ser presentado ante la oficina consular en original y dos copias. El documento original será retenido por la oficina consular.