ACTOS NOTARIALES
La función notarial consular que la legislación mexicana prevé, es de carácter limitado, toda vez que el Titular de la oficina, actuando como notario público, únicamente puede expedir los siguientes actos jurídicos: poderes notariales, revocación de poderes, testamento público abierto, repudio de derechos, y convenio en ejercicio de la patria potestad de menores incapaces.
Poder notarial otorgado por persona física
Revocacion de poder notarial otorgado por persona fisica
Poder notarial otorgado por persona moral
Revocacion de poder notarial otorgado por persona moral
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Para los trámites de actos notariales es necesario solicitar una cita a través del sistema Mexitel en el enlace: https://mexitel.sre.gob.mx/citas.webportal. Deberá crear una cuenta y seleccionar la opción citas para: “MEXITEL (embajadas y consulados)”
El trámite de actos notariales debe ser realizado personalmente por cada solicitante.
El proceso requiere acudir en dos ocasiones a la Embajada de México:
En la primera cita, en la fecha elegida en MEXITEL, se completa la solicitud de actos notariales, se presentan los documentos originales relacionados con el acto notarial, se proporciona la información relevante y se cubre el costo del acto notarial.
Posteriormente, deberá acudir a la Embajada en la fecha que le indique el personal consular para firmar la escritura notarial y obtener el testimonio respectivo.