Personas menores de edad que viajen solamente en compañía de alguno de los padres

El Instituto Nacional de Migración de México señala que en el caso de niñas, niños y adolescentes o de personas bajo tutela jurídica, acompañados de alguna de las personas que ejerzan sobre ellos la patria potestad o la tutela (el padre o la madre), no requieren presentar algún permiso especial para su entrada o salida del país.

Se sugiere que contacte de igual forma a su aerolínea para consultar cualquier otra información de interés relacionada con su viaje.

Personas menores de edad que viajen sin compañía de alguno de los padres

De conformidad con el Instituto Nacional de Migración de México, en el caso de niñas, niños o adolescentes (o personas bajo tutela jurídica en términos de la legislación civil), que vayan acompañados por un tercero mayor de edad o viajen solos (no con sus padres), para su ingreso a México deberán presentar documento en el que conste autorización para viajar a territorio nacional, por parte de las personas que ejercen sobre ellos la patria potestad o tutela (padres) otorgado ante Fedatario Público o autoridad competente (detalle, dar click en este enlace).

Si este documento es expedido en España o en el extranjero, deberá ser apostillado, con su traducción, cuando se trate de idioma distinto al español.

En concreto, si un menor de edad viajará a México sin compañía de sus padres, deberá presentarse una carta ante notario público en la que se señale que otorga el permiso de viaje del menor, misma que debe estar apostillada.

Un ejemplo del contenido que debería contener el permiso señalado puede ser consultado dando click en este enlace.

Para información sobre la apostilla en España, de click en este enlace.